Los jueces tendrán potestad para reducir la deuda de un desahuciado
El ministro de Economía, Luis de Guindos, avanzó ayer en el Congreso que los jueces tendrán potestad para reducir las deudas de las familias víctimas de un desahucio, siempre que el banco pueda obtener una plusvalía al vender el piso embargado. Se avanza así en la aplicación de la polémica dación en pago.
En su intento por encontrar una solución a las miles de familias que ven cómo pierden su casa y además deben seguir pagando el resto de la deuda hipotecaria al banco, el Gobierno avanzó ayer los cambios legislativos que pretende introducir. El ministro de Economía, Luis de Guindos, explicó durante su intervención ante el Pleno del Congreso que los jueces tendrán potestad para reducir las deudas que les queden pendientes a las familias desahuciadas, si la entidad que concedió el préstamo obtiene una plusvalía al vender la vivienda.
El Ejecutivo pretende con esta iniciativa encontrar el equilibrio necesario entre la protección a las familias con más dificultades para hacer frente a sus deudas y la inseguridad jurídica que podría generar dentro del sector financiero una dación en pago indiscriminada (entrega de la vivienda para saldar el total de la deuda).
Según explicaron fuentes de Economía, está previsto que si tras la ejecución hipotecaria al deudor de buena fe aún le restara deuda por pagar, el juez será la autoridad que decida si le condona el 35% de dicha deuda, con la condición de que pague el 65% restante en cinco años desde la adjudicación de la casa una vez concluida la subasta. La reducción será del 20% si el 80% restante se paga en diez años.
Plusvalía de la banca
Otra fórmula para reducir la factura que aún debe abonar al banco una vez embargada la casa es que el juez decrete otra solución. En caso de que la entidad que se quede con el piso obtenga una plusvalía con la venta del inmueble en esos 10 años, el juez podrá exigir que el 50% de ese incremento reduzca la deuda pendiente. Las mismas fuentes aclararon que el juez podrá decretar las dos medidas en un mismo supuesto. Se prevén también medidas para mejorar la transparencia en los procesos de subastas. Entre ellas, destaca la rebaja del aval necesario para participar en estos procesos, que pasará del 20% al 5% del valor de tasación del inmueble. Además, el Ejecutivo ve con buenos ojos ampliar el plazo de 20 a 40 días para que la persona que se adjudique la casa en dicha subasta encuentre financiación. Está previsto impedir que la tasación que se utiliza para la subasta sea inferior al 75% del valor del inmueble en el momento de la escritura. Y por último, se establecerá que hasta que no se hayan producido tres impagos, y no uno como en la actualidad, la entidad de crédito no pueda reclamar las cuotas al deudor. Estas reformas se presentarán como enmiendas durante la tramitación parlamentaria del proyecto de ley de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios y, en principio, afectarán a la Ley Hipotecaria, la Ley de Regulación del Mercado Hipotecario, la de Enjuiciamiento Civil y al Código de Buenas Prácticas que el Gobierno puso en marcha en marzo de 2012.
Otro de los cambios que tendrá mayor repercusión es la limitación a un plazo máximo de 30 años de las hipotecas que puedan ser objeto de titulización.
Es decir, que solo podrán ser utilizadas como cobertura para las emisiones de cédulas hipotecarias aquellas cuyo plazo máximo de vencimiento sea inferior a 30 años.
Apuesta por la independencia de tasadoras y entidades de crédito
Dentro de la reforma de la Ley Hipotecaria, el Gobierno persigue "reforzar la independencia" de las sociedades de tasación con respecto a los bancos.Así, está previsto reducir del 25% al 10% la presencia de la banca en el capital de las tasadoras y endurecer los supuestos de infracción. De la misma manera, las entidades financieras estarán obligadas a aceptar "cualquier tasación homologada de un bien que aporte un cliente". El incumplimiento de este precepto será sancionable, lo que Economía entiende que "incrementará la competencia y objetividad del mercado de las tasaciones". También se prevé limitar a tres veces el tipo de interés legal del dinero (ahora en el 4%) de los intereses de demora aplicables a las nuevas hipotecas y sobre las actuales que entren en mora.
Nuevos baremos para acceder al Código de Buenas Prácticas
El ministro Guindos reconoció ayer que es conveniente ampliar los umbrales de exclusión que en su momento se fijaron para poder acceder al Código de Buenas Prácticas, por lo que anunció que se elevarán los límites de los préstamos que se pueden acoger y se podrán modificar "en función de las cargas y circunstancias familiares". Si el banco rechaza el plan de refinanciación propuesto por un deudor, deberá justificar por qué y se contempla reducir del 20% actual a un 10% los intereses de demora en los casos de impago del alquiler tras la dación en pago.En cuanto al Fondo Social de Viviendas, Guindos anunció una reforma de la actual Ley de Arrendamientos Urbanos para darle cobertura. La duración de los contratos será de dos años prorrogables a tres.