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Las claves de la nueva normativa

El Banco de España y el control preventivo

El nuevo decreto de reforma financiera eleva al 9% los requisitos de capital que se exigen a toda la banca para el próximo 1 de enero. Las entidades que no cumplan con los requerimientos de solvencia o liquidez tendrán tres meses para reconducir su situación. En caso contrario, o si se prevé que sean incapaces, el Banco de España podrá aplicar una intervención preventiva, destituir a los administradores o renegociar la deuda de la firma.

El FROB podrá liquidar entidades

Las entidades más débiles quedarán en manos del FROB que presentará un plan de reestructuración que puede ir acompañado de un plan de ayudas públicas a devolver en cinco años (prorrogables otros dos). Si aun así la entidad no fuera viable, el FROB pondría en marcha un proceso de resolución ordenada para desguazar y vender la entidad a terceros, separando los activos tóxicos en un banco malo y liquidando lo que no sea posible vender.

Quita en preferentes y deuda subordinada

Los titulares de preferentes y deuda subordinada de las entidades que reciban ayudas deberán asumir una quita, bajo las directrices que Bruselas marque en cada caso. El Gobierno, sin embargo, endurece las condiciones de venta de preferentes, obligando a las entidades a comprobar si un cliente es apto para ellas o no, elevando a 100.000 euros la cuantía mínima e implicando obligatoriamente en la colocación a inversores institucionales.

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