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El Gobierno quiere evitar una subida de los peajes eléctricos del 35%

Industria no halla ningún resquicio para recurrir los fallos del Supremo

El Gobierno tiene que cobrar en la tarifa de acceso casi 2.900 millones extras a los consumidores y tomar una decisión sobre quién financiará en el futuro el bono social. Estas medidas se derivan de dos acuerdos y una sentencia del Supremo que Industria no encuentra manera de recurrir.

El Tribunal Supremo ha decidido ponerse a legislar y, a la vista de las tres decisiones que acaba de tomar en el sector eléctrico, se diría que va a ser la institución encargada de revisar la tarifa de la luz a partir de ahora. Los abogados y técnicos de Industria tienen encima de la mesa dos acuerdos y una sentencia del alto tribunal "de consecuencias brutales", según fuentes del sector, pues no encuentran resquicio alguno para poder recurrirlas en instancias superiores.

El ministerio que dirige José Manuel Soria tiene que elaborar una nueva orden de revisión de los peajes eléctricos con fecha 1 de enero, que supondrá el cobro de 2.700 millones extras a la totalidad de consumidores (29 millones). De esta manera, daría cumplimiento a las medidas cautelares que Iberdrola y Endesa han logrado del Supremo en el recurso contra la orden de tarifas del primer trimestre que, según estas eléctricas, no recogía adecuadamente los costes que la ley les reconoce.

Esencialmente, 900 millones de euros correspondientes a los desajustes de 2011 (cantidad que superaba el techo de déficit legalmente permitido) y de algunas partidas previstas para 2012. Todo ello, según cálculos empresariales, supone un incremento de los peajes eléctricos de hasta el 35% (la mitad de este porcentaje en el caso de la TUR).

El Ejecutivo podría optar por "expropiar la sentencia" en último extremo

Al tratarse de medidas cautelares, este auto, que adelantó CincoDías, es firme y no admite recurso alguno, por lo que al ministerio solo le cabe aprobar, "de inmediato", una orden nueva, previo dictamen de la Comisión Nacional de Energía CNE).

Por si fuera poco, los responsables de Industria, que se encontraron a finales de año con unas cautelares similares a las citadas contra la rebaja de un 10% de los peajes eléctricos del último trimestre del año, están obligados, a la vista del resultado del "incidente de ejecución" planteado por las compañías afectadas, a refacturar el consumo entre el 1 de octubre y la última semana de diciembre.

En aquel caso, cuando el Supremo dictó las cautelares solicitadas por las denunciantes, en las que obligaba al ministerio a aplicar las tarifas de acceso del trimestre anterior, Industria interpretó que solo debía reliquidar a los consumidores las cantidades correspondientes a la última semana de diciembre, pues se publicaron el día 23. El alto tribunal ha comunicado ahora a Industria que debe hacerlo desde el 1 de octubre, lo que supondrá cobrar 160 millones más en la parte regulada del recibo.

Pero de las tres decisiones del tribunal, es la sentencia que anula la obligación que tienen las grandes generadoras (y los nuevos entrantes) a financiar el bono social de la tarifa, que disfrutan desde 2009 tres millones de consumidores (las familias numerosas; las que tienen a todos los miembros en paro; quienes tienen una potencia contratada inferior a 3,3 kW y los que cuentan con una pensión mínima). Este fallo, que responde a un contencioso de Iberdrola en el que consideraba que la financiación del bono social por parte de unas pocas empresas vulnera la normativa comunitaria, es "único", ya que el Supremo "ha juzgado" un real decreto-ley, el de medidas energéticas y creación del bono social que entró en vigor en julio de 2009.

Una sentencia explosiva

Como las leyes no son recurribles ante el Supremo, lo que Iberdrola denunció realmente fue la orden ministerial del 26 de junio de ese año, que establecía "el procedimiento de liquidación del bono social por parte de la CNE a las productoras de electricidad". El Supremo, que ve la norma "discriminatoria y no transparente", ha eximido de esta obligación a Iberdrola, pero podría extenderse al resto de firmas, por tratarse de una vulneración del derecho comunitario.

También esta sentencia es firme, pues ante el Constitucional no se puede recurrir el incumplimiento de directivas. Contra ella solo cabría, en última instancia, la figura de "expropiación de sentencia", que solo puede utilizarse cuando sea necesario "preservar el interés público", indican fuentes judiciales. Lo relevante del fallo no es su efecto económico, sino que "dinamita la credibilidad del modelo", al poner también en jaque el sistema de financiación del déficit por parte de las eléctricas.

Las eléctricas incumplen su pacto

La sentencia del Supremo que anula la obligación de las generadoras eléctricas de financiar el bono social abre la puerta a que se pueda anular también la obligación de las cinco grandes eléctricas (Endesa, Iberdrola, Gas Natural, HC y Eon) de financiar el déficit de tarifa y los planes de eficiencia energética. En ambos casos, las liquidaciones han sido recurridas en la Audiencia por algunas empresas.Aunque estas se rasgan ahora las vestiduras asegurando que el fallo del Supremo pone en evidencia las arbitrariedades del sistema, como si pagasen el bono o el déficit de tarifa sin motivo alguno, existen sus razones y ellas las conocen bien. En el caso del pago del bono social (el que lo disfruta tiene la TUR congelada desde 2009), formó parte de un pacto con el anterior ministro de Industria, Miguel Sebastián, que accedió a derogar una ley de Joan Clos que restaba a las eléctricas ingresos que se anotaban irregularmente por los derechos de CO2 (unos 1.000 millones en algunos años) a cambio de los 200 millones que costaría el bono social (el año pasado, 300 millones). La decisión de Iberdrola de denunciarlo después en los tribunales se consideró en el Gobierno "una traición" y "resta credibilidad a las eléctricas como interlocutores".Otro tanto ocurrió con el déficit de tarifa. Cuando aparecieron los primeros desfases, con el anterior Gobierno del PP se acordó que lo pagarían las generadoras que cobrasen cada año más CTC (incentivos que cubrían el riesgo por la liberalización del sector, que estaban perfectamente controlados entonces). Así, se evitaba que el déficit, que se produce en las actividades reguladas (redes), lo pagasen las distribuidoras, pues no lo hubiese soportado. Todo lo ocurrido hasta hoy ha sido un despropósito.

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