La Audiencia aprueba las multas de la CNC
Confirma el 77,8% de las sanciones. Las anuladas se centran en el abuso de posición de dominio
A las empresas les trae a cuenta impugnar ante la Audiencia Nacional las sanciones que les impone la Comisión Nacional de la Competencia (CNC)? A vista de los datos de la memoria 2010-2011 que ha hecho públicos el organismo, la respuesta es negativa. En total, y hasta el 31 de agosto, se han impugnado ante los tribunales el 84% de las resoluciones sancionadoras adoptadas por Competencia y se han resuelto un 28% de los recursos (27 sentencias). Y el 77,8% de las resoluciones vistas por la AudienciaNacional, órgano judicial encargado de la revisión jurisdiccional de las actuaciones del organismo, han confirmado las declaraciones de infracción de las resoluciones de la CNC. Según la memoria, o bien ha desestimado los recursos en su integridad o bien ha estimado parcialmente los recursos, "únicamente en lo relativo a la cuantía de la sanción".
Por lo que respecta a las resoluciones anuladas por el tribunal, estas han sido seis (tres totalmente y tres parcialmente). "Estas cifras representan, en ambos casos, un 11,1% del total de los pronunciamientos notificados a 31 de agosto de 2011", reza en el documento. La memoria apostilla que todas las resoluciones que se han anulado en su integridad (excepto el caso de MDC Ingeniería/Productos Haller) "se refieren a conductas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia relativas al abuso de posición de dominio". Desde Competencia se subraya que la Audiencia Nacional ha dado la razón al organismo, "en un 100%", en las sanciones que tienen que ver con los cárteles, donde se producen las multas más cuantiosas. Acerca de las sanciones anuladas, "la mitad han sido por abusar la empresa de su posición de dominio". Existe una última instancia a la que las empresas aún pueden recurrir: el Tribunal Supremo, encargado de revisar las sentencias en casación. En Competencia apuntan que "todavía el Supremo no se ha pronunciado en ningún caso".
Ejemplos
Algunas de las multas anuladas por la AudienciaNacional son las dos sanciones impuestas a las eléctricas (Iberdrola, de 14 de febrero de 2008, y Gas Natural, de 25 de abril de 2008). "Aquí el tribunal ha aplicado sin más la doctrina del Tribunal Supremo", dicen en la CNC. Otro caso es el de las cajas vascas (con fecha del 18 de octurbre de 2007). Y esta misma semana, la Audiencia ha anulado la sanción de un millón de euros impuesta a Ecovidrio. Entre las multas confirmadas por el tribunal están los 15,3 millones impuestos a Endesa Distribución (el 2 de abril de 2009) y los 7,9 millones a Repsol, Cepsa y BP (resolución del 4 de noviembre de 2010).
El programa de clemencia, a examen
Raimundo Ortega, of counsel del bufete Jones Day, considera que el programa de clemencia será puesto a prueba a medida que la Audiencia Nacional vaya revisando las sanciones impuestas por Competencia en aplicación de dicho programa. "Lo importante será si revisa las multas y por cuánto y no tanto quién participó o por cuánto tiempo. El control jurisdiccional radicará en este punto". Ortega dice que ha habidos conflictos con la CNC en los tribunales en cuestión de las inspecciones domiciliarias realizadas por el organismo. En su opinión, tanto la CNC como la Audiencia "no son especialmente garantistas" y cree que, a partir de ahora, las empresas deberán calibrar tres puntos a la hora de recurrir una multa: el umbral de la cuantía para hacerlo, que ha subido a 600.000 euros, y el posible pago de costas, que antes no había.