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¿Y si limitamos en la Constitución el precio de las casas?

Entre los años 2001 y 2007, el déficit público publicado por Eurostat osciló entre el 0,6% de 2001 (0,5% en 2002) hasta un superávit del 1,7% en 2007, antes de estallar la burbuja subprime. El límite que, vía Ley Orgánica, se fijará a partir de ahora gracias a la reforma constitucional que el Congreso votó el viernes rondará el 0,5%.

En otras palabras, si el apresurado tramité de la semana pasada se hubiese llevado a cabo en 2000 (y con efectos inmediatos), la situación de las cuentas públicas en España habría sido exactamente la misma en el periodo de relativa bonanza económica. Si eso habría disminuido la obcecación de los mercados con meter el en mismo saco a España que a Grecia es entrar en el terreno (bastante concurrido últimamente) de la economía-ficción.

En todo caso, de la regla aprobada en el Congreso aún no se puede decir mucho (más allá de que su tramitación ha sido sonrojante). Principalmente, porque no se ha detallado la fórmula que seguirá dicha regla, dado que sería inviable (y aberrante) una normativa que limitase el déficit año a año. La ley orgánica que detalle cómo se excluyen los efectos del ciclo económico será el nudo gordiano de esta nueva normativa.

Como explican en el blog Nada es Gratis, de Fedea, entre 2007 y 2009 el presupuesto público en España registró un deterioro de 13 puntos sobre el PIB; de ellos nueve estaban fuera del control del Gobierno, que solo influyó en otros cuatro. Esto significa que una norma demasiado estricta habría obligado a realizar fuertes recortes en servicios y fuertes subidas de impuestos en lo peor de la crisis.

Todo depende, pues, de cómo se ponga en marcha la normativa. Como explican, también, en el blog citado, si una norma está bien diseñada puede ser útil para tener unas cuentas públicas saneadas. Otra cosa es que la probabilidad de que dicha norma esté bien diseñada disminuye si se tramita en pocos días, en agosto, sin debate público y por orden de terceros.

La eficacia de la medida en los mercados es otra cosa. La prima de riesgo se ha disparado nada más aprobarse la norma, lo que quiere decir que los traders que mueven el mercado no han tenido tiempo de leerse el artículo 135 de la Carta Magna (qué sorpresa). Un estudio del FMI de 2009 concluye que las reglas fiscales solo son útiles si el país ya tiene un historial de finanzas públicas creíbles (página 47). Hablando en plata, si Grecia mañana cambia su constitución no sería mucho más creíble de lo que es ahora.

Solo hay un motivo que ha traído esta reforma constitucional: convencer (o contentar) a Merkel y Trichet para que tomen medidas que eviten la ruptura del euro. Pidieron un cambio constitucional (no sabemos si por vía epistolar, como con Italia, o telefónica) y un cambio constitucional tienen. Por eso la norma aporta escasos detalles y no se ha trabajado en su desarrollo o planteamiento (en realidad, no se ha trabajado en nada más que en la obtención de los votos necesarios)

Solo hay un aspecto relevante, que además apenas apenas se ha comentado. En el artículo se incluye el siguiente párrafo: “Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión”. Este texto antepone los pagos de intereses de la deuda a otras deudas de la administración (como los contratos de los profesores o las pensiones). Además hace que un impago o reestructuración de la deuda española (como está haciendo Grecia) sea, directamente, inconstitucional. Casi nada.

Así, aunque la reforma, tramitada con nocturnidad y a uña de caballo, sea parte del juego que ya hemos explicado por aquí, tiene consecuencias. De esta mano hemos salido con la sorpresa de que el acreedor extranjero tiene primacía sobre el empleado público o el pensionista español.

Finalmente, y dado que buena parte de los problemas de la economía española proceden de la burbuja inmobiliaria de años pasados, quizá sería más útil haber incluido en la constitución una cláusula que evite subidas excesivas del dichoso ladrillo. Se lo podríamos proponer a los dos grandes partidos, a ver qué hacen.

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