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Tribuna
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Andorra y la fiscalidad

La Ley de Intercambio de Información Fiscal con Solicitud Previa fue aprobada en el Principado de Andorra por el Consell General (Parlamento) el 7 de septiembre de 2009. Con anterioridad, el Principado ya había mostrado el compromiso ante la OCDE de aceptación de los estándares que se marcan sobre transparencia e intercambio de información y de adaptación de sus leyes para estos cometidos, y así quedó demostrado también con la participación, junto con más de 70 jurisdicciones, en la quinta reunión del Global Forum para la transparencia y el intercambio de información, celebrado en México los días 1 y 2 de septiembre del año pasado. La ley permitió que pudieran ser firmados acuerdos bilaterales, también conocidos como TIEA (Tax Information Exchange Agreements), que permiten el intercambio de información fiscal entre países, previa petición y bajo ciertas circunstancias.

La modelación de estos acuerdos fue elaborada por el grupo de trabajo del Foro Global de la propia OCDE que, bajo un modelo estándar (en su versión bilateral y multilateral) y sin carácter vinculante, desarrollaron un instrumento jurídico que pudiera utilizarse para establecer un intercambio efectivo de información. æpermil;ste fue creado sin pretensión de imponer un formato concreto, tan sólo constituir una vía, entre otras muchas, para lograr un intercambio efectivo de información en el marco de la iniciativa de la OCDE sobre prácticas fiscales perniciosas, y fue creado bajo ciertas premisas que le dieron sentido de ser y viabilidad.

En primer lugar, con la intención de establecer un marco adecuado que contribuya a crear unas condiciones de level playing field, en las que ninguna de las partes sufra desventajas injustas, garantizando la equidad y la no discriminación entre los países y jurisdicciones miembros y no miembros de la OCDE, y prohibiendo las fishing expeditions, echar las redes, en las que una de las partes del acuerdo pretenda mandar una solicitud indiscriminada de información o realizar una solicitud de información, sin nexo aparente con una investigación abierta o sin justificación. También en el caso de Andorra, y tal como se establece en su legislación, no se permite la retroactividad en los casos de demanda de información, por tanto se establece el punto de partida en la entrada en vigor de los acuerdos o para ejercicios fiscales que empiecen después de este momento.

Las solicitudes de información fiscal previo requerimiento deberán cumplir siempre una serie de requisitos establecidos de común acuerdo por ambas partes y que se detallan en el articulado, como por ejemplo, demostrar los motivos por los que se considera que la información solicitada existe en la parte requerida o que una persona bajo la competencia de la parte requerida la posee, o la inclusión de una declaración que certifique que la parte solicitante ha agotado todos los medios disponibles en su territorio para obtener la información. También existe la posibilidad de denegar la solicitud, entre otras cosas, porque se revele información confidencial entre un cliente y su abogado o cuando el hecho de revelar la información pueda ser contraria al orden público.

En la actualidad Andorra ha firmado diez acuerdos de información y cuenta con otros tantos previstos que le permitirán salir de la lista gris de la OCDE donde cuentan los países y jurisdicciones que, aun habiéndose comprometido a implementar los estándares internacionales sobre transparencia e intercambio de información, todavía no lo han implementado de manera sustancial.

Doce son, de momento, los acuerdos que una jurisdicción tiene que firmar para poder ser visto con buenos ojos por la OCDE, aunque esta última ya ha dado voces de aviso sobre la calidad implícita de éstos y que en las revisiones que se llevaran a cabo, sobre la legislación de las jurisdicciones y la efectividad de los intercambios, se valoraran aspectos sobre la calidad de estos acuerdos.

De nada servirá a ciertos países firmar con otros sin vinculaciones o intereses entrelazados con el fin de alcanzar el deseado número de 12 acuerdos. Sobre este aspecto, Andorra ha firmado tres acuerdos de intercambio de información fiscal, con Francia, Portugal y España, considerados como "de calidad" por el volumen de relaciones económicas y comerciales existentes con estos países. Los avances en materia de transparencia y apertura económica que el Gobierno está realizando no concluyen aquí.

El compromiso adquirido por ambas partes y en la totalidad de países con los que se ha firmado acuerdos del tipo TIEA, es la de negociar, una vez concluya la reforma fiscal ya iniciada, para dotar al Principado de mayor competitividad en los servicios empresariales y tradicionales servicios como la banca o el turismo.

Pere López Agrás. Ministro de economía y finanzas del Principado de Andorra

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