Financiación de las comunidades autónomas (y II)
Dice Stiglitz, premio Nobel de Economía, que el análisis del proceso político a través del cual se aprueba una política pública determinada puede ser esclarecedora para conocer por qué el programa es como es y por qué las presiones políticas influyen en unos programas más que en otros. Cuando una política pública contiene un complicado conjunto de reglamentaciones técnicas y con una gran variedad de disposiciones, es lo más probable que esté sujeto a presiones para que se incluyan normas técnicas o disposiciones que favorezcan a determinados grupos. Analicemos si esta idea de Stiglitz se cumple en la política pública de reforma del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía, presentada al Consejo de Política Fiscal y Financiera el pasado 15 de julio.
El nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas está inspirado, por no decir copiado, de lo que establece el Estatuto de Cataluña, a pesar de estar recurrido ante el Tribunal Constitucional. Durante todo el proceso de elaboración del nuevo sistema, las reuniones entre el Ministerio de Economía y Hacienda y la Consejería de Economía de la Generalitat de Cataluña han sido frecuentes. Los apartados 4.2 y 4.3 de la propuesta del Gobierno contienen un conjunto de fórmulas técnicas difíciles de comprender y aplicar para determinar los recursos financieros del sistema y su evolución. Podemos deducir que la idea de Stiglitz se ha cumplido en la elaboración del nuevo sistema de financiación.
Las necesidades de financiación del sistema se determinan en la propuesta de acuerdo (apartado 4 del sistema de financiación desde 2009) tomando como base las necesidades globales de financiación del año 2007 y la evolución del sistema. Es decir, se toma el año 2007, sin tener en cuenta si en ese año la cantidad que se le entregó a las comunidades era mayor o menor que el coste real de los servicios que prestaron. En una investigación que dirigí (Balanzas fiscales y financiación autonómica 2006) para la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, se decía que era necesario incentivar la eficiencia en la Administración de los recursos públicos por las comunidades autónomas, para lo cual se proponía que la Administración central definiera el nivel mínimo de los servicios transferidos que deben prestar todas las comunidades. La concreción de estos servicios, tanto en prestaciones como en calidad, permitiría estimar el coste en que debe incurrir cada comunidad autónoma. Este coste será un coste estándar en el que se tengan en cuenta las peculiaridades propias de cada una (población, superficie, dispersión, insularidad, estratificación de la población, etcétera).
Para cuantificar el coste estándar de la prestación de cada servicio se debe desarrollar una contabilidad analítica, para conocer el coste de los servicios con el nivel mínimo garantizado de forma centralizada. Este estudio tiene que realizarse para todas y cada una de las comunidades autónomas, y requiere que se explicite la metodología que se va a emplear para el cálculo de los costes y la realización de un seguimiento de la misma, de forma que se adapte a la evolución de los servicios y se realice una aplicación homogénea en todas las comunidades. Una vez conocidos los costes totales de los servicios prestados para todas las comunidades autónomas, tendríamos la necesidad de financiación global de las mismas. Con el sistema que se propone por el Gobierno se seguirá acumulando ineficiencias sobre ineficiencias.
El otro criterio con el que hay que analizar la política pública de financiación de las comunidades, lo mismo que cualquier otra política pública, es el de equidad. Al haberse limitado la solidaridad sólo a los servicios de sanidad, educación y servicios sociales, no cabe duda que la equidad global del sistema se reduce, favoreciendo a las comunidades de mayor nivel de renta, al tener que aportar menos al Fondo de Solidaridad para igualar sólo parte de los servicios prestados por las éstas a los ciudadanos, cualquiera que sea el lugar en que residan.
En cuanto a los recursos aportados por el Estado, por un importe de 11.000 millones de euros, de los cuales se asignan a Cataluña 3.500 millones y a Andalucía unos 1.800, sin explicación alguna de los criterios que han servido de base, que supone el 50% de la aportación del Estado, no parece que la equidad haya sido el criterio utilizado, ya que para las restantes comunidades sólo les quedaría para distribuir el otro 50%.
En la situación de crisis actual el nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas tendrá una fuerte repercusión en la necesidad de financiación del Estado, que puede suponer varios puntos del PIB. En el presente año el déficit público será del 10% del PIB y para el próximo una cifra análoga, sin tener en cuenta la repercusión del nuevo sistema de financiación. ¿Cómo será posible que en 2012 el déficit público se reduzca al 3% del PIB, como exige la Comisión Europea? Habría sido mejor actualizar el sistema con la población real, aplazando la reforma hasta que la economía alcanzara su nivel potencial de crecimiento.
Se ha presentado una propuesta de nuevo modelo de financiación autonómica sin cuantificar su coste para el Estado, cuando en este año y en el próximo tendremos un déficit público total del 10% del PIB, incumpliendo el artículo 40 de la Constitución de estabilidad económica. Casi todos los principios constitucionales establecidos para determinar el sistema de financiación autonómica han sido incumplidos.
José Barea. Catedrático emérito de la Universidad Autónoma de Madrid