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A fondo

Razones para rebajar el interés de demora estatal

Ante la avalancha de solicitudes de las empresas para aplazar su deuda con Hacienda, cada vez más voces piden que el Gobierno rebaje el tipo de interés de demora que, para este año, como en el anterior, se ha fijado en el 7%. Es decir, las empresas deben aplicar este tipo cuando devuelven al fisco la deuda aplazada. Finalmente el Gobierno ha dado su brazo a torcer y estudia rebajar el interés de demora del 7% actual al 5% y el interés legal del dinero del 5,5% al 4%. Le sobran los motivos para hacerlo.

En los últimos 18 años, el diferencial entre la tasa mensual del euríbor a doce meses y el tipo de interés de demora se ha situado en 1,97 puntos de media. Con los datos de febrero, la diferencia se encuentra en 4,8 puntos, un nivel nunca visto antes. Asesores fiscales y economistas defienden que el interés de demora no puede situarse en un estadio tan alejado a los tipos de mercado, y menos en un entorno de crisis económica en el que la falta de liquidez amenaza la viabilidad de muchas empresas.

Ante esta situación, parece razonable la decisión del Gobierno. Según los últimos datos, aún provisionales, Hacienda ha aceptado aplazar deuda tributaria por 5.500 millones de euros en 2008. Así, en el caso hipotético de que los empresarios saldaran esa deuda al cabo de un año, Hacienda ganaría sólo en intereses 390 millones de euros. El empresario no puede comprender por qué debe pagar un tipo del 7% para aplazar deuda tributaria.

Por otro lado, a Hacienda le perjudica esta situación ya que cuando es la Administración quien debe devolver dinero a los contribuyentes se aplica también el 7%. Ello ha dado lugar a una peregrina estrategia, paradójicamente sugerida por el Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), para utilizar a la Agencia Tributaria como si de un banco se tratase. La idea consiste en que las empresas se equivoquen a propósito a favor de Hacienda. Tienen hasta cuatro años para reclamar y la Agencia Tributaria, por ley, debe devolver el dinero pagado de más aplicando el interés de demora, actualmente en el 7%. Así, en el improbable caso de que haya empresas con exceso de liquidez, pueden optar por esta forma de ahorro, que presenta rentabilidades muy por encima del mercado aunque evidentes riesgos legales.

Hasta ahora, el Gobierno argumentaba que fijó el interés de demora en el 7% porque los Presupuestos Generales del Estado se elaboraron en junio, en un momento en que el tipo de interés del Banco Central Europeo se encontraba en el 4%. Sin embargo, los Presupuestos se aprobaron en diciembre, cuando el BCE ya había rebajado los tipos de interés y todo indicaba que seguiría por la misma senda. De hecho, los analistas auguran que el BCE bajará los tipos del 2% al 1,5% el próximo jueves. Recientemente, el presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), Juan Carlos López-Hermoso, reclamó fijar el interés de demora medio punto por encima del euríbor. Ello no parece factible ya que, en este momento, los bancos no conceden créditos tan baratos. Y, desde Hacienda, recuerdan que sería ilógico que saliera más barato aplazar la deuda con Hacienda que pedir un crédito. Los últimos datos del Banco de España indican que, en enero, los tipos aplicados en los préstamos para vivienda se situaron en el 4,97% y, para el consumo, en el 11,5%.

Una excepción necesaria

Entre el 5% que propone ahora Hacienda y el euríbor más medio punto (2,6%) que pide Aedaf, queda margen suficiente para bajar aún más el interés de demora. De hecho, si Hacienda cumple su promesa de dejar el interés de demora en el 5%, el diferencial con el euríbor ascenderá a 2,8 puntos, aún lejos de la media de los últimos 18 años.

El Partido Nacionalista Vasco tiene la intención de proponer en el Congreso de los Diputados que el interés de demora se sitúe en el 3,75%. Parece complicado que Hacienda sucumba a más presiones una vez ya ha decidido dejarlo en el 5%. Nunca el Gobierno ha rebajado el interés de demora una vez fijado en los Presupuestos Generales. La gravedad de la actual crisis justifica una excepción.

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