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Circulación de capitales

Anulada la 'ley Rato' sobre la entrada de capital público

El Tribunal de la UE anuló ayer la normativa aprobada en 1999 por el Gobierno de José María Aznar para impedir la entrada en el mercado energético español de æpermil;lectricité de France. La medida, conocida como 'ley Rato', viola, según los jueces, la libre circulación de capitales que impera en la Unión.

æpermil;lectricité de France (EDF), el gigante público francés del sector energético, tiene un poco más abiertas las puertas del mercado español gracias a la máxima instancia judicial de la Unión Europea. El Tribunal de Luxemburgo declaró ayer ilegal la norma española que desde 1999 somete a autorización previa el ejercicio de los derechos de voto de las participaciones con capital público superiores al 3% en empresas energéticas españolas.

El veredicto coincide con el renovado interés de EDF por el mercado español, esta vez, por Iberdrola. La sentencia, sin embargo, no elimina de manera inmediata las posibles trabas legales para la entrada de EDF porque la 'ley Rato' seguirá en vigor mientras España no la derogue, una circunstancia que puede dilatarse dado el periodo electoral que vive el país.

El Gobierno no recurrirá el fallo del Tribunal europeo. Así lo anticipó ayer, al menos, el vicepresidente económico, Pedro Solbes, quien se comprometió a analizar la sentencia. El vicepresidente señaló en el Fórum Europa que percibe 'contradicciones de base' en la política energética de la UE pues permite a compañías públicas extranjeras realizar operaciones transfronterizas sin que otros grupos privados puedan beneficiarse de estas mismas ventajas en condiciones de igualdad, informa Federico Castaño. Desde el Partido Popular, su secretario ejecutivo de Economía y Empleo, Miguel Arias Cañete, aseguró que la ley 'tenía todo su sentido' porque hay países, como Francia, que mantienen 'sus monopolios de generación y distribución energética'.

Solbes no prevé un recurso contra la sentencia de la UE

La medida ilegal, conocida como 'ley Rato' por el ministro de Economía de la época, o anti-EDF, por la compañía que se pretendía frenar, se aprobó de manera apresurada en 1999. El Gobierno de José María Aznar la incluyó en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos ara el año 2000 ante el interés mostrado por EDF en adquirir la eléctrica Hidrocantábrico. España invocó entonces la necesidad de garantizar la seguridad del suministro y la adecuada gestión y prestación de un servicio tan esencial como la distribución eléctrica.

Seguridad del abastecimiento

La sentencia reconoce, como ya había admitido la jurisprudencia anterior, que la seguridad del abastecimiento energético puede justificar ciertas restricciones a la libre circulación de capitales. Pero los jueces recuerdan que esa posibilidad debe 'interpretarse en sentido estricto' y 'sólo puede invocarse cuando exista una amenaza real y suficientemente grave'.

En el caso de la ley española, el Tribunal juzga que 'el carácter público del inversor, por sí solo, no parece constituir un peligro para el abastecimiento de energía'. E incluso si se admitiera esa hipótesis, los jueces creen que la ley Rato es 'desproporcionada', porque la posibilidad suspender los derechos de voto del accionista con capital público se puede aplicar a todas las decisiones de la empresa, no sólo a las de suministro.

La Comisión Europea, que denunció a España ante el Tribunal, señala que el objetivo de garantizar la seguridad de abastecimiento podría haberse conseguido imponiendo a las empresas 'obligaciones positivas', sin menoscabar la libre circulación de capitales.

Los jueces coinciden con Bruselas. Y creen que el objetivo de la 'ley Rato' parece más encaminado a disuadir a potenciales inversores con capital público que a preservar la calidad del servicio en el mercado energético español.

El Gobierno de Aznar y el de Rodríguez Zapatero intentaron, en 2003 y 2005, respectivamente, ajustar la Ley para que no violara el Tratado de la UE. Pero la Comisión consideró que los cambios propuestos no eran suficientes y seguían otorgando al Estado español una excesiva discrecionalidad para frenar a determinados inversores.

Las negociaciones se rompieron en julio de 2005, cuando Bruselas dio a España un ultimátum de dos meses para que respetase la normativa comunitaria. El Gobierno ni siquiera contestó. El plazo expiraba al mismo tiempo que Gas Natural presentaba su opa por Endesa y revolucionaba el mercado español. Una empresa con capital público, la italiana Enel, acabaría haciéndose con la pieza en colaboración con Acciona. Y eso, con la 'ley Rato' en vigor.

El caso no resuelve el conflicto político sobre la liberalización

Los jueces declararon ayer ilegal la ley española anti-EDF como antes hicieron con otra norma similar italiana. Las sentencias, sin embargo, no resuelven el conflicto político, unas veces latente y otras a flor de piel, que provoca la coexistencia de compañías protegidas por el Estado, como EDF o Eon, con otras expuestas a ser engullidas con una opa. El comisario europeo de Mercado Interior, el ultraliberal Charlie McCreevy, se zafó ayer de este debate asegurando que 'con independencia de la opinión de cada uno, la CE tiene que hacer cumplir la ley'. Pero su a rajatabla no garantiza nada. Los Gobiernos han optado, como en el caso de Italia o Bélgica, por imponer bajo manga condiciones para entrar en sus mercados. Las empresas acatan. Y la CE mira para otro lado.

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