Plan de emisiones y ayudas de Estado
El plazo de presentación de los Planes Nacionales de Asignación de emisiones de gases de efecto invernadero en la UE, que ayudarán a cumplir el Protocolo de Kioto, finaliza en su primera fase el próximo mes de julio. El autor analiza posibles conflictos entre estos planes y la libre competencia
Con el fin de ayudar a la UE a cumplir los compromisos adquiridos en el Protocolo de Kioto en relación a la disminución de los Gases de Efecto Invernadero (GEI), la Directiva 2003/87 estableció un sistema de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero que cubre aproximadamente 12.000 instalaciones y el 50% de las emisiones de CO2 en la UE.
La primera fase del sistema abarca el periodo 2005-2007 y las restantes tendrán una duración de 5 años, por lo que la segunda fase cubrirá el periodo 2008-2013. Antes del comienzo de cada fase, cada Estado miembro debe notificar a la Comisión Europea su Plan Nacional de Asignación (PNA), en el que se fija la cantidad total de derechos de emisión que asignará para ese periodo y su reparto entre los titulares de cada instalación.
Si una instalación emite más GEI de los asignados, su titular debe comprar la diferencia en el mercado de derechos de emisión. A la inversa, si emite menos GEI de los asignados puede vender los derechos sobrantes. Actualmente existen 2.200 millones de derechos de emisión con un valor aproximado de 55.000 millones de Euros.
La notificación del PNA a la Comisión (Dirección General de Medio Ambiente) debe realizarse al menos 18 meses antes de la entrada en vigor de cada fase, por lo que los nuevos PNA deben ser notificados antes del próximo julio de 2006. Una vez recibida la notificación, la Comisión dispone de tres meses para aceptar el PNA o rechazarlo, total o parcialmente, de acuerdo a los criterios establecidos en la Directiva 2003/87. En particular, el anexo III establece que el PNA no puede distinguir entre empresas o sectores de modo que se favorezca indebidamente a determinadas empresas o actividades en contradicción con la normativa sobre ayudas de estado.
Cuando dio comienzo la primera fase del sistema, no existían directrices para evaluar la conformidad de los PNA con la normativa sobre ayudas de Estado y la prioridad de la Comisión Europea era garantizar la puesta en funcionamiento del sistema. Por ello, la Comisión no exigió la notificación de los PNA como ayudas de Estado, tal como establece el artículo 88 del Tratado CE, a pesar de que una gran mayoría cumplían los criterios para ser considerados como tales.
En su lugar, la Comisión se contentó con sugerir modificaciones a los PNA en el curso de contactos informales con los Estados e introducir un párrafo en sus decisiones sobre los PNA considerando el hipotético resultado de un procedimiento sobre ayudas de Estado. Para los PNA aceptables, la Comisión afirmaba que cualquier elemento de ayuda pública presente en ellos 'probablemente' hubiera sido autorizado de acuerdo al artículo 87(3)(c) del Tratado CE. Para los PNA no aceptables, en particular aquellos que concedían derechos superiores a las emisiones proyectadas por una instalación, la Comisión afirmaba que en caso de iniciarse una procedimiento sobre ayudas de Estado, no podía excluirse que parte del PNA fuera considerado nulo.
Esta actuación, si bien posiblemente justificada por la necesidad de facilitar la entrada en funcionamiento del sistema de comercio de emisiones para reducir los GEI, es claramente insatisfactoria desde el punto de vista de la protección de la libre competencia y la sanción de las ayudas de Estado contrarias a ella. De hecho, empresas que se consideran discriminadas por los PNA han recurrido al Tribunal de Justicia Europeo (TJE) la decisión de la Comisión aprobando los PNA.
Mientras los recurrentes alegan que la aprobación del PNA es equivalente a una decisión adoptada en el procedimiento sobre ayudas de Estado y por tanto recurrible por los competidores discriminados por el PNA, la Comisión argumenta que la aprobación del PNA se enmarca en el procedimiento de en la Directiva 2003/87 y los recurrentes no tienen capacidad procesal para recurrir. En todo caso, el TJE no se pronunciará antes de que entre en vigor la segunda fase del sistema de comercio de emisiones, por lo que en los próximos meses se reproducirá esta problemática.
En ausencia de un pronunciamiento expreso de la Comisión, parece lógico concluir que en esta segunda fase la Comisión también optará por no exigir la notificación de los PNA y se contentará con obtener, en la medida de lo posible, modificaciones de dichos PNA en el curso de contactos informales. A su vez, parece poco probable que los Estados decidan notificar motu propio sus PNA como ayudas de Estado.
Podría argumentarse que esta situación está justificada por la política medioambiental y por motivaciones prácticas (si bien los PNA son ayudas de Estado, sólo una minoría acabarían siendo declarados incompatibles con la normativa en la materia), pero implica un alto riesgo para la Comisión y los propios Estados. En primer lugar, una empresa podría acudir a los tribunales nacionales para solicitar la ilegalización del PNA o parte de él, por no haber sido notificado a la Comisión. En segundo lugar, podría denunciar la incompatibilidad del PNA o parte del mismo ante la Dirección General de Competencia de la Comisión, que estaría obligada a abrir el procedimiento sobre ayudas de Estado y ordenar la suspensión del PNA mientras no se pronuncie sobre él. En tercer lugar, esa empresa podría acudir al TJE para reclamar una indemnización por daños contra la propia Comisión por no aplicar conscientemente la normativa comunitaria sobre ayudas de Estado.
Desde esta tribuna animamos al Gobierno a tener muy en cuenta esta normativa en la elaboración del PNA y a las empresas que pudieran sentirse discriminadas a reclamar la aplicación de la normativa comunitaria sobre ayudas de Estado.