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Columna
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La temporalidad y el mercado de trabajo en España

Según la Encuesta de Población Activa (EPA) del INE, la tasa de temporalidad con las cifras de la nueva proyección demográfica, basada en el Censo de Población de 2001 y teniendo en cuenta el aumento de los últimos años de la inmigración, ascendía en 2004 al 32,5%, lo que significa que casi la tercera parte de los asalariados tenían el pasado año un empleo temporal.

Ese porcentaje es superior en prácticamente dos puntos al que se obtenía para el mismo año con la proyección demográfica anterior (30,6%), que no tenía en cuenta el incremento reciente de la inmigración, ya que la población ocupada extranjera sufre mayor precariedad del empleo que la nacional.

En el primer trimestre de 2005, periodo en el que, además del cambio demográfico, se introducen otros cambios en la encuesta, como el del cuestionario, la tasa de temporalidad disminuye ligeramente, hasta situarse en el 31,9%, porcentaje que, pese al descenso, es superior en dos décimas al de un año antes (véase para los cambios de la EPA, Cinco Días de 13 de abril y 16 de mayo de 2005).

Esta tasa, la más alta de toda la UE y muy superior a la media de dicha área (13,8%, según el último dato publicado por Eurostat correspondiente al cuarto trimestre de 2004), ha disminuido sólo muy ligeramente los últimos diez años (desde el 34,8% en 1995). Y eso, a pesar de las importantes reformas introducidas desde 1994 dirigidas a favorecer la contratación indefinida y, sobre todo, a limitar la temporal, después de que la flexibilización de la misma en 1984 supusiera un importante avance de este tipo de empleo.

Entre estas reformas, destacan, por un lado, las dirigidas a reponer la causalidad de la contratación temporal, con la supresión de la contratación temporal como modalidad de fomento del empleo, primero en 1994, al dejarla vigente únicamente para mayores de 45 años, parados de larga duración y discapacitados. Y después, en 1997, al mantener esa modalidad exclusivamente para el último colectivo, y, por otro lado, creando el contrato para el fomento de la contratación indefinida, dirigido a la contratación de determinados colectivos de trabajadores y con un coste de despido improcedente objetivo (33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades) inferior al del contrato indefinido ordinario (45 días de salario por año de servicio, con un tope de 42 mensualidades).

Además, en 1999 y 2000 se elevó el tipo de cotización por desempleo de los trabajadores temporales en relación con los indefinidos y en 2001 se estableció una indemnización por terminación de los contratos temporales de ocho días por año de servicio (inferior a los 12 días establecidos para los supuestos en que el contrato temporal se realiza a través de una empresa de trabajo temporal), se encareció en un 36% la aportación empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social cuando el contrato tenga una duración inferior a siete días y se amplió el contrato para el fomento de la contratación indefinida, creado en 1997, a nuevos colectivos.

La insuficiencia de esas reformas para reducir drásticamente la tasa de temporalidad se agrava por los efectos negativos que, tanto para los trabajadores y empresas como para el conjunto de la economía española, puede llegar a tener la excesiva precariedad del empleo en nuestro país, entre ellos:

l La falta de seguridad del empleo de muchos trabajadores.

l La segmentación del mercado de trabajo entre trabajadores indefinidos y temporales, con costes de despido y otras condiciones de trabajo muy diferentes.

l La acentuación de las diferencias salariales, ya que, según la Encuesta de Estructura Salarial de 2002, los trabajadores temporales perciben un salario bruto inferior en casi un 40% al de los indefinidos.

l El elevado grado de rotación laboral del empleo y la menor inversión en formación de las empresas en los trabajadores contratados temporalmente, lo que puede repercutir negativamente en la productividad y competitividad de las empresas españolas.

l Y, por último, la mayor siniestralidad laboral de esos trabajadores por la escasa experiencia laboral en las empresas y menor nivel de formación y protección que suelen tener.

Este conjunto de factores explicaría la demanda actualmente existente en la sociedad española de una reducción sustancial de la precariedad del empleo. Una demanda a la que el Gobierno pretende hacer frente a través de la negociación actualmente en curso con los interlocutores sociales, uno de cuyos objetivos principales es, precisamente, disminuir la tasa de temporalidad. Y ello, al mismo tiempo que se flexibilizarían las condiciones que favorezcan la creación de empleo suficiente para reducir la tasa de paro sustancialmente por debajo del nivel actual, el 10%, la misma que la de Alemania y la más elevada de la Unión Europea después de Polonia y Eslovaquia.

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