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Columna
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Los salarios y la negociación colectiva

El autor se suma al Debate Abierto en Cinco Días sobre el modelo de negociación colectiva y aporta los últimos datos conocidos sobre esta forma de relaciones laborales. En su opinión, existe un amplio campo para la inclusión de más cláusulas especiales en los convenios

Según la encuesta trimestral de costes laborales (ETCT), elaborada por el INE, el coste laboral de las empresas por trabajador y mes creció, en tasa interanual, en el conjunto de los tres primeros trimestres de 2004, el 3,1%, 1,3 puntos menos que en el mismo periodo de 2003. Desagregando el coste laboral entre sus componentes, el coste salarial (equivalente al salario bruto) y las cotizaciones obligatorias a cargo del empresario a la Seguridad Social (deducidas las bonificaciones de las mismas) aumentaron menos, el 2,8% en el primer caso y el 2,7% en el segundo, mientras que los otros costes no salariales (entre los que se incluyen las indemnizaciones por despido y finalización del contrato) se incrementaron mucho más, el 11,4%.

Por su parte, el avance de los salarios pactados en la negociación colectiva (hasta el 30 de noviembre) asciende al 3%, cinco décimas menos que el pactado inicialmente en 2003 (3,5%). A este incremento salarial habrá que añadir el que se derive de la aplicación de las cláusulas de salvaguarda o revisión salarial, al superar la inflación final (3,5% hasta noviembre) a la inflación prevista para el año (2%), ya que el 78% de los trabajadores cubiertos con convenios tienen acordadas este tipo de cláusulas. De todas formas, la aplicación de estas cláusulas será probablemente, como ocurre habitualmente, muy inferior a la diferencia entre la inflación final y la prevista.

Si, para comparar con el aumento del coste salarial por trabajados a lo largo de 2004 (2,8%), se incluye en este año las cláusulas de revisión salarial acordadas en 2003 pero aplicadas y percibidas en 2004, el incremento salarial pactado hasta noviembre ascendería al 3,2%, en vez del 3%, por lo que la deriva salarial (diferencia entre las tasas de aumento salarial pactado y percibido) sería negativa (-0,4 puntos porcentuales).

Determinadas cláusulas podrían permitir la mejora del funcionamiento de las empresas y/o de las condiciones de los trabajadores

Una de las razones de que las derivas salariales hayan sido negativas en 2004 puede encontrarse en que parte importante del crecimiento del empleo se esté concentrado en la contratación de jóvenes, mujeres y extranjeros, la mayoría de ellos con contratos temporales y con salarios inferiores a los de los trabajadores con mayor antigüedad en las empresas.

Además del aumento salarial y de la jornada laboral anual (1.756,6 horas hasta noviembre, 3,3 horas más que en 2003), en los convenios colectivos se pactan otro tipo de cláusulas, la mayoría de ellas carácter cualitativo, que han tenido una importancia creciente a partir de la reforma laboral de 1994, que amplió las competencias de la negociación colectiva en materias que anteriormente se regulaban exclusivamente por el Estatuto de los Trabajadores y otras normas legales.

Aun así, y pese a que en los Acuerdos Interconfederales para la Negociación Colectiva, que se ha firmado desde 2002 entre CEOE/Cepyme, por un lado y UGT y CC OO, por otro, se han venido recomendando la inclusión de algunas de estas cláusulas especiales, todavía existe un importante campo para su extensión.

En primer lugar, porque después del fuerte impulso que se produjo en la introducción de estas cláusulas hasta 2000, desde entonces se ha producido un estancamiento e incluso un retroceso en algunas de ellas, como es el caso de la estructura salarial, las cláusulas de descuelgue salarial, las de contratación, salud laboral, formación profesional, jubilación y complementos de prestaciones sociales.

En segundo lugar, porque en muchas de estas cláusulas, aunque se hayan generalizado a la mayoría de los trabajadores cubiertos por la negociación colectiva, apenas se han producido modificaciones en relación con lo que se regulaba anteriormente por Ley. æpermil;ste es el caso de las cláusulas relativas a la estructura salarial, que, aunque afecta a más del 70% de los trabajadores cubiertos por la negociación colectiva, todavía se mantienen en muchos casos los numerosos complementos salariales tradicionales, mientras que siguen siendo escasa la consideración de complementos variables que primen la cantidad y calidad del trabajo.

Y, por último, en tercer lugar, la todavía escasa inclusión de determinadas cláusulas que podrían permitir en algunos casos una mejora del funcionamiento de las empresas y/o de las condiciones de los trabajadores, como es el caso de la distribución irregular de la jornada a lo largo del año (que sólo afecta a algo más del 40% de los trabajadores con convenios colectivo), la eliminación o reducción de las horas extraordinarias (20% de los trabajadores), el mantenimiento y creación neta de empleo (menos del 20%), la conversión de empleo temporal en fijo (poco más del 20%), la participación de los trabajadores en la organización del trabajo (15%), la implantación de nuevas tecnologías (6%), la no discriminación o promoción de igualdad de sexos (menos del 50%), el destino preferente de puestos de trabajo a trabajadores con minusvalías (8%) o los incentivos ligados a la productividad (20%).

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