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Tribuna
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Regular en 'telecos'

En un artículo anterior hacíamos notar cómo la regulación en telecomunicaciones se adapta para incorporar las nuevas formas de prestación de los servicios, pero sin evolucionar el modelo de regulación por redes y servicios fundamentado en principios que la tecnología y los mercados están superando. Hemos recibido bastantes comunicaciones interesándose en estas reflexiones. Por ello vamos a aportar más ejemplos de controversias regulatorias que pueden impactar el desarrollo de los nuevos servicios.

La UE y sus Estados miembros quieren potenciar prioritariamente el desarrollo de la banda ancha como soporte de la Sociedad de la Información. Sin embargo no se permite contratarla (por ejemplo: el ADSL) aisladamente del servicio telefónico disponible al público que los usuarios podrían querer sustituir por el servicio móvil, aunque se le podría cargar mensualmente la parte correspondiente a la red de acceso, menor que la cuota de abono. Se podría estar forzando a aquellos que quieran banda ancha a darse de alta en un servicio telefónico quizá indeseado.

Muy previsiblemente, además, ese acceso no será rentable para el servicio telefónico, distorsionando el dimensionamiento óptimo de las redes telefónicas y sus costes de provisión. Paradójicamente la regulación actual, al distorsionar así la demanda, afecta la mejora de eficiencia a medio plazo de las redes públicas cuyas inversiones quiere proteger.

Es difícil promover la innovación y la competencia con una regulación protectora de ciertas redes y servicios

Así, ¿sorprendería el éxito de redes tipo wi-fi que sobrepasaran a la red pública telefónica? Estas se ven forzadas a usar frecuencias de libre disposición, ya que la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones tarda en reservar bandas especificas, protegidas, para esas redes, que facilitarían una provisión de mejor calidad y seguridad. Conclusión: banda ancha sí, pero sin riesgos para las redes públicas.

Comúnmente los operadores históricos son los mayores proveedores de accesos en banda ancha tipo ADSL. Ese mercado al detalle no es supervisado, quizá por considerarlo un servicio emergente; sólo se controla indirectamente desde la regulación del mercado al por mayor. Pero no es un mercado independiente. Un operador con poder significativo en el mercado de referencia de acceso fijo (telefónico) podría extender ese poder sobre el mercado relacionado de accesos en banda ancha. En aplicación del derecho comunitario sobre competencia, derivado del artículo 82 del Tratado de Roma, debería estudiarse si esa extensión de la posición de fuerza a un mercado emergente relacionado sirve para consolidar tal posición. Al no supervisarlo se prioriza la protección a las redes públicas sobre la competencia en los nuevos modelos de explotación (banda ancha).

La UE decidió no incluir la telefonía sobre IP (a través de internet), en cualquiera de sus formas, entre los mercados sujetos a supervisión, para no distorsionar el desarrollo de servicios emergentes. Pero dados los potenciales efectos sobre las redes y servicios regulados la mayoría de los reguladores nacionales están estudiando la forma de incorporarla a la regulación actual. Como el deseo puede a la razón tratan de establecer una regulación mínima, lo que es un eufemismo ya que, por principio, toda la regulación debería de ser mínima sino habría sobrerregulación.

Se podría considerar la telefonía IP como un servicio distinto al telefónico. Sin embargo, al regularla se están tomando como referencia las obligaciones regulatorias de tal servicio.

Sería deseable exigir la interoperabilidad con el servicio telefónico y la interconexión con sus redes, como se hace con el móvil, pero otras obligaciones protectoras del usuario podrían resultar inconvenientes para su desarrollo. Ejemplos: si la numeración, pública, pudiera ser del usuario y no de un operador, se facilitaría la deseada movilidad geográfica y entre redes y plataformas tecnológicas.

La no exigencia de un contrato estable facilitaría el libre acceso desde cualquier red (bastaría un contrato por uso, como en el autobús). Podría no haber tarifas específicas sobre ese servicio, excepto en llamadas a la red pública telefónica. Si todos los operadores tuvieran redes IP de tránsito, una interconexión especializada podría optimizar el uso de la red pública, abaratando las tarifas.

Con estas reflexiones sólo pretendemos mostrar la dificultad de promover la innovación y la competencia con una regulación protectora de ciertas redes y servicios. Por eso pensamos si sería posible un nuevo paradigma regulatorio más orientado al transporte transparente de información sobre cualquier tipo de tecnología.

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