Interesa al Estado y a los contribuyentes
Combatir el fraude o evasión fiscal ha constituido desde siempre una preocupación fundamental del Estado. Con el fin de luchar contra estas conductas, la administración tributaria ha empleado diversas medidas, entre ellas el incremento de la actividad inspectora, especialmente en aquellos sectores considerados más proclives a la ocultación de recursos. A pesar de todo, la realidad pone de manifiesto la existencia de bolsas de patrimonios ocultos que escapan a cualquier control de la administración tributaria.
La certeza de la existencia de esos patrimonios ocultos juntamente con los niveles de déficit público que han alcanzado ciertos países de la Unión Europea, ha motivado que algunos de ellos hayan regulado medidas tendentes a potenciar la repatriación o regularización de los patrimonios ocultos. Así, Italia, estado pionero en aprobar en el año 2001 esta regulación fiscal, fue seguida por Alemania y Bélgica. Actualmente, en Francia, se está produciendo un acalorado debate político sobre la conveniencia de introducir una medida similar tras la propuesta anunciada por parte del primer ministro, Jean-Pierre Raffarin, de posibilitar la regularización de capitales ocultos situados en el extranjero.
Si bien la normativa aprobada en Italia, Alemania y Bélgica responde a un mismo objetivo, su regulación presenta diferencias notables. Así, en cuanto al ámbito subjetivo de aplicación, en Italia afecta únicamente a las personas físicas residentes, en Bélgica pueden acogerse también los no residentes, mientras que en Alemania se extiende adicionalmente a las personas jurídicas. En todos los casos, la regularización de estos patrimonios ocultos está sujeta al pago de una tasa, que en el caso de Italia asciende al 2,5% de la cantidad aflorada, mientras que en Alemania podría considerarse poco efectiva, al ser del 25% o del 35%, en función de cuándo se realice la regularización, siempre sobre una base imponible reducida. Huelga decir que todas estas regulaciones excluyen de su ámbito de aplicación la afloración de patrimonios obtenidos a través de actividades ilegales.
En Italia esta medida tuvo una excelente acogida, lo que incluso motivó la necesidad de prorrogar el plazo de regularización inicialmente previsto, y se estima que ha supuesto unos ingresos públicos de 4.800 millones de euros, lo que representa la afloración de un patrimonio oculto de unos 192.000 millones de euros. Pese a que en Alemania y Bélgica no ha concluido el plazo para efectuar la regularización, todo apunta a que el éxito será muy inferior. En Alemania en el primer trimestre de 2004 se han recaudado sólo 77 millones de euros lo que confirma la teoría de que a menores tipos de gravamen mayores recaudaciones.
Con el cambio de Gobierno y ante estos antecedentes europeos, éste puede ser un buen momento para plantear la conveniencia de aprobar en España una regulación similar, con el fin de abrir una vía para la regularización del dinero negro y afloración de patrimonios ocultos. La futura reforma fiscal planteada por el PSOE podría ser el marco adecuado para abordar esta cuestión, al haberse anunciado una reducción significativa de los tipos de gravamen en el Impuesto sobre el Patrimonio, lo que coadyuvaría al éxito de acogimiento del plan de regularización que, en su caso, pudiera aprobarse.
No debemos obviar que, en relación con este tipo de regularizaciones, contamos con un antecedente no muy lejano en nuestro país, concretamente de 1991. En dicha ocasión, el Gobierno socialista ofreció a los contribuyentes titulares de pagarés del tesoro la posibilidad de regularizar su situación patrimonial mediante la suscripción de deuda pública especial con una rentabilidad del 2% y vencimiento a 6 años.
Proporcionar un vehículo a través del cual se puedan legalizar estas situaciones ocasionará debates y problemas políticos, técnicos y de justicia tributaria, pero, en contrapartida, posibilitará la afloración de cantidades ingentes de recursos que impulsarán la economía, inyectarán liquidez al sistema económico y contribuirán a las arcas del Estado. Una vez regularizados los patrimonios ocultos se incrementará la recaudación por parte de la Administración tributaria como consecuencia de que deberán declararse en el Impuesto sobre el Patrimonio, y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en caso de transmisiones lucrativas, y generarán rentas que deberán igualmente tributar en el IRPF.
Una regulación de este estilo permitirá mantener el equilibrio presupuestario y, por tanto, contribuirá a hacer frente a las necesidades sociales que el Gobierno debe atender en esta nueva legislatura. La afloración de patrimonios ocultos interesa pues al Estado y a los contribuyentes y no a los asesores de ventaja que anidan alrededor de los circuitos opacos.