Bruselas denuncia a España por eludir la normativa comunitaria sobre morosidad
El Colegio de Comisarios ha presentado una denuncia ante el Tribunal de Luxemburgo, que ha sido admitida a trámite, contra el Gobierno español por no transponer la Directiva 35/2000 sobre morosidad, que incluye medidas para proteger a los proveedores, como la regulación de los plazos de pago.
Así lo ha anunciado hoy Jorge Jordana, secretario general de la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), entidad que denunció ante los servicios técnicos de la Dirección General de Empresas, dependiente del comisario de Mercado Interior, Frits Bolkestein, la falta de transposición de dicha directiva. Explicó que la Comisión Europea emitió en febrero un dictamen contra Madrid por incumplir los plazos en la transposición de la directiva y que fue la Dirección General de Empresas la que remitió un informe al Colegio de Comisario, que previo informe de los servicios jurídicos, presentó la denuncia.
Jordana, que recordó que el Gobierno había redactado un proyecto de ley que no fue aprobado y "en cuyo texto no figuraban todas las disposiciones de la directiva", debía haber incluido en la normativa española la directiva a más tardar en agosto de 2003. En este sentido, destacó que todos países de la Unión, salvo España y Luxemburgo, tienen incorporada la normativa comunitaria a su ordenamiento, incluso los países candidatos a la adhesión.
Multas diarias
"Esperamos que durante este año el Tribunal de Luxemburgo emita una sentencia, que puede suponer multas diarias y progresivas para el Reino de España en caso de seguir sin transponer la normativa comunitaria", apostilló el representante de la FIAB.
La Directiva de Morosidad establece medidas legales para proteger a los proveedores, como el derecho de pago con intereses cuanto el plazo excede los 31 días en una transacción comercial y la articulación de una cláusula antiabuso que anule legalmente cualquier contrato que imponga condiciones desmedidas.
Indicó que, según la Comisión, una de cada tres quiebras empresariales se debe a la morosidad y el retraso en las transacciones comerciales, "lo que produce una pérdida de cerca de 450.000 puestos de trabajo en la Unión Europea".
Para la FIAB, esta normativa es necesaria para proteger los intereses del sector, uno de los más perjudicados por el aplazamiento de pago aplicado por la distribución comercial que en España alcanza una media de 90 a cien días. Según datos de medias de pago en 2002 de FIAB, Carrefour pagaba a 111 días, Eroski a 107 días, Alcampo a 97 días, Alcosto a 93, Froiz a 86, Mercadona a 82, Ahold a 81, Caprabo a 71, Miquel Alimentación a 60,5, Ahorramás a 60, Unigro a 56 y Condis a 52.
Además, para FIAB, la norma contribuirá a poner coto a las "condiciones abusivas" en la negociación de contratos de la distribución con el sector de alimentación y bebidas. Durante la presentación del balance de FIAB en 2003, Jordana criticó que en los productos perecederos (frescos y refrigerados) -que por ley tienen que abonarse en 30 días- se incumpla este plazo y no quede bien clarificado cuáles son perecederos.
La FIAB también ha denunciado en Bruselas la falta de armonización fiscal sobre el IVA, a raíz de un problema creado por la inspección de la Agencia Tributaria de Madrid que, en contra de la Sexta Directiva comunitaria, rechazaba la compensación de los IVAs de los materiales accesorios de la actividad de las empresas. En este sentido, indicó que la Unión Europea ha enviado una carta de emplazamiento al Ministerio de Economía para que clarifique la Ley del IVA y se ajuste al derecho comunitario.