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Seguridad digital

El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de firma electrónica

El Consejo de Ministros aprobó hoy el Anteproyecto de Ley de la Firma Electrónica, una normativa que pretende generalizar las transacciones electrónicas entre los ciudadanos, las empresas y la Administración. Según explicó el ministro de Ciencia y Tecnología, Josep Piqué, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, este anteproyecto, que ha sido elaborado con la colaboración de los Ministerios de Administraciones Públicas, Economía, Interior y Justicia, será ahora remitida a las Cortes para su tramitación parlamentaria.

El texto persigue promover el uso de la firma electrónica, que tendrá exactamente la misma validez que la manuscrita, como instrumento para generar confianza en las comunicaciones telemáticas y para dinamizar la Administración y el comercio electrónicos, con lo que, a su vez, se potenciaría el desarrollo de la Sociedad de la Información. Piqué explicó que la norma recoge la experiencia y los avances logrados desde que entró en vigor el Real Decreto-Ley de Firma Electrónica de 1999, puesto que la firma electrónica ya está funcionando en algunos ámbitos de la economía, como, por ejemplo, en la entrega de la declaración de la renta a través de Internet.

Una de las novedades del texto que destacó el ministro fue el hecho de que también se reconozca la firma electrónica para las empresas, además de la de los particulares, lo que ayudará a que las pequeñas y medianas empresas puedan hacer sus gestiones a través de Internet y obtengan los consiguientes ahorros de tiempo y dinero. Piqué señaló también que el Anteproyecto de Ley establece las bases para el desarrollo del Documento Nacional de Identidad (DNI) electrónico, que permitirá a los ciudadanos identificarse y firmar documentos en el ámbito virtual o telemático.

Otra de las novedades del texto es que, según explicó el ministro, se revisa su terminología y sistemática para que sea más fácil de comprender y de aplicar. Por ejemplo, se introduce la denominación de ¢firma electrónica reconocida¢ para identificar con mayor claridad aquella que cumple los requisitos necesarios para ser considerada equivalente a la firma manuscrita.

Respecto a la simplificación de su aplicación, el ministro puso como ejemplo el hecho de que se haya eliminado la obligación establecida en un principio de que las empresas que presten servicios de certificación se inscriban en un registro oficial y tengan que estar autorizados previamente. Al mismo tiempo, señaló que se promueve la autorregulación de la industria, se potencian los controles y sanciones sobre las entidades de certificación y se reduce hasta tres millones de euros la garantía que tienen que presentar estas entidades para constituirse.

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