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Enmienda

El Congreso aprueba sin el apoyo del PP prohibir las emisiones en paraísos fiscales

La Comisión de Economía y Hacienda aprobó ayer sin el apoyo del Grupo Popular una enmienda pactada entre el PSOE y Convergencia i Unió que prohíbe la emisión de participaciones preferentes desde paraísos fiscales y favorece su emisión desde España, con un régimen fiscal favorable.

El texto aprobado garantiza, además, a bancos y cajas que Hacienda no revisará el tratamiento de las emisiones ya realizadas. Se disipan así los temores de las entidades de crédito de que la Agencia Tributaria pudiera abrir actas de inspección y se las obligara a devolver las deducciones fiscales de las que se han beneficiado hasta ahora como consecuencia de emitir estos títulos desde filiales radicadas en paraísos fiscales, no sometidos a la tributación en el sistema fiscal español.

El dictamen aprobado ayer en el Congreso cierra una laguna legislativa que tenía a bancos y cajas en el punto de mira de Hacienda, de la opinión pública, por la mala imagen de este instrumento, y de la Fiscalía Anticorrupción. Esta fiscalía especial criticaba con dureza en un informe reciente la emisión de valores desde paraísos fiscales y lo consideraba una práctica 'irregular y lesiva para el Tesoro público'.

El texto iniciativa del PSOE no resuelve, sin embargo, la situación de otras empresas no financieras como Repsol, Telefónica o Sol Meliá, tres compañías que también recurren habitualmente a las preferentes para captar recursos, a pesar de que este instrumento se pensó en principio para las cajas de ahorros (que no pueden emitir acciones para financiarse). Luego, sin embargo, fueron muy utilizadas por los bancos y otras sociedades cotizadas, sobre todo las tres mencionadas.

La ponente socialista, Mayte Costa, explicó ayer que lo que se pretende es que las empresas cotizadas recurran al mercado de capitales para buscar recursos y no a otro tipo de fórmulas. Aunque justificó el que se incluya también a los bancos que cotizan en que éstos ya tienen que cumplir determinada normativa sobre disciplina bancaria y ratios de solvencia.

Pero la exclusión de estas compañías de las ventajas financieras y fiscales que con la nueva regulación se da a las entidades de crédito deja insatisfechos al Grupo Popular y a Convergencia i Unió.

El portavoz del Grupo Popular, Vicente Martínez Pujalte, lo tacha de 'discriminatorio' para estas empresas que considera que deberían recibir el mismo tratamiento que la banca en este aspecto. Es previsible, por tanto, que la situación se corrija durante la tramitación de la ley en el Senado, según explicó ayer a este periódico.

Con el dictamen aprobado ayer no se cierra, por tanto, el capítulo de las preferentes. De hecho, la abstención del Grupo Popular a última hora se debió principalmente a la falta de acuerdo sobre este punto, cuando en los últimos días se daba por hecho el consenso.

Así, el texto aprobado señala, en concreto, que las participaciones preferentes cumplirán el requisito de 'ser emitidas por una entidad de crédito o por una entidad, constituida en España o en un territorio de la UE, que no tenga la condición de paraíso fiscal, y que sea filial al 100% de una entidad de crédito dominante de un grupo o subgrupo consolidable de entidades de crédito y cuya actividad u objeto exclusivos sea la emisión de participaciones preferentes', pero elimina el punto que contenía la transaccional de CiU en el que se decía que 'lo dispuesto en esta disposición será aplicable a las participaciones preferentes emitidas por sociedades constituidas en España o en el extranjero, por sus filiales al 100% que no sean entidades de crédito'. Y un apartado de la disposición transitoria donde se hablaba también de sociedades cotizadas.

Las participaciones tendrán la consideración de gasto deducible para la entidad emisora y las rentas derivadas de las mismas se calificarán como rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios.

La nueva regulación incluye también una limitación formal a las entidades de crédito para asegurarse de que en el momento de realizar la emisión el importe nominal en circulación no sea superior al 30% de los recursos propios.

Adquiere así rango de ley la recomendación que hiciera el Banco de España, preocupado por el peso que estaban adquiriendo las preferentes en el cómputo de recursos de primera categoría.

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