La Comisión Europea propone regular el uso de los datos de los trabajadores
La globalización, el progreso tecnológico y la inseguridad creada tras el 11 de septiembre son los principales motivos que esgrime la Comisión Europea (CE) para dirigirse a los interlocutores sociales europeos y hacerles una consulta sobre el trato de datos personales en el trabajo. En palabras de Anna Diamantopoulou, comisaria de Empleo y Asuntos Sociales, 'la UE necesita normas más claras y sencillas para la protección de los datos personales de los trabajadores, que tengan más en cuenta la relación entre el empresario y trabajador'. Añade que 'la existencia de un marco claro y sencillo de principios y normas, aplicable en toda la UE, será positivo para los trabajadores y las empresas'.
La CE hizo una primera consulta a los agentes sociales europeos en la que se puso en evidencia dos cosas. La existencia de importantes divergencias en las normativas de los diferentes Estados miembros sobre la protección de datos en el trabajo y la división de opiniones entre empresarios y los representantes de los trabajadores.
Para las organizaciones de empresarios, la actual normativa es 'suficiente y adecuada' para asegurar un alto nivel de protección de los datos personales de los trabajadores. Opinan que hay que evitar la reglamentación excesiva para los empresarios y se muestran favorables a la utilización de instrumentos no vinculantes, tales como códigos de conducta, más transparencia y una mayor sensibilización en este asunto. Sin embargo, los sindicatos consideran que debe existir una regulación más específica y se muestran a favor de una directiva comunitaria en esta materia.
Mariano Díaz, adjunto a la Secretaría de Acción Sindical de CC OO, que participa en las rondas de consulta de la CE, afirma que 'las nuevas formas de trabajo como el teletrabajo y la utilización de las nuevas tecnologías hacen necesaria una regulación específica que proteja la libertad sindical de los trabajadores y su intimidad cuando desarrolle su trabajo en un entorno privado'. Y añade que 'los datos médicos sobre la salud de los trabajadores pertenecen a la intimidad de las personas y debe garantizarse que su trato no vulnere derechos fundamentales'.
La CE cree que el trato de los datos médicos de los trabajadores requiere 'una especial atención'. Si bien admite que en ocasiones puede ser necesario para un empresario saber si la salud del trabajador puede resultar dañada en el trabajo, también estima que 'la información procesada debería mantenerse en el mínimo requerido para que un empresario cumpla con sus obligaciones'. La Comisión está a favor de un marco general a escala europea sobre el tratamiento de estos datos.
Controles antidroga
En cuanto a la pruebas para detectar el consumo de drogas, cada vez son más habituales en algunos Estados de la UE. Y son muchos los países que permiten efectuar controles sanitarios a los trabajadores para garantizar que son adecuados para el trabajo que van a ocupar. La Comisión pretende limitar la recogida y el tratamiento de este tipo de datos por los empresarios. Las pruebas genéticas están permitidas y son pocos los que las ponen límites (Austria, Portugal y Países Bajos). El Ejecutivo comunitario quiere 'circunscribir la posibilidad de que los empresarios efectúen pruebas genéticas y limitar el uso de los datos que procedan de estas pruebas'.
La Comisión destaca en su consulta que los Estados carecen de legislación específica sobre la protección de datos personales de los trabajadores. Sólo Dinamarca y Finlandia están acogiendo una legislación específica sobre esta materia. El Reino Unido y Países Bajos están adoptando códigos de conducta sobre el uso de los datos personales en la relación entre empresario y trabajador. Y en otros países se estudia la posibilidad de introducir normas de cara al futuro.
El tratamiento de datos personales en la UE está regulado por dos directivas (95/46/CE y 97/66/CE). Aunque ambas normas se aplican plenamente en los datos personales de los trabajadores, tienen un carácter general y no siempre se detalla su aplicación en el lugar de trabajo.
A partir de esta propuesta de la Comisión se están celebrando encuentros entre los agentes sociales europeos, que harán llegar sus conclusiones al Ejecutivo comunitario.
Este periódico intentó recoger la opinión de la CEOE pero no fue posible.
Las multinacionales, el mejor ejemplo de la infinidad de normas
La CE destaca, no sólo las diferencias que existen entre las legislaciones de los Estados de la UE, sino también su excesiva complejidad. Esto podría acarrear una desorientación tanto para empresarios como para trabajadores que quieran saber en cada momento cómo se están utilizando sus datos personales por su empleador. La CE advierte que las diferentes normas sobre tratamiento de datos personales de empleados pueden crear barreras en el mercado interior de la UE, tanto en la libre circulación de trabajadores como en la transmisión de datos dentro y fuera de la UE. Carlos Sáez, del despacho Garrigues, opina que 'es muy interesante que se genere un marco legal claro para que las empresas sepan hasta dónde pueden llegar en el tratamiento de datos de los trabajadores y éstos también puedan conocer cómo se deben tratar sus datos personales'. Este abogado, experto en la materia, llama la atención sobre las 'complicadas' situaciones que se dan en el caso de las multinacionales. Ocurre, explica Carlos Sáez, que 'a veces la matriz de una multinacional ubicada en un país requiere datos de trabajadores a sus filiales para determinados fines que podrían entran en colisión con la legislación sobre tratamiento de datos de carácter personal vigente en los países donde se ubican sus filiales'. Este letrado afirma que cuando 'se habla de datos de salud, baja de un trabajador, accidente laboral, entre otros aspectos de esta índole, siempre hay un tinte oscuro sobre cómo deben ser tratados por el empresario'. La CE opina que el simple consentimiento del trabajador en el tratamiento de sus datos personales 'no es una protección adecuada', ya que el empleado se encuentra en una posición frente al empresario en la que es difícil negarse a ello. El Consejo de Europa y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) están a favor de normas específicas sobre protección de datos en mundo laboral.