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Demanda

Bruselas abre expediente a Holanda, Italia y Dinamarca por sus "acciones de oro"

La Comisión Europea emprendió hoy, miércoles, acciones contra Holanda, Italia y Dinamarca, por las legislaciones que dan derechos especiales a los Estados en las empresas privatizadas. Además, mañana la UE emitirá sus conclusiones acerca de la ley española de 1995 que concede al Gobierno una 'acción de oro' sobre Repsol, Endesa, Telefónica, Argentaria y Tabacalera.

En el caso de Holanda, la Comisión Europea decidió pedir formalmente la revisión de ciertas disposiciones del estatuto de la compañía de telecomunicaciones KPN y de la compañía de correos y transporte TPG, que dan privilegios al Estado, así como los derechos especiales acordados a través de la llamada "acción de oro". El Ejecutivo comunitario considera que los derechos especiales concedidos al Estado holandés pueden disuadir a los inversores de otros países miembros a invertir en el capital de esas dos empresas. Por ese motivo, la Comisión Europea considera que dichos derechos especiales "son contrarios a la libre circulación de capitales" recogida en el Tratado.

Por otra parte el Ejecutivo comunitario también envió una petición oficial de información complementaria al Gobierno danés sobre los posibles obstáculos a las inversiones de otros Estados miembros en los aeropuertos de Copenhague. La Comisión Europea teme que ciertos derechos especiales conferidos al Gobierno danés por la ley sobre los aeropuertos de Copenhague impidan la inversión y constituya un obstáculo a la libre circulación de capitales y al derecho de establecimiento.

En cuanto a Italia, la UE solicitó información a su Gobierno sobre la legislación que fija los criterios del ejercicio de prerrogativas especiales estatales en las sociedades privatizadas. Aunque esta legislación fue modificada poco antes de la sentencia de mayo del Tribunal de Justicia, que condenó la ley de privatización italiana de 1994, Bruselas teme que las condiciones en la que esas prerrogativas especiales pueden ejercerse sean aún definidas de manera "tan amplia" que puedan desanimar a los inversores de otros Estados miembros.

El pasado 4 de junio, el Tribunal de Luxemburgo rechazó las legislaciones de Francia y Portugal sobre 'acción de oro', y aprobó la del Bélgica. Tal como había argumentado la Comisión, el Tribunal sentenció que este tipo de medida sólo es admisible "por razones imperiosas de interés general" y de forma "prorporciada al fin perseguido". Además, juzgó que su aplicación deberá basarse en criterios precisos, que las empresas conozcan de antemano, susceptibles de control jurisdiccional y que no puedan sustituirse por medidas menos restrictivas.

La 'acción de oro' es el derecho de veto o de autorización administrativa previa que los gobiernos europeos mantienen sobre ciertas actuaciones de sus empresas privatizadas (disolución, escisión, fusión, cambio del objetivo de la empresa, venta de activos o venta de acciones).

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