La Tesorería de la Seguridad Social tendrá una subdirección general para gestionar el Fondo de Reserva
Este Real Decreto, que modifica parcialmente otro de 1984, tiene como objeto adecuar la estructura orgánica y las funciones de este Servicio Común de la Seguridad Social a las modificaciones derivadas de la adscripción de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y la creación del Fondo de Reserva.
A este respecto, introduce también las modificaciones necesarias en las competencias de las distintas unidades orgánicas para lograr una mayor eficacia en el cumplimiento de sus funciones, aplicando criterios de racionalización y simplificación organizativa.
En este sentido, se adecua la denominación de la mayor parte de las subdirecciones generales -que se mantienen en ocho- a las competencias que les asigna la norma aprobada, y concreta las funciones de los directores provinciales.
Asimismo, la Dirección General asume las competencias de desarrollo de los programas de lucha contra el fraude, se crea la Subdirección General de Recursos Humanos que asume las competencias de personal, y la Secretaría General asume nuevas funciones en materia de planificación, organización y evaluación de la calidad de los servicios, la atención e información al ciudadano y el control de la red de Administraciones de la Seguridad Social.