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Certificaciones digitales

El Registro Civil permite solicitar certificados a través de Internet

Los ciudadanos podrán solicitar a partir de ahora a través de Internet las certificaciones que precisen a los Registros Civiles, con lo que se evitarán dos de los tres desplazamientos que hasta ahora eran necesarios para cumplimentar estos documentos, según informó hoy el Ministerio de Justicia.

Hasta ahora, cuando un ciudadano quería un documento del Registro Civil, debía acudir en primer lugar a solicitar un formulario, luego a presentarlo cumplimentado y en último lugar a recoger el documento requerido. Con la nueva normativa aprobada por el Ministerio de Justicia, se suprimen los dos primeros trámites, ya que el interesado podrá obtener desde su domicilio a través de su ordenador -en la dirección www.mju.es- los formularios, cumplimentarlos y remitirlos al correo electrónico del Registro Civil correspondiente. La contestación al usuario deberá realizarse en casos de urgencia en el plazo máximo de 24 horas.

Para conseguir estos objetivos la Dirección General de los Registros y el Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, ha dictado una instrucción dirigida a todos los jueces y magistrados encargados de los Registros Civiles informatizados definiendo las reglas que regirán este nuevo procedimiento.

En esta instrucción se trata también de garantizar que el uso de nuevas tecnologías de las comunicaciones no afecte a los actuales niveles de seguridad jurídica y de protección de la intimidad personal y familiar de las personas inscritas.

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