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TRIBUNA

<I>La defensa de la competencia en España</I>

Miguel Ángel Fernández Ordoñez

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha celebrado esta semana sus XII Jornadas Técnicas recuperando una tradición que, quizá por falta de medios, se había perdido en los últimos años.

He tenido la satisfacción de asistir a las mismas y me ha impresionado el número y la calidad de los profesionales que se han incorporado últimamente a esta tarea de la defensa de la competencia.

Tan sólo hace 10 años, cuando Rossignoli y su equipo elaboraban la ley de 1989, no había más allá de un puñado de personas -en su mayoría juristas- interesadas en este asunto. Hoy, tanto en la Administración como fuera de la Administración, tanto en el mundo del derecho como en el de la economía, España cuenta con un capital humano dedicado a la defensa de la competencia de un volumen y calidad más que aceptable.

Es una lástima que al elaborar una legislación profusa y precipitada -en dos años ha enviado al Parlamento cinco reformas entre leyes y decretos-leyes- el Gobierno no haya aprovechado la experiencia y sabiduría de las personas que reunió el tribunal anteayer en sus jornadas técnicas.

Ha habido algunos aspectos positivos en los recientes cambios legislativos, como por ejemplo la reducción de plazos, pero la orientación general de las últimas reformas, esto es, la de aumentar la involucración del Gobierno en las decisiones de defensa de la competencia, ha ido justamente en el sentido contrario de lo que es una larga tradición en Estados Unidos y de las reformas que se están aprobando estos años en el resto de Europa.

Un ejemplo claro del entrometimiento del Ejecutivo español en la defensa de la competencia es el papel que se reserva en las concentraciones. En sus cinco fases de decisión (1, servicio; 2, ministro de Economía; 3, Tribunal de Defensa de la Competencia; 4, ministro de Economía; y 5, Consejo de Ministros), sólo en la tercera interviene un órgano independiente.

Esto le permite al Gobierno español, como ya hizo con la fusión de Endesa, Fecsa y Sevillana, y más recientemente con la de Ebro y Puleva, impedir que el tribunal emita su informe sobre las fusiones que él respalda, y también mantiene la facultad de obstaculizar algunas fusiones que, sin embargo, hayan merecido la vía libre del tribunal. En Alemania, por ejemplo, no sería posible ninguno de los dos supuestos que he mencionado.

Necesitamos, pues, revisar la legislación de defensa de la competencia, pero debe hacerse con tranquilidad y preguntando a todos, tal como el mismo ministerio ha demostrado recientemente al exponer a consulta pública los últimos proyectos de decreto.

Otro paso recientemente dado por el Gobierno, como el de aumentar los medios al tribunal es elogiable, pero debería acompañarse de la reforma de nuestro sistema institucional. Además, si de verdad queremos reducir gasto público ¿tiene sentido que el tribunal, con esos medios adicionales, se ponga ahora a buscar y formar nuevos profesionales, cuando el Servicio de Defensa de la Competencia, hoy dependiente del Gobierno, ha demostrado tener unos funcionarios excelentes que podrían trasladarse a hacer esas tareas dentro del tribunal, donde no tendrían que seguir consignas de la jerarquía política?

Es evidente que el sistema español de defensa de la competencia necesita reformas en su dirección, esto es, la de reducir la intervención del Gobierno en sus procedimientos, pero también en su forma, dónde sobra precipitación, falta reflexión y es necesario consultar más a los expertos. Y esta tarea no es difícil porque tenemos el ingrediente esencial para hacer una buena reforma, contamos con una excelencia profesional como nunca habíamos contado en el pasado en España.

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