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Las tarifas pasan a ser precios máximos regulados

Una de las grandes novedades del proyecto de Ley Básica de Construcción, Financiación y Gestión de Infraestructuras públicas es la modificación y unificación del sistema tarifario que existía hasta ahora. Según el documento elaborado por el Gobierno, las tarifas para el uso de cualquier tipo de infraestructura pasan a tener la consideración de precios privados, sometidos a un sistema de máximos.

Se trata de unificar la disparidad de sistemas tarifarios que hoy día rigen sobre los distintos tipos de infraestructuras, y de establecer en el negocio de la explotación de infraestructuras un mecanismo de precios regulados, similar al que rige en la electricidad, las telecomunicaciones o el gas.

Esos precios máximos serán fijados por el órgano de contratación de la Administración, pero las concesionarias "podrán aplicar tarifas inferiores cuando así lo estimen conveniente al objeto de optimizar la demanda en el uso la infraestructura", afirma el proyecto de ley, que también prevé la posibilidad de que excepcionalmente el titular de la concesión pueda, si el pliego de condiciones que haya regulado el concurso de adjudicación de la concesión así lo permite, incrementar las tarifas por encima de ese tope.

Otra novedad de la ley es el reconocimiento al promotor privado del derecho a explotar los llamados elementos relacionados con la infraestructura para aumentar sus ingresos. Hasta ahora lo habitual era que el concesionario construyera la infraestructura y entregara al Estado las concesiones anejas (las cafeterías de una estación o aeropuerto, o el hotel, por ejemplo).

La nueva ley considera esas infraestructuras relacionadas como un modo de retribución que el concesionario puede explotar por sí mismo o ceder a un tercero.

Con carácter general, la ley establece tres modalidades de promoción privada de infraestructuras: con financiación pública, con fondos privados y mixta. El nuevo sistema de precios regulados se refiere a los sistemas sufragados con fondos privados y los mixtos.

En el caso de las concesiones financiadas íntegramente con fondos públicos se establecen dos modalidades: el pago de una cantidad fija periódica por la Administración o una cantidad variable en función del volumen de tráfico, sistema conocido como peaje en sombra.

La concesión financiada con fondos públicos y privados prevé la recepción de recursos públicos, el establecimiento simultáneo de tarifas para acceder a la infraestructura y la explotación de los elementos comerciales relacionados.

El promotor podrá recibir los fondos públicos durante la ejecución de la obra o mediante subvenciones periódicas. La aportación pública podrá estructurarse también mediante pagos fraccionados y diferidos con un máximo se 10 anualidades.

Este ultimo esquema es una variante del sistema conocido como abono total de precio o modelo alemán. Ahora el contratista no recibirá todo el coste de la infraestructura, sólo una parte; el resto lo pagará con las tarifas que cobre a los usuarios. Como esta modalidad compromete ejercicios presupuestarios futuros, la decisión sobre las obras en que se utilizará competerá al Consejo de Ministros.

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