<I>Bienestar social o negocio privado</I>
La parte de los Presupuestos destinada a los servicios sociales se ha ido reduciendo desde 1993.
Hace dos años publiqué en esta columna un artículo en el que abogaba por la promulgación de medidas en favor de las personas dependientes. Es decir, de aque-llas personas -normalmente de edad avanzada, pero no siempre- que permanentemente requieren, en su domicilio o en un centro especializado, el cuidado de otros para cubrir sus necesidades más elementales. En aquel particular alegato abogaba por un seguro específico dentro de la Seguridad Social, de carácter universal, financiado con cuotas y aportaciones públicas, que protegiera a todas las personas dependientes mediante prestaciones monetarias y/o de servicios.
En los dos años transcurridos desde entonces, distintas instituciones, organismos públicos y organizaciones sociales se han pronunciado sobre la materia. Así, el informe del Defensor del Pueblo sobre la atención sociosanitaria de los mayores, el informe del Imserso sobre la dependencia y otros varios estudios, documentos e informes, entre los que destacan los realizados por los servicios técnicos de las organizaciones sindicales. En los últimos meses, sin embargo, lo más significativo es la irrupción del sector privado, mediante seminarios, estudios y otros medios propios del lobbysmo empresarial, en este debate.
La Dirección General de Se-guros ha correspondido a ese ostensible interés del ámbito de los negocios hacia el tema de la dependencia con la emisión de un informe acerca de las posibilidades de establecer un seguro privado de dependencia en España. Lo que, sin duda, se presta a que los ciudadanos podamos colegir que el Gobierno pretende convertir en objeto de lucro privado una rama nueva, y de creciente importancia, del bienestar social.
La inacción y el retraso de la Administración en dar respuestas coherentes a este problema, y su aparente falta de criterio acerca de lo que quiere proteger y con qué intensidad quiere hacerlo, está propiciando, en el mejor de los casos, incertidumbre y confusión. En el peor, lleva a pensar que, contrariamente a lo que se está haciendo en Europa, aquí se piensa en regular la dependencia en beneficio del aseguramiento privado. Informes como el que comentamos de la Dirección General de Seguros generan enormes expectativas de negocio, tanto en el ramo asegu-rador como en el de los proveedores de asistencia. Pero, en cambio, puede crear gran desesperanza entre la inmensa mayoría de la población que no tiene recursos como para poder asegurar privadamente esa contingencia, para ellos o para sus allegados. Sería muy conveniente que el Gobierno aclarara cuanto antes qué es lo que quiere hacer respecto a este problema. Un problema al que, por otra parte, el primer partido de la oposición dio, en la etapa de la candidatura de Borrell, gran importancia y que, sin embargo, hasta el momento no se ha traducido en una propuesta concreta.
Este tema ha sido abordado con poca seriedad. La diferencia entre lo que se ha predicado desde los Gobiernos de distinto signo y lo que luego se ha convertido en hechos ha sido notable. Desde 1993, la parte de los Presupuestos destinada a los servi-cios sociales se ha ido reduciendo progresivamente. Los moderados objetivos que se marcaron en el Plan Gerontológico de 1992, en cuanto a plazas en residencias geriátricas, ayuda a domicilio, teleasistencia, etcétera, se han incumplido ostensiblemente. La factura que tienen que pagar los beneficiarios de esos cuidados, o sus familias, es cada vez más grande, tanto en términos monetarios como sociales.
En la misma línea, con la reciente promulgación de la Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, se ha dejado pasar una inestimable oportunidad para establecer algún tipo de compensación a las personas que cuidan a padres, hijos u otros familiares dependientes. Contrariamente a lo que es co-mún en la mayoría de los países europeos, donde se protege a los cuidadores voluntarios con prestaciones sociales regladas, entre ellas el pago de las cuotas a la Seguridad Social, para consolidar futuros derechos, la regulación española que comentamos no sólo no compensa la pérdida de ingresos para quien realiza esos cuidados, sino que tales personas pierden cualquier futuro derecho -sobre pensiones, por ejemplo-, salvo que, en determinados supues-tos, se costeen de su propio bolsillo las cotizaciones.
En un país como el nuestro, que en gasto social se ha ido distanciando en los últimos años de la media europea, no es aceptable que se aborde esta cuestión desde la perspectiva de la contención del gasto social o en función del objetivo político conservador de reducir la presión fiscal por un lado -el de las rentas-, pa-ra aumentarla por otro -el del consumo- o la provisión privada de asistencia social. El modelo a seguir no es el del aseguramiento privado, basado en deducciones fiscales para los de mayor renta y prestaciones de mínimos para el resto, sino el de una nueva prestación pública dentro de la Seguridad Social que, como sucede en los recientes seguros públicos de dependencia alemán o luxemburgués, garantice a todos por igual los cuidados necesarios ante esa eventualidad.
Siendo éste, como es, un pro-blema de Estado, sería imprescindible que se plantease de forma consensuada entre las fuerzas políticas y sociales dentro del Pacto de Toledo o como protocolo anexo al mismo.