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Los fondos de inversión tendrán acceso inmediato a los valores que presten a inversores bajistas

Economía somete a audiencia pública la orden que activará una demanda histórica del sector

Panel de cotizaciones en la Bolsa de Madrid.
Panel de cotizaciones en la Bolsa de Madrid.Altea Tejido (EFE)

La posibilidad de que los fondos de inversión presten acciones a los inversores bajistas, una demanda histórica de las gestoras para mejorar la rentabilidad de sus carteras, está cerca de ser una realidad en el mercado español. El Tesoro ha sometido en audiencia pública la orden ministerial correspondiente, sujeta a los comentarios del sector hasta final de mes y que entrará en vigor 20 días después de su publicación en el BOE. No podrán prestar sus títulos los fondos de pensiones, dado que no están incluidos en la orden.

El préstamo de valores permite operar a la baja a los inversores: piden prestada una acción o un bono y lo venden en el mercado con la expectativa de que baje de precio y lo puedan volver a comprar más barato. Una vez lo tienen de nuevo en sus manos, se lo devuelven al fondo, que se embolsa el tipo de interés pactado. También se utiliza para ceder a terceros el cobro de dividendos. Ambas operaciones son moneda habitual en los mercados financieros europeos, pero la normativa llevaba más de década y media estancada en España, pues su aprobación estaba pendiente cuando estalló la crisis financiera, periodo en el que la operativa de los inversores bajistas castigó con especial virulencia la deuda pública y las cotizaciones del sector bancario. La moción de censura contra el Gobierno de Mariano Rajoy tumbó la iniciativa de nuevo en 2018.

El proyecto incluye salvaguardas para proteger a los partícipes de los fondos de inversión. En concreto, las gestoras de fondos tendrán acceso inmediato a los valores prestados. “Las operaciones de préstamo de valores podrán quedar sin efecto en cualquier momento a petición de la institución o de su sociedad gestora, de modo que las cláusulas contractuales de cada operación deberán permitir en todo momento su liquidación”, indica el texto. Ello impide que los valores en préstamo coarten la capacidad de los gestores para rotar su cartera, en particular si los valores prestados bajan de cotización. Con todo, hay varias fórmulas alternativas (opciones, futuros, swaps...) para apostar a la baja contra un valor. Además, el volumen de los valores prestados no puede comprometer la capacidad de las gestoras de atender los reembolsos.

El texto también exige que los prestatarios han de contar con una solvencia suficiente para atender el cumplimiento de las obligaciones, y depositar garantías financieras para cubrir las operaciones. Estas garantías deben ser, además, superiores al valor de mercado de los valores en préstamo, y deben constituirse en una de las categorías de activos especificadas por la normativa, o las que admita posteriormente la CNMV. Los fondos también estarán obligados a informar en sus folletos de su política respecto al préstamo de valores. La CNMV también será la responsable de supervisar las políticas de diversificación de riesgos, que en este tipo de operaciones suelen consistir en limitar tanto el volumen total de activos en préstamo como la exposición a un determinado prestatario.

La asociación de los fondos de inversión, Inverco, considera que más del 60% de las carteras de las instituciones de inversión españolas sería susceptible de cesión en préstamo, y en su día calculó que la rentabilidad que obtendrán las carteras por el préstamo de los activos en 10,14 puntos básicos (0,1014 puntos porcentuales) para los de renta variable española y en 1,40 puntos básicos (0,014%) para la deuda pública española. En algunos casos, los intereses del préstamo de acciones poco líquidas puede alcanzar los tres dígitos, dado que las posibilidades de invertir a la baja son más escasas que con los blue chips.

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