La CNMV impone la primera multa a una plataforma de criptos por no informar de los riesgos en su publicidad
El regulador sanciona con 30.000 euros a Miolo Desarrollos
Primera multa por incumplir la legislación sobre la publicidad de los criptoactivos. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado las primeras sanciones desde que entró en vigor la normativa que regula la publicidad de criptoactivos en las que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) multa con 30.000 euros a Miolo Desarrollos.
El supervisor del mercado español abrió en noviembre un expediente sancionador contra la empresa por presuntas infracciones en dos campañas masivas realizadas en septiembre y noviembre de 2022 en varios medios de comunicación como La Voz de Galicia y El Mundo. Un expediente que se ha saldado con dos multas de 10.000 euros cada una por sendas infracciones graves tipificadas en la norma 5 de la circular de la CNMV sobre la publicidad sobre criptoactivos, que regula la incorporación de la información y advertencias sobre los riesgos de criptoactivos en las campañas publicitarias masivas.
También ha impuesto otras dos multas de 5.000 euros cada una por sendas infracciones graves tipificadas en la norma 7 de la misma circular, que incluye la exigencia de comunicación previa de las campañas publicitarias masivas. El regulador explica además que en la determinación del importe de las sanciones se ha tenido en cuenta que se trata de una empresa de reciente creación y “se ha considerado como circunstancia atenuante la solidez financiera de la entidad infractora”.
La empresa es dueña de la plataforma Material Bitcoin, dirigida por Uxío Fraga, que comercializa monederos fríos en los que se pueden cargar criptoactivos. Según explicó Fraga en una entrevista en Forbes, “a efectos prácticos Material Bitcoin es como un lingote de oro, aunque mucho más discreto. No tiene electrónica que se quede obsoleta ni se puede estropear”.
Miolo Desarrollos ha renunciado a interponer recurso a estas multas vía administrativa, explica la CNMV, por lo que las sanciones ya son firmes, aunque son susceptibles de revisión por la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, explica el BOE.
La CNMV impulsó en 2022 un cambio legal para tener control sobre los anuncios de las plataformas cripto, según el cual todas aquellas promociones dirigidas a un público potencial superior a las 100.000 personas deben pedir permiso previo e incluir una advertencia explícita en la publicidad advirtiendo de los riesgos de estos activos, incluido el de perder todo el dinero invertido. La norma faculta al supervisor a contar con la potestad de someter a un escrutinio previo cualquier campaña, aunque no sea de una entidad bajo su supervisión directa.
Desde su entrada en vigor, la CNMV ha realizado más de 200 actuaciones, revisado más de 1.300 piezas publicitarias y enviado cerca de 200 requerimientos informativos. El presidente de la CNMV, Rodrigo Buenaventura, explicó en noviembre que aunque “el sector ha respondido satisfactoriamente desde su aprobación (...) es especialmente importante recordar la necesidad de informar a los inversores sobre los riesgos asociados a estos productos, así como seguir los procedimientos de control y supervisión de su publicidad que la circular establece”.
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