China y su modelo de justicia: menos pleitos, más acuerdos. ¿Por qué se litiga poco en el gigante asiático?
España triplica la carga judicial de China, que consigue reducir la litigiosidad gracias a la cultura milenaria de consenso y un sistema mixto de resolución de conflictos

En 2024, los tribunales chinos resolvieron 45,42 millones de casos, según datos del Tribunal Supremo del país. Esta cifra supondría una media aproximada de 354 asuntos por cada uno de los 128.200 jueces en activo en ese momento. Ese mismo año, en España, los 5.785 jueces ejercientes soportaron una carga media de 1.260 casos anuales, de un total de 7.291.024 asuntos resueltos conforme a lo publicado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Es decir, ventilaron 3,5 veces más pleitos.
Aunque la comparación directa exige cautela —por las diferencias en tipología, complejidad de los asuntos y mecanismos alternativos de resolución de conflictos—, el contraste cuantitativo resulta ilustrativo. Considerando la población de ambos países, los pleitos judicializados representarían una media de 0,032 casos por habitante en China, frente a 0,160 en España.
No es un fenómeno reciente. Ya en 2018, los tribunales chinos atendieron cerca de 28 millones de casos, según datos del proyecto Global Access to Justice. Pese a lo abultado de la cifra, el volumen se traduce en una media de apenas 233 asuntos por cada uno de los más de 120.000 jueces en activo. En contraste, los 5.552 jueces españoles cargaban entonces con una media de 1.041 casos al año.
¿Por qué se litiga menos en el gigante asiático? La clave, apuntan los expertos, está, por un lado, en el modelo de resolución de conflictos mixto existente—combina mecanismos judiciales y extrajudiciales— y, por otro, en la huella del confucionismo, una filosofía milenaria que antepone la armonía social a la confrontación pública. El resultado es elocuente: en la tierra de los mandarines se prefiere un arreglo a un pleito. Una cultura de acuerdo que bien puede servir de referente ahora que España ha incorporado la obligación de intentar un acuerdo negociado antes de acudir a los tribunales civiles.
“El sistema de resolución de conflictos en China es un modelo híbrido que combina mecanismos judiciales y extrajudiciales, fuertemente influenciado por valores culturales, directrices políticas y reformas institucionales”, explica Álvaro de Luis, socio director de Net Craman Asia, una de las tres firmas españolas con licencia para operar en el país. El abogado lo conoce bien, durante más de una década ha vivido y ejercido en distintas ciudades chinas, la última Hong Kong. Como extranjero en China, De Luis se enfrentó a barreras lingüísticas y terminológicas, diferencias culturales y al desconocimiento inicial de la estructura judicial nacional. Para trabajar en el país de los dragones, reconoce, “es indispensable estudiar derecho chino y mantenerse actualizado”. El abogado recomienda cambiar el chip y pasar de un enfoque legalista a otro “más pragmático y negociador”.
El sistema judicial chino funciona muchas veces como el último recurso. “Aunque los tribunales desempeñan un papel clave y formal en la resolución de disputas, existe una clara orientación del Estado hacia métodos no contenciosos, como la mediación o el arbitraje”, corrobora De Luis. A menudo, agrega, son los propios jueces quienes derivan los conflictos hacia esos métodos antes del fallo.
“Sí, en China existe una clara tendencia a evitar el litigio judicial, especialmente entre empresas”, coincide Helena Xia, presidenta de la Asociación China de Derecho en España (ACDspain) y letrada en Aránguez Abogados. Para Xia, esta preferencia se debe a una combinación de factores culturales, legales y estratégicos. “Litigar públicamente puede percibirse como una pérdida de cara para ambas partes”, sostiene. En la cultura china, “perder cara” alude a la pérdida del respeto social ante los ojos de los demás. No humillar al adversario puede ser también una buena estrategia: “resolver un conflicto de forma amigable suele ser más rápido y menos costoso y arriesgado. Por ello, incluso grandes empresas multinacionales en China optan por negociar primero antes de acudir a los tribunales”, explica la abogada.
Cultura y propósito
La filosofía del acuerdo reina también entre los particulares, “especialmente en los conflictos familiares, las disputas entre vecinos o las relaciones comerciales”, cuenta Jingfu Xu, socio de Grandall Madrid y director del Shanghai Commercial Mediation Center (Centro de Mediación Comercial de Shanghái) en la capital española. Xu sostiene que el pensamiento confuciano sigue vigente: “para los empresarios chinos, el litigio es una medida punitiva destinada a castigar a los infractores, y no a los socios comerciales con opiniones diferentes”, explica.
Aunque la razón cultural influya, para Chloè Huang, senior legal advisor de Net Craman Asia, la menor litigiosidad es el reflejo de “cómo está estructurado el sistema legal chino”. Según explica, ofrece un marco flexible que permite resolver las disputas a través de la mediación —también llevada a cabo por un juez— o arbitraje y “contribuye a ahorrar recursos judiciales”. La letrada puntúa con un 7 sobre 10 este marco: “Como cualquier sistema judicial, tiene sus fortalezas y sus desafíos. Uno de los principales retos es la distribución desigual de recursos entre las diferentes regiones, especialmente entre los tribunales urbanos y los de zonas rurales o de condado”, opina.
La vía judicial única para una nación tan superpoblada (1.400 millones de habitantes), coincide Jingfu Xu, “sería imposible, pues la carga de trabajo para los juzgados y tribunales chinos resultaría insostenible”. De ahí la apuesta por la solución privada. La propia Ley de Enjuiciamiento Civil china, apunta el abogado, establece “claramente” que los tribunales populares —nombre que reciben los órganos jurisdiccionales— “deben resolver los casos civiles mediante la mediación, basándose en los principios de voluntariedad y legalidad”. Solo si esta no da resultado, puntualiza la norma, “se dictará sentencia sin demora”. Es decir, subraya el abogado, “los métodos alternativos de resolución de conflictos son tan comunes en China que se aplican o deben aplicarse en casi todos los procedimientos civiles y a lo largo de todo el proceso”.
Helena Xia defiende que el sistema judicial ha avanzado significativamente en las últimas décadas, “especialmente en eficiencia procesal, digitalización, estandarización de criterios y mecanismos alternativos de resolución de conflictos”. Sin embargo, reconoce que se enfrenta a “preocupaciones en torno a la independencia judicial y la transparencia en casos sensibles”.

Estrategia y arbitraje
Las limitaciones y desafíos estructurales reman a favor de los canales alternativos. “La falta de recursos, la desigualdad en la calidad judicial entre regiones y cierto margen de interferencia local contribuyen a que muchos ciudadanos y empresas los prefieran”, señala Álvaro de Luis. El abogado destaca las ventajas del arbitraje “especialmente en disputas internacionales”. Uno de sus puntos fuertes es la flexibilidad, que permite a las partes diseñar el proceso a su medida, así como elegir los árbitros —expertos en la materia— y el idioma —los juicios suelen ser en chino—. De hecho, el último informe de la prestigiosa Universidad Queen Mary de Londres, aupa las capitales asiáticas —entre ellas, Pekín, Shenzhen y Shanghái— como las que mas han crecido en términos de litigios arbitrales.
El historial de cumplimiento de los laudos arbitrales en China es bueno. “El poder judicial generalmente apoya y reconoce la validez de las decisiones arbitrales”, confirma Álvaro de Luis. No obstante, aclara, “se reserva cierta facultad de revisión judicial para garantizar la imparcialidad y legalidad del arbitraje”.
“Para una empresa extranjera que opera en China, el arbitraje no es solo una opción, es una necesidad”, sostiene Luis Fernando Rodríguez, socio director de Wonders & Co, un bufete dedicado en exclusiva al arbitraje internacional. Los laudos arbitrales, argumenta, no están sujetos “a influencias políticas o económicas” y son ejecutables en “prácticamente cualquier país del mundo”, lo que compensa “con creces” la inversión.
Rodríguez recuerda con orgullo el éxito que logró representando a “una de las mayores aseguradoras españolas” contra un gigante farmacéutico de Wuhan en un complejo arbitraje administrado por CIETAC (Comisión de Arbitraje Comercial y Económico Internacional de China, por sus siglas en inglés), la principal institución arbitral del país. “El caso giraba en torno a una tecnología pionera de diagnóstico de enfermedades mediante inteligencia artificial que nuestro cliente le había vendido”, cuenta. El reto era mayúsculo: el arbitraje se desarrollaba en Pekín, con un tribunal mayormente chino, y la contraparte “contaba con la defensa de uno de los despachos más influyentes en China”. “Logramos una victoria contundente”, rememora satisfecho.
Los letrados que trabajan en China deben zambullirse en la lógica operativa del país. Un reto recurrente, apunta Luis Fernando Rodríguez, es “la tendencia de algunos abogados locales a importar prácticas del proceso civil chino al arbitraje internacional”. Rodríguez pone de ejemplo otro caso en el que la contraparte “insistió vehementemente en que el idioma fuera el chino mandarín, a pesar de que toda la negociación y el contrato se habían realizado en inglés. Afortunadamente, CIETAC desestimó esta pretensión”, cuenta.
La complejidad del gigante asiático
Datos básicos. La República Popular de China (su nombre oficial es Zhonghua Renmin Gongheguo) contaba 31 de diciembre de 2023 con una población de 1.409.670.000 de habitantes, cuya esperanza de vida es de 79 años (datos de 2022). China tiene 56 grupos étnicos, de los cuales el predominante es el han. El idioma oficial es el chino mandarín, aunque hay seis lenguas principales. Las religiones tradicionales son el taoísmo y budismo (la más numerosa); el confucianismo es un sistema de conducta con enorme influencia en la historia del país. Todos son datos de la Oficina de Información Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Economía. El PIB per cápita de China en 2024 era de 12.175,2 dólares estadounidenses. El IPC es del 0,42% y la tasa de desempleo del 5,1%, que España dobla en el segundo trimestre de 2025 (10.29%, según el INE). La Unión Europea fue el principal proveedor comercial del gigante asiático, con una tasa del 10,5%.
División administrativa. China se divide en 23 provincias, cinco regiones autónomas (Tíbet, Xinjiang, Guanxi, Ningxia y Mongolia Interior) y cuatro municipalidades organizadas directamente bajo el Gobierno Central (Beijing, Shanghai, Chongqing, Tianjin), además de dos regiones administrativas especiales (Hong Kong, Macao). La estructura del Estado viene articulada en torno a la Asamblea Popular Nacional, la Presidencia del Estado, el Consejo de Estado (que configuraría el gobierno), la Comisión Militar Central y el Tribunal Popular Supremo.
Sistema judicial. Según informa la página del proyecto Global Access to Justice, el sistema judicial chino se divide en cuatro niveles, desde el Tribunal Popular Supremo, el Tribunal Popular Superior, el Tribunal Popular Intermedio hasta el Tribunal Popular Básico (también conocido como Tribunal Popular Primario o Tribunal Popular de Base). Existen varios tribunales especializados, como el Tribunal Marítimo, el Tribunal de Propiedad Intelectual y el Tribunal Militar. En los últimos años, han surgido otros, como el Tribunal de Internet y el Tribunal Financiero. Los jueces de los tribunales (unos 120.000) son nombrados y destituidos por las asambleas populares del mismo nivel. El presidente del Tribunal Popular Supremo lo elige la Asamblea Popular Nacional.

