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En colaboración conLa Ley

Obligados a negociar, balance de un mes de MASC

La mayoría de los juzgados no han empezado a lidiar con las demandas que han pasado por un acuerdo previo; se prevé una demora de hasta cuatro meses para los asuntos de familia

Fachada de un juzgado de Plaza Castilla (Madrid)

Que la nueva obligación de negociar antes de pleitear no suponga una cortapisa al acceso a la justicia ni una rendija por donde se cuelen nuevas desigualdades. Esa es la advertencia que lanzan abogados, procuradores y otros operadores jurídicos al cumplirse un mes de la entrada en vigor de la última gran reforma procesal que exige acreditar un intento real de resolución extrajudicial del conflicto —a través de los llamados medios adecuados de solución de controversias o MASC— como requisito previo a presentar una demanda civil o mercantil.

CincoDías ha recogido las primeras impresiones de los profesionales del derecho ante este profundo giro en la forma de abordar los conflictos, en la que la que mediación, conciliación o negociación, entre otras soluciones amistosas, se convierten en estaciones obligatorias antes de llegar a los tribunales. La medida, concebida para aliviar la carga judicial y fomentar la cultura del acuerdo, empieza sin embargo a generar recelos sobre su eficacia y aplicación práctica.

Juzgados

De momento, en los juzgados reina la calma chicha. La mayoría aún no ha comenzado a lidiar con demandas sujetas al nuevo requisito procesal. El motivo: el reparto va con retraso — una demora estructural y desigual según el partido judicial, agravada además por la avalancha de escritos presentados para esquivar la medida— y todavía no han llegado a los órganos judiciales las demandas registradas en los decanatos desde el pasado 3 de abril, fecha de entrada en vigor de la reforma incorporada en la llamada ley de eficiencia (Ley Orgánica 2/20025).

Los tiempos de admisión o inadmisión de las demandas “dependen de la celeridad de la oficina de reparto de cada partido judicial”, a lo que hay que sumar los plazos necesarios para resolver, explica Adrián Gómez, letrado de la Administración de Justicia. En su juzgado, asegura, “el reparto de demandas posteriores al 3 de abril es inminente”. Según Gómez, en esta fase inicial se ha registrado un previsible descenso en la entrada de asuntos, ya que muchas partes aún se encuentran inmersas en el proceso de negociación extrajudicial, que requiere, como mínimo, un mes de plazo. Una percepción que comparte el procurador Nöel de Dorremochea: “Desde la entrada en vigor de los MASC, la presentación de demandas en vía civil se ha hundido”.

En los juzgados de familia de Madrid el retraso supera el mes. “Lo que estamos tramitando corresponde a asuntos previos a la reforma”, explica una funcionaria. “Es probable que no veamos demandas posteriores a la reforma hasta finales de julio o ya para septiembre”, prevé, aunque aclara que sí están tramitando los procedimientos urgentes que, en su mayoría, están exentos del nuevo requisito.

No obstante, ya han empezado a aflorar las primeras incidencias. En algunos casos, incluso, se inadmitido de plano algún escrito por “ausencia total y absoluta” de medios adecuados de solución de controversias, según relata Álvaro Perea, letrado de la Administración de Justicia en el Juzgado de Primera Instancia 1 de Fuenlabrada (Madrid). “La ley es clara y tiene que cumplirse”, subraya.

En todo caso, Gómez señala que la casuística a nivel nacional es variada. Se han detectado demandas presentadas sin cumplir el nuevo requisito, intentos de negociación sin acreditar la recepción de la propuesta o con notificaciones defectuosas, y casos con cumplimiento aparente, pero sin respaldo documental adecuado. Estas deficiencias, explica, han llevado a resoluciones de inadmisión y a requerimientos de subsanación documental en una “en proporción no desdeñable”.

Caos interpretativo

Uno de los principales escollos que denuncian los profesionales es la disparidad de criterios con los que los juzgados están interpretando la acreditación del intento de solución extrajudicial del conflicto. ¿Cuántos correos bastan para acreditar un esfuerzo real de contacto con la contraparte? La falta de una pauta común ha convertido la aplicación del nuevo requisito procesal en un auténtico rompecabezas y trae incertidumbre. La aprobación de acuerdos para unificar criterios, advierte Álvaro Perea, “está generando una deslegalización de todo lo que tiene que ver con los MASC, perjudicando la seguridad jurídica y la certidumbre en el acceso a la jurisdicción por parte de ciudadanos y empresas”. Para el letrado debería ser el Tribunal Supremo quien disipara las dudas, y no el Consejo General del Poder Judicial, que “carece de competencia jurisdiccional”.

“Hay ejemplos de escritos devueltos por entenderse insuficiente la documentación justificativa”, afirma Alberto García Barrenechea, decano del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid (IPCM) y secretario del Consejo General de Procuradores de España (CGPE). Una casuística que genera “inseguridad tanto en los procuradores como en los ciudadanos” y que “añade mayor carga de trabajo a los profesionales”, concluye Barrenechea. Desde la procura, señala, “reclamamos un mayor acompañamiento normativo y técnico para que los procuradores podamos desempeñar nuestro papel facilitador en un entorno de seguridad jurídica”

La dispersión de criterios “no tiene ningún sentido y supone un perjuicio a la ciudadanía. Nos encontramos con interpretaciones absolutamente dispares en distintos territorios”, denuncia Salvador González, presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGAE). La Abogacía lleva tiempo reclamando al ministerio y al Poder Judicial unas reglas uniformes, pero, hasta que estas no lleguen “es necesario que los operadores hagan una interpretación razonable y razonada del requisito de procedibilidad” para que la ley “no se convierta en una cortapisa al acceso a la justicia”.

González considera urgente la puesta en marcha de la comisión de calidad prevista en la ley “para observar estrechamente la evolución de la estadística judicial en los próximos meses y los problemas que puedan surgir”. Con esa base de análisis, añade el presidente del Consejo General de la Abogacía, podría abrirse la puerta a eventuales ajustes normativos.

Los medios que triunfan

Para los despachos de abogados no hay nada nuevo bajo el sol. Muchos bufetes ya intentaban llegar a un acuerdo antes de la entrada en vigor de la ley de eficiencia. La única novedad para ellos es que ahora es obligatorio acreditarlo antes de llevar el caso a los tribunales.

Lener, despacho que lleva asuntos civiles, ya ha gestionado demandas bajo el calor de la nueva normativa. Noa Rodríguez Fernández, socia del área procesal de la firma detalla que han recurrido a la conciliación notarial, la oferta vinculante y la negociación directa. La abogada explica que el bufete se está esforzando en hacer pedagogía con los clientes y que optan por el medio que mejor se adapte en cada caso. “Para cuestiones técnicas, posiblemente nos decantemos por la opinión de un experto independiente; para desacuerdos económicos, quizá sea más recomendable una conciliación o mediación”, ejemplifica.

Vestalia, un bufete especializado en familia, ha puesto en marcha un protocolo basado en los requisitos de la ley y con el que han iniciado negociaciones extrajudiciales en más de una decena de nuevos asuntos. Delia Rodríguez, su fundadora, reconoce que el método empleado en la mayoría de los casos ha sido la negociación extrajudicial entre los propios letrados que representan a las partes “a través de burofax, correo certificado con acuse, requerimiento notarial o bien por correo electrónico si hay uso reiterado o acuerdo previo”. El acuerdo entre abogados es el método en el que más confían, pero, apunta Rodríguez, en determinados casos “la mediación también puede llegar a ser una solución óptima”. Eso sí, siempre que haya buena voluntad entre las partes, un escenario que, a veces, “es una utopía”, señala la abogada.

Juan Ignacio Navas, socio director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho civil y mercantil, reconoce que, por ahora, los intentos de negociación directa que han impulsado no están dando frutos. Una percepción que, asegura, comparten otros colegas del sector. A su juicio, la mediación difícilmente prosperará porque alarga los plazos y resulta poco atractiva para quien ya intuye que no obtendrá satisfacción. Aunque no han tenido incidencias, Navas lanza una crítica tajante: “Solo está sirviendo para retrasar la justicia para el interesado”.

Sin embargo, en la firma de procuradores Dorremochea Guiot la mediación se ha convertido en la vía preferente. Nöel de Dorremochea, codirector del despacho junto a su hermana y también mediador, la considera un mecanismo “rápido y económico”. “Estamos derivando los casos al Instituto de Mediación del ICPM”, señala. El burofax se utiliza cuando tienen constancia de que la parte contraria no está dispuesta a negociar. La conciliación, advierte Dorremochea, “puede dilatarse en el tiempo si se acude al juzgado”.

Precisamente, la conciliación ante el letrado judicial apuntaba a ser la gran protagonista por su gratuidad, pero no ha colmado las expectativas que se esperaba. Al menos en el decanato de Fuenlabrada, donde la agenda está lejos de saturarse. Desde la entrada en vigor de la reforma, solo se han registrado 12 peticiones de expediente de conciliación. Este dato, apunta el letrado de la Administración de Justicia, Álvaro Perea, confirma lo que ya se intuía: las partes y sus abogados están optando por otros medios adecuados que, en principio, resultan más ágiles, como, por ejemplo, “la oferta vinculante confidencial o las negociaciones directas”.

La mediación refuerza su papel 

El Centro de Gestión de Conflictos del Colegio de la Abogacía de Madrid (Media-ICAM), en activo desde 2012, ha ampliado su actividad con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Esta norma introduce la obligatoriedad de acreditar un intento real de solución extrajudicial antes de acudir a juicio, lo que ha impulsado el interés por los medios adecuados de solución de controversias (MASC).

Desde la aprobación de la ley, Media-ICAM ha experimentado un repunte en las solicitudes, especialmente de mediaciones y de conciliaciones privadas, señalan desde el colegio. La tendencia confirma que ciudadanos y profesionales empiezan a familiarizarse con estos mecanismos.  El ICAM ve fundamental "que los profesionales que lleven a cabo los MASC estén colegiados y debidamente registrados, para garantizar a los ciudadanos que quienes intervienen en estos procedimientos cuentan con el conocimiento jurídico y la cualificación profesional necesaria para realizar una mediación con plenas garantías de calidad, rigor y seguridad jurídica". Esta fue la propuesta del colegio en las enmiendas que presentaron a la ley de eficiencia.

En paralelo, el Consejo General de Procuradores destaca un aumento significativo de consultas y de la demanda de formación especializada. Ante el nuevo escenario, los colegios de procuradores han intensificado la oferta formativa con nuevos cursos y jornadas centradas en mediación y conciliación.

El objetivo común es doble: adaptar a los operadores jurídicos a la nueva cultura del acuerdo y consolidar estos mecanismos como vías eficaces, ágiles y menos costosas para la resolución de conflictos.

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