Contratos amañados: ¿el eterno ‘déjà vu’?
La trama Koldo-Ábalos-Cerdán reabre el debate sobre si los mecanismos de control funcionan. Los expertos critican que la ley de contratos públicos está llena de agujeros, pero niegan que la corrupción de funcionarios sea estructural

En 2023, en España se cerraron en torno a 200.000 licitaciones de contratos públicos. En términos de gasto público, supone un total de 107.500 millones de euros, según reflejan fuentes ministeriales (un 7% del PIB). Este dinero se confía en manos privadas para encargos que el Estado no puede asumir, desde tareas tan simples como suministrar tizas a un colegio hasta lo más complejo, como construir autopistas u hospitales. La trama de mordidas y amaños que ha aflorado en el caso Koldo-Ábalos-Cerdán ha reactivado el debate sobre la integridad en la contratación pública. Es una discusión que viene y va con la misma rapidez que florecen los casos de corrupción en la contratación cada cierto tiempo (recordemos el caso 3%, caso Gürtel, caso Malaya…). ¿Funcionan los controles contra el amiguismo y el amaño?
Lo cierto es que, si se analiza el número de denuncias por adjudicaciones públicas amañadas que se realizan en los organismos de control, la cifra es minúscula si se compara con los miles de contratos públicos que se cierran anualmente. Según la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), el organismo dependiente del Ministerio de Hacienda encargado de vigilar con lupa estos procesos, solo se presentaron 221 denuncias de corrupción en las oficinas y agencias antifraudes repartidas por todo el país en 2023, y de estas, solo el 7,24% estaban relacionadas con amaños en contratos públicos.
Hay, no obstante, otros datos que generan inquietud. En lo que llevamos de 2025, el 40% de las licitaciones públicas (18.542 contratos) fueron adjudicadas en concursos con un solo licitador. Este dato preocupa por dos razones: en primer lugar, porque desde un prisma económico una menor concurrencia de competidores lastra la competencia y reduce el poder de negociación del Estado. En segundo término, y desde un enfoque de ética y transparencia, la cifra alimenta la sospecha de dedazos, contratos a medidas o chivatazos.
CincoDías ha preguntado a tres expertos en contratación pública cuáles son los principales agujeros legales por donde puede colarse la corrupción a la hora de adjudicar dinero público y si los mecanismos de vigilancia funcionan. La sensación general es que, a pesar del regusto que dejan en la opinión pública casos como los de Koldo, Ábalos y Santos Cerdán, los controles son efectivos; si bien, coinciden en que hay fisuras legales que permiten ciertas prácticas irregulares, que existen, pero no son la norma.
Entre ellas, las más mencionadas son el fraccionamiento de contratos menores, el uso excesivo de criterios subjetivos en los pliegos de condiciones, la filtración de información privilegiada o la redacción de criterios de licitación casi imposibles de cumplir (diseñados para favorecer a determinados licitadores). “Con carácter general los cortafuegos funcionan”, cree José María Gimeno, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza y director del Observatorio de Contratación Pública, quien defiende que, si bien hay casos muy mediáticos y politizados, bajo su experiencia no se puede hablar de un patrón sistémico y estructural de “corrupción administrativa”. En cualquier caso, agrega, son más comunes los casos de “corrupción política” que los que salpican a los funcionarios.
Por ejemplo, varios factores pueden explicar por qué casi uno de cada dos contratos públicos es adjudicado en procesos de un único solicitante. Aunque Gimeno admite que en algunos casos se cumple la corruptela de diseñar un contrato con la intención de que “solo gane una empresa”, no es posible afirmar que sea la regla general. A veces, solo un puñado de licitantes –incluso uno solo– cuenta con la tecnología necesaria para prestar un servicio; en otras ocasiones, solo una empresa ostenta una patente que es vital –lo que ocurre con frecuencia con los contratos farmacéuticos–.
Además, las empresas cada vez tienen menos interés en luchar por las licitaciones públicas, una batalla que se libra entre los de siempre, porque muchas “desconfían del modelo de contratación”, detecta Gimeno. La excesiva burocracia y la dificultad técnica de los pliegos también desincentiva la concurrencia.
Contratos menores
Hablar de corrupción supone abrir el melón de los contratos menores. Son un tipo de acuerdo exprés que no puede exceder de 40.000 euros para obras ni de 15.000 euros para suministros o servicios, y su particularidad es que se pueden adjudicar sin publicidad ni concurso. Además no pueden durar más de un año y siempre deben estar justificados.
Según OIReScon, en 2024 se firmaron 494.665 contratos menores. Estos acuerdos son muy criticados, por tener la fama de ser un coladero para adjudicar a dedo. No obstante, como apunta Alberto Dorrego de Carlos, presidente de la sección de Derecho Administrativo del ICAM, “el grueso de la corrupción no está en los contratos menores”, a pesar de ser una idea muy extendida. El meollo, defiende el experto, está en las grandes licitaciones, porque judicialmente es difícil detectar pliegos hechos a medida o filtraciones de información previa.
Por ejemplo, para Dorrego una gatera común es diseñar pliegos donde las valoraciones subjetivas, más abiertas, pesen más que las fórmulas matemáticas u objetivas, más ciegas. El abogado también advierte del uso abusivo del argumento de la seguridad nacional para esquivar la obligación de dar publicidad de ciertos contratos. “Se ha llegado a utilizar esta figura para arreglar el tejado de un cuartel de la Guardia Civil”, critica. Dorrego mencionó algunos de estos ejemplos en una charla que dio el pasado jueves en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, donde el socio de Eversheds Sutherland deparó en otro problema: el exceso de burocracia y mecanismos de control, y sostuvo que más oficinas para vigilar los amaños públicos no es sinónimo de un mejor sistema de detención.
Lo cierto es que en España, en los últimos años, han surgido autoridades antifraudes a todos los niveles: locales (Madrid y Barcelona) y autonómicos (Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana, Baleares, Aragón, Navarra o Castilla y León), a lo que se suman la Fiscalía Anticorrupción, la Red Estatal de Oficinas y Agencias Antifraude y el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude. Además de la labor de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, que vigila la existencia de amaños a nivel comunitario, y los tribunales administrativos centrales y autonómicos y la red de juzgados y tribunales, hasta el Tribunal Supremo. Sí, hay organismos de control (muchos), pero “la revisión de documentos y expedientes ex post puede servir para detectar el fraccionamiento de contratos, pero no el amiguismo”, subraya Dorrego.
Tampoco ayuda la maraña normativa. La propia Ley de Contratos del Sector Público es diana de las críticas. Con 347 artículos y más de 50 disposiciones adicionales, hay quien la considera un laberinto e insuficiente para detectar triquiñuelas que, si bien no son éticas, no están expresamente prohibidas. “Cada año se dictan unas 5.000 resoluciones interpretando la ley de contratos”, señala José Manuel Martínez, doctor en derecho, oficial mayor de la Diputación de León y director del Observatorio de Contratación Pública del Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local. Ello da da cuenta de su complejidad y de sus lagunas legales. Por ejemplo, para Martínez un problema es que la ley incluye mecanismos de control que, a pesar de existir, no tienen carácter obligatorio, es decir, son las propias oficinas públicas las que deciden si aplicarlos o no. “Existen medidas”, resume el experto, pero “no hay control de que efectivamente se cumplen”.
Sanciones
Desde 2015, cabe la posibilidad de sancionar a las empresas que sean condenadas por participar en contratos públicos amañados, por corromper a funcionarios o a políticos o por incumplir un contrato ya adjudicado con la prohibición de contratar con la Administración pública. Sin embargo, la estadística refleja que se trata de un arma infrautilizada por el Ministerio de Hacienda. Para hacerse una idea, en 2023 se inscribió la prohibición para contratar relativa a un total de 104 personas físicas y jurídicas, según el último informe de OIReScon. La cifra es microscópica si se compara con los 680.000 contratos públicos que se cerraron en el mismo periodo.
Cifras de la contratación pública
Datos. En 2025, las licitaciones registradas en las plataformas de contratación en el primer trimestre ascendieron a 26.755,5 millones de euros, con un considerable aumento del 16,78% respecto al primer trimestre del año anterior, según las últimas cifras de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación.
Mayor licitador. Por tipo de Administración, las autonomías fueron las que más dinero público licitaron: 9.634 millones de euros adjudicados, con un notable incremento del 25% respecto al primer trimestre del año anterior. La necesidad de contratación de emergencia por la dana explica el aumento del gasto, apostilla el informe.
Entes locales. Las localidades también han incrementado el número de licitaciones. En lo que llevamos de año, ayuntamientos y municipios dispararon el nivel de contratación externa, con un gasto de 9.333 millones, muy similar a la marca de las autonomías. Es un récord para el primer trimestre de los últimos cuatro años; para hacerse una idea, en 2024 la cifra para el mismo periodo fue de 7.430 millones.
Estado. Vuelve a ser el sector que menos dinero saca a licitación: 7.789 millones de euros en contratos públicos.
Licitadores. El número medio de licitadores en el primer trimestre de 2025 fue de 2,90 licitadores de media por licitación.
Percepción. La Comisión Europea ya ha expresado, en sucesivos informes sobre la percepción de la corrupción en España, su preocupación por el florecimiento de casos de corrupción en la contratación pública, en especial en lo referente a la licitación de construcción de grandes infraestructuras, donde ubica una de las gateras para desviar dinero público.
Legislación. La Ley de Contratos del Sector Público, reformada en 2017 y que incluyó la prohibición de contratar, fue el resultado de la transposición de tres directivas europeas emitidas en 2014. Actualmente, la Comisión trabaja en una nueva reforma para terminar de perfilar una normativa que se ha demostrado insuficiente para atajar el amiguismo y los amaños, en España y en la Unión Europea.