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En colaboración conLa Ley

Una funda dental para dormir bien protagoniza el primer éxito español en el Tribunal Unificado de Patentes

La malagueña OrthoApnea vence a un particular belga que le reclamaba 50.000 euros por vulnerar una patente europea: el tribunal concluye que los dispositivos en disputa no son iguales

Patient visiting dentist

Un aparato dental contra la apnea del sueño y los ronquidos, un ciudadano belga enfadado, una empresa malagueña de ortodoncia y demandas que viajan 2.400 kilómetros. Estos son los ingredientes del litigio internacional que se ha saldado con la primera victoria de un español frente al Tribunal Unificado de Patentes (TUP). El fallo, al que ha tenido acceso CincoDías, ha dado la razón a un pequeño negocio andaluz, que fue demandado por un ciudadano belga por fabricar y vender una funda dental que, según la versión del demandante, ya estaba patentada. La victoria de la mercantil española es provisional, pues existe un recurso pendiente de revisión en Luxemburgo, según afirman fuentes conocedoras del caso.

El rifirrafe involucra, por un lado, a OrthoApnea S. L., una sociedad malagueña de ingenieros dedicada al diseño de aparatos intraorales para respirar por la noche y acabar con problemas como el bruxismo (rechinar de dientes) y la apnea del sueño. La sociedad opera en varios países, entre ellos España y Bélgica.

En la otra trinchera está el demandante, un particular llamado Jef Nelissen. Fuentes expertas señalan la posibilidad de que este ciudadano sea, en realidad, un hombre de paja para esconder la identidad de la mercantil que demanda, algo que no es extraño en este tipo de litigios.

De una forma u otra, este particular defendía que el dispositivo intraoral que vendía la mercantil andaluza era, en realidad, su invención. Existía una patente europea que lo protegía, y por este motivo exigía ser indemnizado.

La funda dental en cuestión, la que comercia OrthoApnea, cuenta con un mecanismo para ajustar las mandíbulas de forma que la lengua no obstruya las vías respiratorias y permita el paso del aire. En su demanda, presentada en octubre de 2023, Nelissen quería que fuesen retirados del mercado belga todas las unidades de este producto por ser idénticas y cumplir la misma función que la funda que él patentó. También exigía que todas las existencias de almacén fuesen destruidas, el pago de una compensación de 50.000 euros y publicar el fallo en las webs de la empresa.

El fallo

Pero la balanza se inclina a favor del ortodoncista español. Los magistrados del TUP concluyen que el producto comercializado tiene una función similar, pero no infringe, ni literalmente ni por equivalencia, la patente del ortodoncista belga.

Por contra, los magistrados creen que hay claras diferencias técnicas entre ambos dispositivos, por ejemplo, mientras que la invención belga incluye un tope que impide el cierre de la boca del paciente, el dispositivo español es personalizable y permite más libertad de movimiento de las mandíbulas. Es por ello que son invenciones dispares, concluye el tribunal.

El Tribunal Unificado de Patentes (TUP) arrancó su actividad en 2023. Es el organismo encargado de resolver los conflictos en torno a ciertas patentes europeas y las patentes unitarias. Estas últimas son una suerte de pasaporte que permite proteger una invención en muchos países, con un solo trámite; mientras que la patente europea convencional implica más papeleo, pues requiere ser revalidada país por país.

Bélgica firmó el tratado para entrar en la jurisdicción del TUP, mientras que España se negó por una polémica por el idioma español. Pero que nuestro país no sea miembro del TUP no significa que un español no pueda ser demandado; de hecho, es posible si hace negocios en uno de los 18 países que firmaron el tratado.

“Hasta la fecha, el TUP ha conocido cinco casos con empresas españolas involucradas”, explica Enric Carbonell, socio de ABG Intellectual Property en Barcelona. Y este “es el primero en el que una empresa española recibe una resolución favorable”. La semana pasada, el experto compartió este caso, que no había trascendido en la prensa especializada hasta ahora, en un seminario con otros especialistas en patentes.

“El asunto resulta relevante para saber más sobre la doctrina de equivalentes que está aplicando el Tribunal Unificado de Patentes”, explica Carbonell. Las infracciones por equivalentes se dan “cuando el producto infractor no es exactamente igual” pero “hace lo mismo de forma parecida, es decir, que hay ligeras modificaciones”.

Los detalles clave del litigio

Tribunal. El caso ha sido resuelto por la División Local de Bruselas del Tribunal Unificado de Patentes (TUP). Está pendiente de revisión en Luxemburgo.

Partes. El litigio involucra a tres protagonistas: por un lado, la parte demandante, un ciudadano belga llamado Jef Nelissen; por el otro los demandados son OrthoApnea S. L., una empresa malagueña especializada en fabricación y distribución de ingeniería bucal, y Vivisol B BV, una sociedad que colabora y distribuye el dispositivo en Bélgica. 

Objeto. El ojo del huracán se sitúa en el dispositivo NOA, una funda intrabucal que impide el movimiento de las mandíbulas durante la noche y permite el paso del aire mientras se duerme, para evitar problemas de apneas, bruxismo y ronquidos. Es fabricado y distribuido por OrthoApnea .

Patente. Según el escrito de demanda, el  dispositivo NOA vulnera una patente europea en manos de Jef Nelissen, homologada en Bélgica, Alemania, Francia, Luxemburgo y los Países Bajos. Esta patente, según su descripción, protege un dispositivo intraoral contra problemas respiratorios nocturnos.

Resultado. El TUP concluye que NOA no infringe la patente del titular belga ni literalmente ni por equivalencia. El demandante fue condenado a pagar las costas judiciales, pero esta cuestión pero está pendiente de revisión.

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