Lío con Totoro: la UE anula la marca de complementos de vestir de Ghibli por la oposición de una firma de moda italiana
La autoridad europea, con sede en Alicante, ha concluido que el signo vulnera los derechos de otra empresa que vende bolsos, zapatos y sombreros
El conocido personaje de dibujos Totoro, del estudio de animación japones Ghibli, sello de aclamadas películas como El Viaje de Chihiro o El Castillo Ambulante, ha protagonizado un llamativo conflicto mercantil en las altas instancias europeas: la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO, por sus siglas en inglés) ha anulado el registro de una marca compuesta por los términos Studio Ghibli más la ilustración de uno de sus personajes animados más conocidos: Totoro. La decisión solo afecta al mercado de complementos de moda como bolsos, guantes, cinturones, zapatos o sombreros, pero no a otros artículos como camisetas, pantalones o paraguas.
La decisión ha llegado después de que una marca italiana de moda, Ghibli S. R. L, con sede en Florencia, presentase su oposición al registro de la marca nipona. Más al detalle, la comercializadora florenciana alegó que la convivencia con la marca japonesa, ambas con el término Ghibli, estaba creando confusión entre los consumidores en este tipo de productos.
En una reciente decisión, de 19 de septiembre, la EUIPO ha admitido que la marca japonesa, registrada en 2020, fue autorizada ignorando el registro previo de la firma italiana. En concreto, el conflicto se da en dos nichos de bienes y servicios: la venta de bolsos y complementos (la clase 18, según la normativa comunitaria) y la de ropa (la clase 25).
El estudio de animación nipón, fundado por Hayao Miyazaki e Isao Takahata, registró en 2020 la marca figurativa Studio Ghibli acompañada del dibujo de Totoro –descrito como una suerte de “gato” o “conejo” por la EUIPO–, más unos caracteres japoneses –kajis–. El símbolo fue autorizado para operar en un total de 14 tipos de bienes y servicios en el territorio Unión. En concreto, para productos como videojuegos, ropa de cama, artilugios de cocina, artículos de papelería, juguetes, mosquiteras, cortinas, abrebotellas o llaveros; también, y aquí radica el conflicto, para productos textiles y bolsos.
Conflicto
A los pocos meses, Ghibli (Florencia) presentó una reclamación formal ante la EUIPO, al entender que ellos ya vendían productos como bolsos, mochilas, guantes o cinturones con la misma denominación y en el mismo territorio. La marca nipona, en definitiva, debía ser anulada, porque vulneraba un derecho anterior y creaba un riesgo de confusión entre los compradores, que podrían desconocer el origen empresarial de los productos en sus manos.
Cuatro años después, la EUIPO esgrime varias razones para dar la razón a los italianos e ir en contra de la postura de la factoría que ha dado a luz largometrajes como Mi Vecino Totoro (1988), La princesa Mononoke (1997) o la última ganadora del Óscar a mejor película de animación, El Chico y la Garza. En primer lugar, la oficina se resiste a afirmar que el carismático personaje Totoro o la denominación Ghibli sean conceptos per se reconocibles en el imaginario de la mayoría de los compradores en la Unión en este nicho, es decir, le niega un carácter distintivo.
La oficina recuerda que, en este tipo de procedimientos, sus conclusiones deben limitarse a lo que define como “hechos notorios”. Por lo que, ante la falta de pruebas por parte de la empresa nipona, la oficina concluye que el grado de distintividad del dibujo de Totoro es meramente “normal”.
“Es altamente relevante”, analiza Carmen Amor, abogada asociada de Baylos IP, “que cuando una parte alega notoriedad de su marca o algún elemento de la misma, ésta deba aportar prueba suficiente que apoye sus alegaciones”. En este sentido, la experta remarca que en el caso de Totoro “el examen de oficio que realiza la EUIPO únicamente se limita a hechos notorios, es decir, hechos que pueden ser conocidos por cualquier persona a través de fuentes generalmente accesibles”.
Además, la EUIPO recuerda que, en aquellas marcas donde se mezclan elementos descriptivos (palabras) y figurativos (dibujos), los primeros son recordados con más facilidad por el consumidor que los segundos. Este argumento lleva a la EUIPO a concluir que la ilustración de Totoro no es distintiva, ni tiene el peso suficiente como para que un comprador identifique que un producto proviene, sin lugar a duda, de la empresa nipona (y no de la italiana).
Lo que importa es la denominación. Y la realidad es que ambas empresas utilizan términos idénticos: Ghibli. Por lo que para las autoridades comunitarias el riesgo de confusión para los consumidores es evidente. Por tanto la marca de la empresa que llegó más tarde al mercado, en este caso el estudio japonés, debe ser anulada, al menos en los productos que haya similitud o coincidencia, concluye la oficina pública.
Ahora, el Studio Ghibli, desde finales de 2023 en propiedad de la cadena Nippon TV, tiene dos meses para recurrir esta decisión.