La PSD3 ya está aquí: del ‘open banking’ al ‘open finance’
Reemplazará la actual directiva de servicios de pago e implantará un nuevo marco normativo bajo los criterios de transparencia y protección de datos
El pasado 28 de junio de 2023, fue publicada la nueva Propuesta de Directiva de servicios de pago y dinero electrónico, la que ya se conoce como PSD3, y que modificará la actual directiva en materia de servicios de pagos, (PSD2). Entre otras importantes novedades, nos acerca más al fenómeno open finance (finanzas abiertas)
El open finance amplía los límites del open banking (banca abierta) que hemos vivido en los últimos años. Esta última figura ha permitido a terceros proveedores de servicios de pago, es decir, entes ajenos a las grandes entidades bancarias, el acceso al ecosistema regulado por el Banco de España. Estos terceros son conocidos como proveedores de iniciación de pagos y de servicios de información sobre cuentas (PISP y AISP, por sus siglas en inglés) y su desarrollo real en la industria financiera aún está por explotar en su totalidad.
En palabras de la Comisión Europea, los servicios de pago han evolucionado en los últimos años debido al auge de los pagos electrónicos y la entrada de nuevos actores en el mercado popularmente conocidos como fintechs. Sin embargo, la realidad va por delante de la normativa y era más que necesario dar un paso más innovador en la regulación, extendiendo aún más los preceptos incluidos en la norma actual, dando así paso a la PSD3.
La PSD3 trae consigo mejoras en el ecosistema de pagos endureciendo entre otras cuestiones la posibilidad de los bancos de rechazar la apertura de cuentas a estos new players en el mercado, que, hasta el momento, venía siendo una práctica muy habitual. Además, busca reforzar la confianza depositada en este ecosistema, así como la protección de los usuarios mediante mejoras en las medidas de autenticación reforzada de los clientes. Por ejemplo, los ahora iniciadores de pagos y los agregadores tendrán que aplicar sus propias medidas de autenticación reforzada, una vez realizado el primer acceso a los datos de la entidad bancaria, lo que supone un esfuerzo muy importante para estos players.
Entre otras novedades, se aúnan los regímenes de concesión de licencias de las entidades de pago y las entidades de dinero electrónico, que resultará en una mayor harmonización entre los criterios y las disposiciones normativas nacionales de los distintos Estados Miembros. Además, si la versión final de la PSD3 se mantiene como se espera, todas las Entidades de Dinero Electrónico y las entidades pago existentes tendrán que pedir una nueva licencia actualizada ala nueva normativa, lo que supondrá, aunque se dé un periodo en principio razonable de 24 meses para su consecución, un atasco considerable para los supervisores.
La PSD3 entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, si bien su aplicación no será exigible hasta los 18 meses posteriores a su entrada en vigor. Como siempre, si se da un período de tiempo tan largo para su entrada en vigor, será necesario mucho trabajo para adaptarnos a ella. PSD2 fue todo un hito en el mercado de los pagos, PSD3 será igual de importante.
Sin duda, el sector de los pagos está revolucionando la industria tradicional financiera. Sin embargo, aún queda mucho por hacer y tendremos que estar atentos a esta nueva participación de terceros actores en la era digital del mundo de los pagos, así como a la adecuación de criterios que ejerzan cada una de las autoridades competentes en los distintos Estados miembros. En nuestro país debemos estar preparados para ello y, cuando sea aprobada, trasponer esta directiva sin retrasos y con eficiencia.
Jaime Bofill y Marisa Ruiz, socio y abogada respectivamente del área de Seguros, Reaseguros e Innovación de CMS Albiñana & Suárez de Lezo.