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En colaboración conLa Ley

Guía legal para pymes que operan en China y se han visto afectadas por el coronavirus

Los contratos sometidos a la ley y a los tribunales del gigante asiático presentan dificultades para invocar la cláusula de fuerza mayor

Dos mujeres con máscaras en Shangai (China).
Dos mujeres con máscaras en Shangai (China).Dave Tacon (Polaris)

Las medidas para frenar la expansión del coronavirus en China han trastocado los planes de muchas pymes españolas que operan en el gigante asiático, bien como compradoras, o bien como proveedoras de empresas del país. El frenazo en el trabajo en las plantas o el bloqueo en la circulación de mercancías provocará daños irreparables que, a su vez, serán una importante fuente de litigios.

El problema para las pequeñas y medianas empresas es que, a diferencia de las de mayor tamaño, no siempre cuentan con un amplio departamento legal que revise y negocie una a una las cláusulas de los contratos. Por lo que, en la mayoría de ocasiones, como apunta Blas Rivas, experto en contratación internacional y presidente de la red global de abogados Iurisgal Inolf, "firman contratos sin revisar con detenimiento el contenido de los mismos", siendo habitual que se trate de modelos genéricos proporcionados por la contraparte china. 

En esos textos no suele valorarse la legislación ni los tribunales aplicables, que acaban siendo los chinos, como regla general. Para maximizar las posibilidades de éxito ante un eventual proceso judicial derivado de una reclamación de daños y perjuicios, los pasos que deben seguir las pymes con intereses en el gigante asiático afectadas son los siguientes.

Revisión contractual

"Dado que la mayoría de pymes no crean sus propios departamentos legales, los contratos que firman con las empresas chinas a menudo no implican la elección de la ley y la jurisdicción aplicables, y algunas no establecen cláusulas de fuerza mayor", explica Rivas. Ello provoca que se enfrenten a los riegos legales propios de disposiciones contractuales poco claras.

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Ante esa circunstancia, la primera acción que deben adoptar las empresas es revisar sus propios textos legales. "Las compañías extranjeras deben confirmar y evaluar la ley aplicable al contrato", continúa el letrado, porque, aunque la fuerza mayor es un concepto generalmente aceptado en el mundo, su significado y alcance específicos son diferentes según la jurisdicción.

Fuerza mayor en China

Andrew Zhang, socio principal del bufete con sede en China A&Z Law Firm, integrado en la red Iurisgal, detalla que en los contratos que suscriben las pymes con empresas chinas suelen contener una cláusula de fuerza mayor. Esta disposición permite suspender la aplicación del texto legal ante determinados eventos o circunstancias excepcionales, extraordinarias o imprevisibles y, si la causa persiste, resolverlo sin responsabilidad para la parte incumplidora. La cuestión relevante en este punto, especifica Zhang, es que la valoración e interpretación de la fuerza mayor es variable en los Estados (y ello, aunque existan convenios internacionales que tratan de concretar en qué consiste).

De acuerdo con la legislación china, detalla el letrado, "constituyen fuerza mayor las circunstancias objetivas, imprevisibles, inevitables e insuperables". ¿Encaja el covid-19 dentro de estos parámetros? Sí. El Congreso Nacional del Pueblo de China determinó que las medidas del gobierno "implicaron que las partes no pudieran cumplir sus contratos y constituyen un evento de fuerza mayor". Sin embargo, continúa Zhang, "debe tenerse en cuenta que esto no significa que la cláusula de fuerza mayor pueda invocarse bajo cualquier contrato para aliviar o eximir las obligaciones y responsabilidades legales".

Dependerá de la región

A efectos prácticos, ¿en qué contratos podrá invocarse con efectividad la cláusula de fuerza mayor, de acuerdo con el criterio expresado por los tribunales chinos? Según explican los letrados, dependerá de las medidas adoptadas en la región donde se encuentre la compañía asiática que ha suscrito el acuerdo con la pyme española. Así, por ejemplo, una empresa ubicada en Wuhan, ciudad sobre la que se han adoptado severas medidas de control y prevención, sí cabría que la empresa china viera eximida su responsabilidad. Si la corporación está en una zona en donde las decisiones sanitarias son leves, no.

"Según nuestra investigación, muchos tribunales populares superiores provinciales en China (como el de Shangai) han dejado claro que, si el contrato no se puede cumplir debido a la adopción de la prevención y el control de epidemias, y las medidas adoptadas por la empresa son de conformidad con la ley, se puede considerar fuerza mayor", asevera Rivas. Pero ello dependerá del nivel de afectación de la epidemia en la región. Y pone como ejemplo que, durante el brote del virus del SARS, en 2003, la justicia china negó a una compañía vendedora de Pekín que quedara exenta de su responsabilidad por incumplimiento, después de que no le enviara un cargamento a otra mercantil de la provincia de Shanxi. La sentencia entendió que el SARS "no había constituido un obstáculo para que la vendedora proporcionara los equipos necesarios a la otra empresa", por lo que no cabía que esta invocara la cláusula de fuerza mayor.

Cómo proceder en la práctica

Una vez analizados los pasos anteriores, ¿cómo debe actuar una pyme que recibe una notificación de fuerza mayor por parte de una compañía china? Tras revisar la ley y los tribunales aplicables, los letrados sugieren, en primer lugar, exigir que se les notifique por escrito la aplicación de la cláusula, ya sea de acuerdo con el contrato suscrito o con las leyes aplicables, en ausencia de una disposición que lo especifique.

A partir de ahí, si la pyme acepta la reclamación de la aplicación de la fuerza mayor, aún deberá evaluar si el contrato puede ejecutarse parcialmente o hacerlo más tarde. Y, si entiende que queda margen, debe reclamar a la corporación asiática para que tome las medidas necesarias para evitar una mayor expansión de las pérdidas. Por el contrario, si objeta la aplicación de la cláusula, la empresa española deberá aclarar por escrito que no la acepta y requerir a la corporación china que siga cumpliendo el contrato (bajo la advertencia, en caso contrario, de adoptar las medidas legales oportunas).

En este punto, Zhang aconseja que la pyme debe obtener la máxima información y evidencias sobre la cuestión (exigiendo a la compañía asiática que presente un certificado oficial de fuerza mayor), y adopte medidas y proponga soluciones a la contraparte para evitar el aumento de sus propias pérdidas (como estudiar, por ejemplo, un cambio de proveedores).

Si decide resolver el contrato por completo o, únicamente, retrasar la ejecución del mismo, la pyme deberá comunicar con tiempo a la empresa china. Finalmente, si no hay acuerdo y se ve abocada al litigio, debe proceder a la reclamación judicial en el tribunal ordinario o de arbitraje pactado en el contrato. En todo caso, y como aconsejan Rivas y Zhang, resulta conveniente recibir el oportuno asesoramiento de un bufete de abogados chino para conocer las posibilidades reales de éxito.

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