J. A. Bayona tendrá que pagar 130.000 euros a Hacienda por tributar a través de una sociedad
La Audiencia Nacional desestima el recurso que el director de cine interpuso por una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central
El director de cine Juan Antonio Bayona es el último en sumarse a la lista de famosos que han tenido que hacer frente al escrutinio de Hacienda por haber tributado parte de sus ingresos mediante una empresa, sujeta al impuesto de sociedades, y no a través del impuesto de la renta (IRPF), que grava la renta personal. Lo que era una práctica habitual entre algunas caras conocidas del cine y especialmente la televisión durante parte de la década de 2000, acabó convirtiéndose en una pesadilla que recorrió los platós y dejó a muchas celebridades con un agujero en sus cuentas fiscales.
Bayona, como otros antes que él, plantó cara a la Agencia Tributaria y llevó hasta la Audiencia Nacional un recurso contra la sentencia del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), que obligaba al cineasta a pagar 131.968,11 euros por usar su empresa Películas La Trini, de la que era administrador y socio único, para facturar servicios como director cinematográfico y de cesión de derechos de autor. Al facturar a través de una empresa, y estar sujeto al impuesto de sociedades, la factura de impuestos fue mucho menor que si hubiera estado sujeto al IRPF. El recurso presentado por Bayona ha sido desestimado, por lo que deberá hacer frente al pago, tal y como se recoge en la sentencia de octubre adelantada por El Confidencial y a la que ha tenido acceso CincoDías.
Dado que Bayona prestaba servicios para Películas La Trini SL (anteriormente llamada Spongeman SL), “determinó la imputación al obligado tributario de unos rendimientos íntegros del trabajo procedentes de la entidad vinculada de 366.556,03 euros en 2008 (frente a los 45.000 euros declarados); de 252.217,77 euros en 2009 (en vez de tos 60.000 euros declarados) y de 109.952,39 euros en 2010 (ejercicio en que no se había declarado importe alguno)”. El ejercicio 2008 ya se había declarado prescrito por el TEAC.
A la par que se investigaba al cineasta se llevó a cabo otra inspección a su sociedad, de la que se asegura que “no aporta un valor añadido (no cuenta con medios humanos y materiales), a estos servicios profesionales realizados por D. Faustino [el nombre ficticio que se usa para proteger la identidad de Bayona] habida cuenta de que se trataban de servicios personalísimos, donde la función esencial de la prestación de los servicios la asumía el Sr.Faustino”. Es decir, que aunque era la sociedad la que supuestamente pagaba a Bayona por sus servicios, en realidad era solo una intermediaria a través de la que cobraba, como ocurría en otros casos de personajes del cine y la televisión. La sentencia asegura que el cineasta no ha podido acreditar que Películas La Trini SL disponga de recursos humanos y materiales al margen de la actividad realizada por él.
Entre los que han saltado a los titulares por la misma práctica se encuentran los actores Carmen Machi y Jordi Rebellón, en 2019, así como Máximo Huerta, que dimitió a los pocos días de ser nombrado ministro de Cultura por usar una sociedad interpuesta para cobrar cuando trabajaba como presentador de televisión.