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CEOE y UGT aprueban el acuerdo para subir los salarios al menos un 10% hasta 2025

El pacto, enmarcado en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), incluye una subida salarial del 4% este año y del 3% en 2024 y 2025

CINCO DÍAS
El presidente CEOE, Antonio Garamendi; el secretario general de CCOO, Unai Sordo y el secretario general de UGT, Pepe Álvarez.
El presidente CEOE, Antonio Garamendi; el secretario general de CCOO, Unai Sordo y el secretario general de UGT, Pepe Álvarez.Gabriel Luengas / Europa Press (Europa Press)

El Comité Ejecutivo de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) ha dado este lunes su visto bueno al pacto con CCOO y UGT para incrementar los salarios en convenios colectivos al menos un 10% entre 2023 y 2025 que se cerró el pasado viernes y cuyos “flecos” se han ido cerrando este fin de semana con la redacción definitiva del texto.

También los órganos internos de dirección de UGT han ratificado por unanimidad el preacuerdo del viernes. Según recoge el comunicado difundido por el sindicato, “este acuerdo marco es un punto de partida que permitirá un reparto de la riqueza más equitativo, en el que deben participar todos los trabajadores y trabajadoras” de España.

El acuerdo también contiene “importantes avances en el desarrollo de la Reforma Laboral, especialmente en el aspecto de la contratación laboral” aprobada en diciembre de 2021. De acuerdo con el comunicado, “este acuerdo es vital” para España, “no solo porque relanzará la economía, sino porque de cara al exterior facilita confianza y pone en relieve la importancia del diálogo social, como eje esencial para facilitar la prosperidad y el bienestar de los ciudadanos y ciudadanas”.

Según informaron fuentes empresariales a Servimedia, el texto ya fue aprobado este lunes en el Comité Ejecutivo, mientras que en este momento está reunida la Junta Directiva de la patronal para que pueda conocer el detalle del pacto y poder así ratificarlo.

CC OO tratará esta cuestión en una reunión extraordinaria de su Comité Interconfederal este mismo martes, a las 10.00 horas.

El pacto, enmarcado en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), incluye una subida salarial del 4% este año y del 3% en 2024 y 2025, alcanzando el 10% en el conjunto del citado trienio.

El pasado viernes, tanto los sindicatos como la patronal trasladaron un mensaje de cautela ante la publicación en los medios del contenido del preacuerdo e informaron de que todavía faltaban algunos “flecos” por cerrar. Por ello, las partes han pasado todo el fin de semana trabajando en la redacción del nuevo AENC.

El borrador del pacto alcanzado entre las partes, de 32 páginas, contempla además una cláusula de revisión salarial que, en caso de desviación de la inflación, podría implicar alzas adicionales de hasta el 1% para cada uno de los años del acuerdo (2023-2025) a aplicar al inicio del siguiente ejercicio.

Así, si finalizado este año, el IPC interanual de diciembre de 2023 fuera superior al 4% de subida salarial recomendada, se aplicará un aumento adicional máximo del 1% con efectos desde el 1 de enero de 2024.

En el caso de 2024 y 2025, para los que se aconseja un alza salarial del 3%, la cláusula de salvaguarda con ese 1% adicional se activará cuando el IPC interanual de diciembre sobrepase el 3% y se aplicará al año siguiente, es decir, el 1 de enero de 2025 y el 1 de enero de 2026, respectivamente.

En todo caso, el acuerdo, al que ha tenido acceso Europa Press, especifica que los negociadores de convenios colectivos deberán tener en cuenta las circunstancias específicas de su ámbito para fijar las condiciones salariales.

La idea, precisa el texto, es que las directrices contenidas en el acuerdo puedan adaptarse en cada sector o empresa, cuyas situaciones son “muy desiguales” en crecimiento, resultados o incidencia del salario mínimo interprofesional (SMI), todo ello con el objetivo del mantenimiento y la creación de empleo.

Desarrollo en los convenios de la reforma laboral

Las recomendaciones en materia de contratación que hacen los agentes sociales están directamente ligadas a la reforma laboral que acordaron con el Gobierno. Se recomienda impulsar el contrato fijo-discontinuo a través de los convenios colectivos para adaptarlo mejor a las necesidades de trabajadores, sectores y empresas, y se aboga por habilitar a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) para que puedan realizar estos contratos para la cobertura de posiciones temporales de la empresa usuaria.

Con el propósito de mantener un sistema de contratación que genere estabilidad, los agentes sociales consideran que el contrato a tiempo parcial indefinido puede ser una herramienta adecuada para atender las necesidades de flexibilidad de empresas y trabajadores. Al mismo tiempo, apuestan por que la negociación colectiva impulse la contratación de jóvenes y personas en transición en el empleo, promoviendo los contratos formativos y la formación dual como vía de inserción y recualificación.

Defensa de la jubilación parcial y el contrato de relevo

CC OO, UGT, CEOE y Cepyme sostienen en el acuerdo que la jubilación parcial y el contrato de relevo “deben seguir siendo un instrumento adecuado para el mantenimiento del empleo y el rejuvenecimiento de las plantillas”.

A tal fin, señalan que los convenios colectivos podrán reconocer el acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo de acuerdo con la normativa que le sea de aplicación, e impulsarán, en su caso, los mecanismos para su puesta en marcha en cada uno de los sectores y empresas, en función de sus circunstancias y características propias. Igualmente, defienden, se potenciarán desde los convenios fórmulas de jubilación gradual y flexible para facilitar el tránsito desde la vida activa al retiro laboral.

Asimismo, las partes instan al Gobierno a negociar en el diálogo social la reforma de la jubilación parcial, tal y como comprometió el Gobierno en la última reforma de pensiones.

Revisión de contratos públicos

Se insta al Gobierno a modificar la ley de contratos públicos que impide revisar precios y que no permite a las empresas actualizarlos ante las subidas del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). También se aboga por fomentar en los convenios colectivos los Planes de Pensiones de Empleo, “como medida de ahorro a largo plazo de carácter finalista y de complemento de las pensiones públicas”.

Bajas laborales y riesgos psicosociales

Se establece el compromiso de trabajar para reducir el número de procesos de incapacidad temporal (IT) derivada de contingencias comunes y su duración, y se demanda que las mutuas puedan realizar pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y rehabilitadores en procesos de IT por contingencias comunes de origen traumatológico. En el ámbito de la salud laboral se pide avanzar en la gestión preventiva de los riesgos psicosociales, impulsando programas de prevención del estrés laboral.

Más flexibilidad para empresas y trabajadores

Se fomentará que los convenios aporten “flexibilidad interna” para “facilitar la adaptación competitiva de las empresas y mantener el empleo”, mencionando específicamente el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) para “abordar situaciones coyunturales”, así como la preferencia de las reducciones de jornada frente a la suspensión de contratos.

Asimismo, el AENC recomienda fijar las jornadas en cómputo anual para “facilitar fórmulas flexibles de ordenación del tiempo de trabajo”, así como la implementación de la distribución irregular de la jornada para “compatibilizar las necesidades organizativas de las empresas con la vida personal de los trabajadores”.

El teletrabajo y la desconexión digital

Los convenios deben identificar los puestos y las funciones “susceptibles de trabajo a distancia” y establecer las condiciones de acceso, así como la duración máxima de este tipo de jornada, la jornada mínima presencial y el porcentaje de referencia para ambas. El V AENC contempla igualmente que se regule en convenio la desconexión digital como “un derecho a no atender dispositivos digitales fuera de la jornada”, aunque señala que “la conexión voluntaria no conllevará responsabilidades de la empresa”.

Ponen “deberes” al Gobierno

En el acuerdo, las partes apuestan por analizar la evolución de los indicadores de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes y por establecer medidas de actuación que mejoren la salud de los trabajadores y logren reducir la frecuencia y duración de dichos procesos.

Entre otras medidas, abogan por un mejor aprovechamiento de los recursos de las mutuas “sin modificar las actuales competencias de los servicios públicos de salud” y con plena libertad del trabajador. Las partes también apuestan por desarrollar en la negociación colectiva el acuerdo del teletrabajo y por establecer pautas compartidas en el desarrollo efectivo del derecho a la desconexión digital.

“Con el AENC los interlocutores sociales ofrecemos al conjunto de la sociedad un acuerdo que aporta certezas y compromisos ante la incertidumbre y los importantes retos que como Estado afrontamos. Desde nuestras capacidades y posibilidades en el ámbito bipartito, creemos que hemos hecho los deberes y cumplido con nuestra responsabilidad. Pero para completar algunos de esos compromisos, algunas actuaciones no dependen sólo de nuestra voluntad, pues requieren de la actuación del Gobierno o de otras instancias”, subrayan.

Así, emplazan al Ejecutivo a adaptar la actual normativa de revisión de precios en los contratos públicos para permitir su actualización en determinadas situaciones. Ésta es una demanda que viene haciendo desde hace tiempo la CEOE y uno de los motivos que esgrimió para no apoyar las últimas subidas del SMI. “Las personas trabajadoras y las empresas que participan en la contratación pública en los sectores intensivos en mano de obra no pueden ser de nuevo los paganos de una norma que impide de facto revisar precios y, con ello, salarios, incluso en situaciones extremas como las actuales”, sostienen.


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