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Las empresas hacen frente común con Ayuso y recurrirán el impuesto a los ricos

La Asociación Madrileña de la Empresa Familiar (Amef) presenta un dictamen sobre el tributo y prepara ya el recurso

La presidenta de la Comunidad de Madrid y candidata del PP a la reelección, Isabel Díaz Ayuso.
La presidenta de la Comunidad de Madrid y candidata del PP a la reelección, Isabel Díaz Ayuso.Comunidad de Madrid/ (EFE/Comunidad de Madrid)

La Asociación Madrileña de la Empresa Familiar (Amef) dio este jueves un paso adelante contra el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, el conocido como impuesto a los ricos. Su director, Antonio Barderas, anunció en un encuentro con periodistas que secundarán a la Comunidad de Madrid y recurrirán el tributo, que se ha tramitado de manera “fraudulenta” y supone “una subida de impuestos por la puerta de atrás”

La piedra angular de ese recurso será un dictamen encargado al catedrático de Derecho Constitucional Manuel Aragón Reyes, cuyas líneas maestras fueron esbozadas ayer por Amef. En la práctica, hay que esperar a la liquidación del impuesto para impugnarlo. A partir de ahí, la organización se plantea acudir tanto a la vía contencioso-administrativa como a la Audiencia Nacional, competente para elevar una cuestión de inconstitucionalidad. “Es un atropello a la seguridad jurídica”, expuso Barderas.

Amef tenía previsto reunirse ayer mismo con el consejero de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty, para hacerle partícipe del dictamen y de sus intenciones. El gobierno regional que preside Isabel Díaz Ayuso, al igual que Andalucía y Galicia, ya presentaron diferentes recursos ante el Tribunal Constitucional, todos ellos admitidos a trámite. Lo normal sería que los recursos se acumularan.

El dictamen de Aragón Reyes distingue dos tipos de problemas en el gravamen, unos formales y otros sustantivos. Entre los primeros, subraya la existencia de un vicio de inconstitucionalidad formal vinculado con la introducción del impuesto a través de una proposición de ley y no de un proyecto de ley, lo que constituiría un “fraude cualificado” de la Constitución. En esta línea, también se insiste en la anomalía que supone la concreción del impuesto a través de enmiendas “sin conexión con la proposición de ley que se está tramitando en la Cámara”. Finalmente, el análisis denuncia el solapamiento que el tributo supone con el impuesto de Patrimonio, cedido a las comunidades autónomas, y que pretenda regularse como ley ordinaria y no como ley orgánica, ignorando lo dispuesto en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).

Entre las trabas sustantivas, destaca la vulneración de la autonomía política y financiera de las autonomías; de los principios de capacidad económica y no confiscatoriedad recogidos en la Carta Magna y el establecimiento de un tributo que incorpora un carácter retroactivo.

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