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El Gobierno acuerda la ley que permite quitar salario a funcionarios con bajo rendimiento

El Consejo de Ministros da luz vede al proyecto de ley de función pública, que da más peso a la promoción interna

María Jesús Montero, ministra de Hacienda.
María Jesús Montero, ministra de Hacienda.
Pablo Sempere

El Consejo de Ministros celebrado de forma extraordinaria este jueves para aprobar la segunda parte de la reforma de las pensiones ha aprovechado también para dar luz verde al proyecto de ley de función pública del Estado, una norma que modifica la organización de la Administración y que implica cumplir con uno de los hitos del Plan de Recuperación que canaliza los fondos europeos. La ley, acordada con los sindicatos CC OO y UGT y rechazada por CSIF, desarrolla los aspectos más relevantes del Estatuto Básico del Empleado Público y sienta las bases para un nuevo modelo de función pública. Entre las principales novedades, además de dar más peso a la promoción interna, se encuentra un sistema de evaluación del desempeño, con consecuencias retributivas que castigarán a los funcionarios con bajo rendimiento y que podrán penalizarles, incluso, en su carrera profesional.

El modelo de evaluación de desempeño, explican fuentes del Ministerio de Hacienda y Función Pública, es una iniciativa ya contemplada en el Estatuto Básico del Empleado Público y persigue valorar periódicamente “la conducta y los logros” de los funcionarios, premiando con una prima especial a los empleados que presenten buenos resultados. La consecución de esos objetivos se medirá con un sistema de evaluación que incorpora la propia ley.

El sistema de compensaciones funcionará mediante la percepción de un complemento de desempeño variable, “no consolidable”, que sustituirá al actual complemento de productividad. Es decir, el sistema pretende actuar como incentivo y reconocimiento de los buenos resultados. Previsiblemente, explican fuentes sindicales, el cambio tendría efecto directo sobre todos los complementos, desde los que se crean con esta ley (de carrera y de desempeño) hasta los ya existentes, por ejemplo, el de destino.

La evaluación, recalcan desde el departamento que dirige María Jesús Montero, nunca supondrá el despido ni la pérdida de la condición de empleado público. Esta suerte de exámenes se llevarán a cabo en base a sistemas adecuados a criterios de transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación. A su vez, se incorporan objetivos tanto individuales como colectivos y se crearán comisiones de seguimiento en las que además participarán las organizaciones sindicales.

Según fuentes sindicales, estas penalizaciones salariales entrarán en vigor como pronto en la primera mitad de 2025, suponiendo siempre que la ley se apruebe en los próximos meses en el Congreso y que eche a rodar la comisión posterior que dará forma al sistema de evaluaciones, en la que participarán los sindicatos. El texto, aseguran estas fuentes, fija que las evaluaciones de desempeño no tendrán efectos “en las dos primeras anualidades tras su implementación”.

Carácter obligatorio

Según el texto que da forma a la ley, la participación en los procedimientos de evaluación “será obligatoria para todo el personal que se encuentre en situación de servicio activo o asimilada”. Así, se articularán mecanismos para la participación de los funcionarios en la definición de los objetivos asignados a su puesto, fijándose los mecanismos necesarios para comprobar periódicamente la fiabilidad y objetividad de los instrumentos de evaluación. Todo el proceso quedará integrado en el marco de la planificación estratégica del departamento ministerial u organismo público correspondiente, “alineando los objetivos de la organización con los del trabajo del personal”. En paralelo, aseguran desde el ministerio, se fijarán garantías suficientes para la revisión del resultado de la evaluación en caso de que surjan discrepancias.

Los resultados de la evaluación tendrán efectos en la percepción de retribuciones complementarias de carácter variable, en la progresión de la carrera profesional, en los criterios para la provisión de puestos de trabajo y en su continuidad. De hecho, la evaluación positiva “se tendrá en cuenta en la valoración del mérito de experiencia en los procesos de selección y provisión y para su aplicación en la progresión en los tramos de la carrera profesional horizontal”.

Tras la aprobación del texto en el Consejo de Ministros, CSIF ha explicado que la norma no garantiza la evaluación del desempeño, la carrera profesional, las 35 horas, ni el teletrabajo, por lo que intentará “enmendarla” durante el trámite parlamentario. Según apunta el sindicato, “el texto carece de previsión presupuestaria para ámbitos fundamentales como la carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño”. En el caso de esta evaluación, además, no se fija el plazo para que los diferentes ministerios y organismos planifiquen esta herramienta, por lo que quedará “en papel mojado”.

En sentido contrario se ha posicionado CC OO. Desde este sindicato aseguran que el texto reconoce y refuerza los derechos a la provisión y movilidad, la promoción interna y la evaluación del desempeño, que tendrá como objetivo el reconocimiento del trabajo y la profesionalidad. En todo caso, recuerdan, este proceso será colectivo e individual y garantizará la participación sindical en todas y cada una de las fases.

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Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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