La ESMA veta sin excepciones la oferta de Tether y cualquier activo que no cumpla con MiCA
Algunas entidades ofrecen USDT amparándose en las ambigüedades de la normativa, con el visto bueno de los supervisores. El veto no abarca servicios no regulados como préstamos con cripto

En casi dos años de vida de MiCA, el regulador europeo, la ESMA, se ha visto obligado a aclarar en repetidas ocasiones varios aspectos de la normativa. El texto, y en algunos casos incluso las orientaciones del propio supervisor, han revelado ambigüedades y dejado espacio a interpretaciones dispares entre los vigilantes nacionales, algunos más laxos que otros. Uno de los puntos más controvertidos es la oferta de activos que no cumplen con el reglamento, como la stablecoin USDT de Tether. Mientras la mayoría de plataformas retiraron el token hace más de un año, otras han seguido ofreciéndolo hasta fechas recientes, o incluso continúan haciéndolo, amparándose en las zonas grises de la regulación. Pero en su nueva opinión publicada este jueves, la ESMA ha zanjado definitivamente el debate: ha vetado, sin excepciones, la oferta de cualquier servicio relacionado con activos que no cumplen con MiCA.
En esta ocasión, su posición no deja lugar a dudas. “Los proveedores de servicios de criptoactivos no deberían prestar servicios relacionados con activos que no cumplan los requisitos aplicables establecidos por MiCA (es decir, no conformes con MiCA)”, se lee en una nueva opinión del supervisor. No obstante, fuentes de la ESMA detallan a este periódico que este veto no abarca los servicios no regulados (como los préstamos con criptomonedas) prestados por plataformas reguladas. “Sin embargo, la prestación de servicios no regulados sobre stablecoins no autorizadas puede estar estrechamente vinculada a la prestación de servicios regulados, como la custodia o los servicios de transferencia, que sí entran dentro del ámbito de aplicación de MiCA”, recalcan. Los supervisores nacionales tienen tres meses para exigir a las entidades que se eliminen estos activos de su oferta.
De esta manera, el regulador corrige una indicación, emitida en enero de 2025, en la que dio a las plataformas los plazos para excluir de su oferta las stablecoins que no cumplían con la normativa MiCA. En aquel documento, repleto de tecnicismos, se prohibía la admisión a negociación de activos no conformes con MiCA por parte de los operadores de plataformas de negociación. Pero daba a entender que otros servicios, como el intercambio, la ejecución, recepción y transmisión de órdenes, estaban prohibidos solo si las plataformas promovían o publicitaban dichos activos, al considerarse una oferta al público. Por ello, promovía un estudio caso por caso.
Esta interpretación ambigua de la normativa dio lugar a una supervisión desigual, porque todo, en el fondo, dependía de los ojos del regulador que vigilara. Parte de la industria y de las autoridades supervisoras entendieron que ya no podían ofrecerse estos activos; así, los principales exchanges del mercado como Coinbase, Bitpanda, Bit2Me o Kraken se apresuraron a excluir el activo de su oferta a principios de 2025. Pero otros han interpretado que sí existían excepciones, y algunas entidades apuraron los plazos. Revolut, por ejemplo, permitió comprar USDT hasta el pasado 6 de julio, y dio la posibilidad a sus clientes de vender la stablecoin hasta el 31 de agosto, más de un año después.
Esta aclaración de la ESMA no es baladí. El supervisor fundamenta esta interpretación en el artículo 66 de MiCA, que obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos a actuar de manera honesta, justa y profesional, en el mejor interés de sus clientes y potenciales clientes. Y, según el organismo, ofrecer cualquier servicio relacionado con stablecoins no conformes con MiCA expone a los usuarios a riesgos adicionales, ya que estos activos no están respaldados por las salvaguardas y mecanismos de protección que la normativa exige a sus emisores. Por ello, las plataformas no pueden ofrecer, mantener ni facilitar estos activos.
El pasado mayo, el Banco Central Europeo (BCE) ya alertó de estos riesgos. La máxima autoridad monetaria, de hecho, recomendó aportar claridad sobre qué servicios entraban en el ámbito de una ‘oferta’ de stablecoins, para evitar la fragmentación y reducir el riesgo de que algunos proveedores cripto operaran en la frontera entre la prestación de servicios no relacionados con una oferta y la realización de una oferta al público.
Es posible que esta nueva prohibición también se incluya en una nueva versión de MiCA. Los legisladores han puesto en marcha una consulta pública para revisar el reglamento, con el fin de incluir servicios que todavía no se han regulado y para adaptar las disposiciones actuales a la evolución del mercado. La Comisión ya ha recibido las propuestas de varios reguladores, como el Banco Central Europeo y la misma ESMA. Ambos, en sus textos, inciden en la necesidad de resolver la flaqueza de la normativa sobre la oferta de activos no conformes a MiCA.
Bajo la propuesta de la Comisión Europea, también se está evaluando la posibilidad de centralizar la supervisión de las plataformas cripto, al menos de los actores más significativos, en manos de la ESMA, para evitar una supervisión desigual entre los estados miembros. Un riesgo que el mismo regulador europeo señaló el año pasado, cuando cuestionó la falta de rigor en el proceso de concesión de una licencia MiCA por parte del regulador maltés.