Naviera Armas, Mr. Wonderful o Tony Roma’s: la banca planta cara a los fondos e impugna las reestructuraciones a medida
Los bancos se niegan a asumir las condiciones aplicadas a los planes que presentan las firmas de inversión que suelen acarrear fuertes quitas


El caso Celsa marcó un antes y un después en el futuro de las reestructuraciones, tanto por ser el primer plan que se presentó, tan solo unas horas después de que la reforma de la ley concursal entrara en vigor, en septiembre de 2022, como por dar una solución novedosa: los fondos acreedores convirtieron su deuda en capital y tomaron en control de la compañía, desplazando a la familia fundadora, que se oponía a ello fervientemente. A partir de entonces, las firmas inversoras empezaron a analizar con detenimiento el texto legal y utilizarlo como una arma jurídica a su favor y lograr sacar adelante sus propuestas de viabilidad de las sociedades con dificultades en las que invierten dinero, obligando al resto de acreedores, entre ellos las entidades financieras, a asumir sus condiciones relacionado en la mayoría de ocasiones con fuertes quitas y aplazamiento de pagos no consensuados. La banca, que interpreta esto como una lectura torticera de la norma, ha decidido plantar cara e impugnar los planes de reestructuración para hacer valer su posición.
“Los planes de reestructuración no consensuales es uno de los puntos más controvertidos y discutidos por la doctrina”, señala José Antonio García-Argudo, socio de Reestructuraciones en Auren Legal, en referencia a las discrepancias entre los fondos y los bancos. Según explica el abogado, estas situaciones ocurren porque el texto legislativo permite que si la clase “en el dinero”, como se denomina en la jerga financiera al grupo de acreedores que cobrarían en el plan y no en un hipotético concurso, vota a favor de la propuesta de reestructuración, “puede imponerlo al resto de clases y aprobar el plan con apoyos mínimos, incluso inferiores al 20% o al 10% del pasivo total”.
En muchos casos, esto ocurre con las firmas de inversión que inyectan dinero en las empresas, mediante préstamos o aportaciones de capital, vinculado a sus propuestas de reestructuración con condiciones que no siempre son de agrado para el resto de acreedores, como pueden ser los bancos, al aplicar importantes quitas. La ley concursal da una poderosa herramienta a aquellos que meten dinero nuevo en las empresas, al incorporar en su última versión los conceptos de financiación interina (que se desembolsa antes de la firma del plan de reestructuración) y nueva financiación (vinculada a la aprobación del plan), ya que este hecho puede imponerse y arrastrar al resto de clases, pese a su voto en contra. “La financiación interina se usa muchas ocasiones por fondos de deuda para controlar el proceso del plan de reestructuración, puesto que es una deuda super seniority [con la máxima prioridad de pago], está protegida de acciones de rescisión concursal, y puede arrastrar a otra clases disidentes”, señala Miguel Ángel Díez, senior managing director de FTI Consulting.
Naviera Armas fue uno de los casos en los que la banca tomó una postura más activa y recurrió el plan de reestructuración homologado por un juez de lo mercantil de la Las Palmas en diciembre de 2023, que avaló la propuesta presentada por los bonistas de la empresa (los fondos JP Morgan, Bain Capital, Barings y Cheyne), que pasaron a ostentar el 94% del grupo y arrastraron a los bancos acreedores (Santander, CaixaBank y Sabadell, cuyos créditos estaban avalados por el Instituto de Crédito Oficial), así como a Acciona a asumir el plan que implicaba quitas completas. Finalmente, el plan fue ratificado por la Audiencia de Las Palmas el pasado mes de mayo, en contra de lo manifestado por las entidades financieras.
A favor de la banca se pronunció la Audiencia de Barcelona, el pasado octubre, cuando dio la razón a CaixaBank y tumbó el plan de reestructuración de Mr. Wonderful, homologado un año antes, y le obligara a solicitar el concurso de acreedores. En este caso, el banco catalán denunció que plan se presentara con el voto exclusivo del fondo de deuda Oquendo, que controla la compañía como resultado de una primera reestructuración en 2023 y la financia internamente.
Los acreedores financieros también han impugnado otros planes de reestructuración con efectos similares, como el de Terratest, propiedad del fondo Nazca, pendiente de resolución por la Audiencia de Madrid; o el de Avanza Food, dueña de las cadenas de restaurantes Tony Roma’s y Carl’s Jr., controladas por el fondo Abac Capital n concurso de acreedores), en el que un juzgado madrileño dio la razón a la banca acerca de que el plan no era viable.
Cambio de escenarios
“El objetivo de la ley era rescatar de situaciones chantajistas a las compañías viables que acababan en un concurso de acreedores, y la existencia de planes de reestructuraciones con arrastre de interclases se ha disparado entre fondos de deuda de especial situación”, afirma el responsable de asesoramiento en deuda y reestructuraciones financieras de FTI Consulting. “Antes un fondo necesitaba tener una más crítica de deuda, negociar con los accionistas, convencer a varios bancos u otros fondos para tener cuasi unanimidad en la propuesta de una reestructuración de deuda. Hoy basta con controlar una o dos clases, no existe esa tasa de esfuerzo que había antes. El fondo puede resetear la estructura de capital por completo, y todo eso, con una inversión mucho más pequeña que con anterioridad a la ley. Y la ley le da una protección extrema en los caso de nuevo dinero o financiación interna”, añade Miguel Ángel Díez.
Sin embargo, las entidades financieras están mostrando reticencias a aceptar las quitas planteadas en los planes de reestructuración impulsados por los fondos de inversión debido al impacto directo que ello puede tener en sus cuentas. “Su preocupación principal es que las quitas no sean excesivas o injustificadas, beneficiando a terceros sin necesidad”, apostilla José Antonio García-Argudo, al tiempo que apunta que la banca también rechaza los planes que “carezcan de un proyecto de viabilidad sólido, capaz de garantizar el repago de la deuda y unas condiciones realistas”. En esta línea, el socio en reestructuraciones de Auren subraya que los bancos están sujetos a la normativa del Banco de España, “que penaliza sus balances con provisiones específicas cuando concentran un alto porcentaje de deuda financiera”, mientras que los fondos “no tienen límites en la concentración de créditos y pueden convertir deuda en capital sin restricciones”, a diferencia de las entidades financieras.
En cualquier caso, García-Argudo subraya que las disputas entre estos dos tipos de acreedores no se dan en el 100% de los casos, pues “existen ejemplos donde la banca ha buscado soluciones creativas, como en el caso Rator [compañía familiar de gestión de residuos], donde introdujo un nuevo inversor industrial en el plan de reestructuración, entendiendo que el problema no era solo financiero, sino también de gestión y estructura accionarial”.
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