La justicia estrecha el cerco sobre los antiguos gestores de Gedesco en pleno concurso de acreedores
La corte de arbitraje de la Cámara de Madrid y un juzgado mercantil dan por acreditada una trama de desvío de activos de la financiera valenciana


Nuevo capítulo en la madeja judicial que enfrenta a los antiguos gestores de Gedesco y la firma JZ International (JZI). La Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid (CAM) y el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid han dictado recientemente sendas resoluciones que estrechan el cerco contra los exdirigentes del grupo valenciano, en pleno concurso de acreedores, y avalan la ofensiva judicial que el fondo estadounidense, que posee desde 2006 el 67,53% de Gedesco, ha llevado a cabo para destapar el desvío de, al menos, 80 millones de euros en fondos y activos de la financiera de pymes hacia sociedades vinculadas a ellos.
El conflicto entre la firma inversora fundada por David W. Zalaznick y Jay Jordan y los que fueran sus socios en España se remonta a 2022 cuando el fondo planteó una demanda en la corte suprema de Nueva York contra Miguel Rueda y Ole Groth, sus dos ex directivos a los que se les encomendó la administración de la compañía valenciana por el presunto desvío de activos a Stator Management, una estructura paralela a través de la cual se habrían utilizado fondos y recursos de Gedesco para realizar inversiones y adquirir otras empresas. Este litigio acabó en archivo, después de que JZI retirara su acusación, como consecuencia de que su aliado en esta iniciativa, el grupo de inversión Carlyle, decidiera abandonar la acción civil.
La cosa no acabó aquí, puesto JZI presentó una querella en España contra sus exempleados, pero también contra los fundadores de Gedesco, Antonio Aynat y Francisco Javier García Escrivá, por los delitos de estafa, administración desleal, apropiación indebida, entre otros, que fue admitida en abril de 2023 por el Juzgado de instrucción número 18 de Valencia. De este modo, el fondo estadounidense puso en marcha una intensa batalla judicial por la vía mercantil también para tratar de recuperar el control de Gedesco. Así, logró que varios jueces acordaran apartar provisionalmente a los querellados del consejo de administración de Gedesco Finance, la matriz; limitar sus poderes de actuación.
La imposibilidad de hacer frente a las deudas acumuladas en Gedesco provocó que cuatro de las filiales de Gedesco (Gedescoche, Gedesco Factoring, Pagaralia y Gedesco Services Spain) y la matriz entraran a concurso en febrero de 2024, a instancia de los fundadores. La solicitud, recuerdan fuentes cercanas a este caso, se registró poco antes de que la junta de accionistas de la cabecera del grupo se reuniera para ratificar la entrada de los consejeros designados por JZI para sustituir a Aynat, García Escrivá y los administradores de las compañías en el consejo, que fueron autorizados judicialmente tres meses antes.
Los fundadores de Gedesco también desplegaron su estrategia judicial para intentar desactivar las acciones de JZI. Así, entre otras iniciativas, en octubre de 2022 iniciaron un arbitraje en la Cámara de Comercio de Madrid, en el que acusaron al fondo estadounidense de incumplir el pacto de socios firmado en 2007, con la adquisición de Unión Financiera Asturiana (Ufasa) —del 67% en 2020 y del 99% un año después—, una compañía que tenía el mismo objeto social que Gedesco. En las mismas fechas, Aynat y García Escrivá, junto a los exdirectivos del fondo en Europa, presentaron otra demanda contra la firma inversora en un juzgado mercantil de Madrid por presuntamente “asfixiar y bloquear” Gedesco Innovfin. Ambos casos han sido desestimados íntegramente, según las resoluciones, a las que han tenido acceso este periódico.
Incumplimiento del acuerdo de socios
En el caso del arbitraje, los empresarios valencianos se quejaron de que tuvieron conocimiento de la compra de Ufasa en 2022 por “fuentes indirectas” y que ello vulneró un pacto de no competencia, incluido en el acuerdo de socios, por el que los estadounidense se comprometieron a no intervenir “en las actividades de descuento de pagarés u otros documentos mercantiles y el renting de vehículos en el territorio español”; y en caso de querer participar, se fijó que el fondo solicitaría la “autorización expresa de los socios ejecutivos [Aynat y García Escrivá]” y que estos le darían “participación en el desarrollo de tales actividades”. En opinión de la árbitro Carolina Posada, el pacto parasocial no fue vulnerado, ya que solo se limitaba la participación en dos actividades específicas y no quedó demostrado que Ufasa y Gedesco tuvieran el mismo ámbito de actuación.
Con este fallo a favor, JZI pasó al contraataque y presentó una demanda de reconvención para denunciar que los fundadores de Gedesco, a través de sus sociedades Venalta (de Aynat) y Anthophila (de García Escrivá) habían incurrido en hasta 20 incumplimientos de dicho acuerdo por la denominada trama Stator. El fondo de inversión destacó lo mismo que ya había expuesto por la vía penal: que la creación de Stator se había ocultado al máximo accionista de Gedesco . Asimismo, denunció la continuidad del consejo de administración, pese a que solo tenía cuatro miembros (los antiguos gestores del grupo financiero), y que impidieron la celebración de la junta para que el máximo accionista no pudiera destituirles. La demanda también resalta la modificación de los estatutos del grupo valenciano para dar más derecho de voto a los fundadores, el vaciamiento del negocio de Gedesco hacia otras empresas en las que Aynat y García Escrivá son accionistas y el cierre de oficinas.
Por su parte, los demandados alegaron que JZI estuvo al corriente de todo y que decidió no participar para evitar responder a las peticiones de información “incómodas” de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Así, tacharon a la actuación del fondo de “cínico y temerario”.
La corte de arbitraje estimó todas las alegaciones de JZI y concluyó que todos los incumplimientos “deben reputarse dolosos”. “Lo ocurrido en este caso no corresponde a conductas aisladas que obedezcan a meros descuidos o negligencia. Por el contario, se trató de una serie concatenada y escalonada de conductas que empieza por la creación de Stator, a espaldas de su socio mayoritario”, indica el laudo final, que tiene la misma validez que una sentencia firme, y que obliga a Aynat y García Escrivá a transmitir al fondo norteamericano la totalidad de sus participaciones en Gedesco, sufragar las costas de 950.000 euros y abonar una indemnización por daños y perjuicios que serán cuantificadas en un proceso posterior.
La árbitro señala que no hay discusión en que se modificaron los estatutos de las filiales de Gedeso para transmitirlos a Venalta y que ello se hizo sin la “mayoría reforzada” de los votos previsto en el acuerdo parasocial. En este sentido, indica que el consejo de administración es “incompleto y no deficitario”.
En cuanto a Stator, el tribunal de arbitraje da la razón a los demandados acerca de que esta sociedad no se integró en el grupo valenciano hasta noviembre de 2022: “Que el proyecto lo hubieran creado Venalta y Anthophila [socias de Gedesco] no implica, en manera alguna, que lo hubiera creado Gedesco”, dice el laudo final. Sin embargo, considera que el hecho de que Stator no apareciera en ningún reporte financiero de la compañía de financiación de pymes no fue un descuido, sino una “decisión deliberada y consciente”, al igual que “la negativa a entregar información contable a JZI, no permitirle cesar a sus consejeros, traspasar los clientes y los empleados”.
Actuación “lícita”
Por su parte, el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid dictó desestimó el pasado 1 de julio la demanda planteado contra JZI y sus fundadores por supuestamente maniobrar de forma “injustificada, ilegítima y fraudulenta” para bloquear Gedesco Innovfin y frustrar su salida a bolsa. Según argumenta la demanda, la supuesta maquinación se basó en la destitución de Rueda y Groth como consejeros de la entidad y de todos los consejos de administración del grupo, la interposición de la demanda en Nueva York ya archivada, así como supuestos contactos de Zalaznick con inversores para que paralizaran los desembolsos programados.
La sentencia, que aún no es firme, ya que cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, considera que todas las actuaciones de JZI son conforme a derecho y señala que tuvieron lugar a raíz del “descubrimiento de la trama Stator, (...) para proteger a la sociedad de la conducta de los propios demandantes, siendo una actuación legítima, amparada por el deber como socios y como administradores de otras sociedades que pudieran verse perjudicadas por la actuación de los demandantes". Asimismo, apunta que ha quedado acreditado por las distintas pruebas que constan en la causa, como el informe del administrador concursal entregado al juez que tramita el concurso de acreedores, que los administradores de derecho y gestores de las sociedad han sido “Aynat, García Escrivá, con los que están coordinados ahora Rueda y Groth a cuenta de la delicada posición común en que se encuentran tras destaparse la trama Stator”.
Sobre la firma


