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La Audiencia Nacional confirma una sanción a KPMG por la auditoría de las cuentas de Dia

El ICAC impuso una multa de 55.190 euros por incumplir una norma a la hora de valorar una incorrección material en las cuentas de la filial de Brasil

Sede de KPMG en Madrid.
Nuria Morcillo

El caso Dia sigue coleando en la Audiencia Nacional. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado la sanción de 55.190 euros que el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) impuso en mayo de 2022 contra la firma de servicios profesionales KPMG por la comisión de una infracción grave en el informe de auditoría de las cuentas del Grupo Dia en 2017, que fueron objeto de una investigación penal por presunta falsedad y que finalmente fue archivada. Los magistrados dan la razón al organismo supervisor de auditorías de cuentas en relación a que la big four incumplió una norma técnica a la hora de valorar la naturaleza de una incorrección material en los estados financieros de la filial de Brasil, lo que tuvo influencia en el resultado del trabajo sobre los estados financieros de la cadena de supermercados

En una sentencia dictada el pasado 20 de marzo, consultada por este periódico, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que las apreciaciones del ICAC, ratificadas en abril de 2023 por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, son correctas, al igual que la atribución de culpabilidad a la socia que firmó el informe de auditoría, que fue multada con 3.225 euros.

Fuentes de KPMG subrayan que “la firma recurrirá la sentencia, que se refiere al trabajo realizado en 2017 en el componente de Brasil de la compañía, al considerar que no aborda la cuestión de fondo, ni fundamenta la sanción, limitándose a reproducir la resolución del ICAC”. Asimismo, apuntan que “el propio supervisor archivó sus actuaciones sobre la auditoría de las cuentas anuales de Dia de ese ejercicio”.

El ICAC sancionó a la auditora pilotada en España por Juanjo Cano unos meses después de que la investigación por presunta falsedad contable y administración desleal dirigida contra el ex consejero delegado de Dia Ricardo Currás y su cúpula directiva, así como dos socios de KPMG, concluyera. La causa penal se abrió en 2019 después de que un grupo de accionistas minoritarios presentara una querella en la que cuestionaban la veracidad de las cuentas de 2017 de la compañía, que un año más tarde fueron reformuladas.

El entonces juez de refuerzo del juzgado central de instrucción número 6, Alejandro Abascal, tras dos años de pesquisas, decidió llevar la causa a juicio —aunque tras varios recursos, finalmente acabó en archivo en septiembre de 2022—, al entender que había pruebas suficientes que acreditaban que las cuentas del grupo habían sido maquilladas. No obstante, libró a los auditores de cualquier tipo de responsabilidad porque sí detectaron “como riesgo de la auditoría, la práctica de los ingresos accesorios y la no provisión del bonus”. Este hecho motivó al organismo dependiente de Economía a seguir adelante con dos expedientes abiertos contra la big four: por las cuentas anuales individuales de Dia y por las consolidadas del grupo correspondientes al ejercicio de 2017, que se encontraban suspendidos mientras se resolvía el asunto penal.

Efecto significativo en el informe

Aunque el juez instructor no vio delito en la conducta de los socios de KPMG, el ICAC sí vio un incumplimiento de una norma técnica de auditoría que, según indicó, tuvo “un efecto significativo sobre el resultado de su trabajo y, por consiguiente, en su informe”. En concreto, cuestionó que los profesionales no calificaran correctamente una “incorrección material” de los ingresos promocionales en la filial de Brasil, consecuencia de los descuentos aplicados por proveedores. El equipo auditor valoró dicha situación como “fraude en la comunicación efectuada a los auditores”, cuando lo más correcto, a criterio del supervisor, era catalogarlo como “riesgo”.

Después de que el departamento que dirigía la exministra Nadia Calviño confirmara las sanciones del ICAC, KPMG interpuso un recurso ante la Audiencia Nacional, en el que planteó la incongruencia de que el organismo acumulara ambos expedientes y que el correspondiente a las cuentas anuales fuera archivado. También reprocha que se sancionara por un incumplimiento grave en la auditoría de un “componente significativo” (Brasil) que forma parte del consolidado, al mismo tiempo que concluyó que el trabajo sobre las cuentas del grupo fue “intachable”. Asimismo, defendió la labor de su equipo, aportando un informe pericial sobre su actuación y la valoración que se hizo de los riesgos conforme a la normativa. En cuanto a la socia que firmó el informe, KPMG alegó que no existe un análisis fundado de los motivos por los que se le considera culpable, sino que directamente se le responsabiliza del incumplimiento en cuestión.

Los magistrados de la Audiencia Nacional rechazan todos estos argumentos y respaldan las apreciaciones del ICAC. La sentencia explica que lo que se pone en tela de juicio es que cómo se hizo la valoración del riesgo, ya que “por razones que se ignoran no se facilitaron en copia, como hubiera sido lógico, a fin de evaluarlos y asumirlos”, ya que en los papeles de trabajo no consta la participación de la socia en la valoración, tal y como exige la normativa. “Por lo tanto, no resulta descabellado mantener que el trabajo de auditoría adolecía de evidencias adecuadas y suficientes”, dice la Audiencia Nacional y añade que ello tuvo implicación en las cuentas consolidadas porque la información financiera de Brasil “supera ampliamente el importe de la materialidad para el grupo”, determinada por los propios auditores en 10 millones de euros.

En este sentido, la sentencia concluye que hubo “una falta de diligencia en el desarrollo de la actividad de auditoría, como resultado del examen y valoración de lo reflejado en los papeles de trabajo”. Ya añade que la socia responsable del análisis de las cuentas de Dia tuvo una “falta de inobservancia”, que le hace responsable de infracción, de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
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