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El Supremo confirma la indemnización de tres millones de Dia a su exconsejero delegado Ricardo Currás

El alto tribunal inadmite los recursos de la cadena de supermercados contra la sentencia de la Audiencia de Madrid que le ordenó devolver dicha cantidad al exdirectivo

Nuria Morcillo
Ricardo Currás, ex consejero delegado de Dia, en una foto de archivo.
Ricardo Currás, ex consejero delegado de Dia, en una foto de archivo.Juan Lázaro

El Tribunal Supremo ha zanjado la batalla jurídica que enfrentaba a la cadena de supermercados Dia con el que fuera su consejero delegado Ricardo Currás por su cese. El fallo judicial de la Audiencia Provincial de Madrid, que en 2022 dio la razón al exdirectivo sobre su derecho a recibir una indemnización de 2,46 millones por su despido (y que tuvo que devolver por orden de otra jueza) y un abono de 557.000 euros en concepto de retribución y compensación por el pacto de no competencia que no se había abonado, ha adquirido firmeza. En total, más de tres millones de euros. La Sala de lo Civil del alto tribunal dictó el pasado 10 de julio una providencia en la que inadmitió a trámite los recursos planteados por la compañía, lo que implica que no entró a analizar los argumentos esgrimidos por el grupo de distribución en contra de la decisión de la Audiencia, ni entró en el fondo del asunto.

La resolución final de esta batalla legal entre Dia y Currás, que se remonta a 2020 cuando la compañía exigió la devolución de las retribuciones cobradas tras la marcha del exdirectivo, no ha impactado en las últimas cuentas de la empresa, pues según informó en sus resultados del primer semestre de 2024, la dotación de provisiones en relación con este litigio ya se realizó en su momento y la sentencia ratificada “ya fue provincialmente ejecutada”. “No se estima una salida de recursos”, indica el documento.

La decisión, en agosto de 2018, del consejo de administración de Dia de relevar a Currás como consejero delegado tras acumular varios trimestres de caída de ingresos y ganancias fue el prólogo del enfrentamiento. Como consecuencia del cese, el exdirectivo presentó su renuncia en el órgano de gobierno del grupo y puso fin a todas sus relaciones con la cadena de supermercados controlada por el fondo de inversión LetterOne. En noviembre de dicho año, Dia suspendió el abono de la contraprestación económica derivada de la obligación de no competencia tras finalizar la relación laboral incluida en el contrato de Currás. Por esta prestación, ya se había abonado 101.000 euros, correspondientes a dos mensualidades.

La situación se agravó en abril de 2020, cuando la compañía reclamó a su exdirectivo la devolución de 2,78 millones relacionados con las variables anuales e indemnizaciones en la época en que fue consejero delegado. En concreto, exigió el reintegro de 834.120 euros correspondientes a la retribución variable de 2016 y 2017; 1,64 millones de la indemnización por cese y 303.300 por falta de preaviso en la rescisión del contrato.

Dia activó la cláusulas clawback, que permite la recuperación de las retribuciones satisfechas a los altos directivos cuando se detecta una mala praxis durante su cargo. En enero de 2020, un juez de la Audiencia Nacional imputó a Currás y a otros cuatro miembros de su cúpula por presuntamente inflar en casi 52 millones de euros las cuentas de la compañía de 2016 y 2017. Asimismo, el juez instructor entendió que la reformulación de los estados financieros en 2018 provocó la caída de las acciones a mínimos. Esta investigación por falsedad contable se archivó de forma definitiva en septiembre de 2022, después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional revocara los procesamientos de los cinco directivos, al entender que las supuestas maniobras contables investigadas no fueron la causa exclusiva del desplome bursátil.

En paralelo, Currás inició un procedimiento civil contra la petición de reintegro de Dia, si bien el Juzgado de Primera Instancia 48 de Madrid dio la razón, en mayo de 2021, a la empresa y obligó al ex consejero delegado reintegrar la indemnización abonada por su cese. No obstante, la Audiencia Provincial de Madrid, ante la que recurrió el exdirectivo, dio la vuelta al asunto en una sentencia de 25 de febrero de 2022, al considerar que la compañía no debió activar el mecanismo de recuperación de retribuciones. La resolución tildó de “insólito” el primer fallo y tachó de carente de “toda lógica” que se diera por hecho que las irregularidades que el grupo atribuía al que fuera su máximo ejecutivo las hubiera cometido “a espaldas” del consejo de administración y de los auditores internos y externos de la compañía. Asimismo, señaló que la reformulación de los estados financieros no implica que la información anterior fuera falsa o inexacta.

Así las cosas, la Sala de lo Civil de la Audiencia de Madrid ordenó a Dia volver a pagar a Currás los 2.466.176 euros que en su día le abonó como indemnización por su cese, además de 61.726 euros en concepto de retribución como consejero y 505.500 de compensación por el pacto de no competencia. Todas estas cantidades han sido ahora ratificadas por el Supremo, al no admitir los recursos de la cadena de supermercados.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
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