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El Supremo condena a OHL y Guinovart a pagar 13,4 millones a Renfe por las obras del AVE a Barcelona en 2007

El Alto Tribunal confirma la sentencia de la Audiencia de Madrid, que obligó a las constructoras y sus aseguradoras a indemnizar por los daños ocasionados con el derrumbe de un túnel

Un convoy de la línea del AVE Barcelona-Girona-Figueres, accediendo a la estación de Figueres-Vilafant.
Un convoy de la línea del AVE Barcelona-Girona-Figueres, accediendo a la estación de Figueres-Vilafant.©Toni Ferragut (EL PAÍS)
Nuria Morcillo

El Tribunal Supremo ha condenado a la Unión Temporal de Empresas (UTE) que formó Obrascón Huarte Laín (OHL) y Guinovart Hispania, así como a varias aseguradoras, a abonar 13,4 millones de euros a Renfe por las consecuencias de las obras del AVE a Barcelona en 2007. La Sala de lo Civil del Alto Tribunal ha confirmado la sentencia que la Audiencia de Madrid, de 20 de junio de 2019, que consideró que la compañía de transporte ferroviario debe ser resarcida por la paralización durante 42 días del tráfico de trenes, por el desplome parcial, el 20 de octubre de 2007, de un túnel en el término municipal de Hospitalet (Barcelona) y el hundimiento de parte del andén de la estación de Cercanías de Bellvitge.

El Supremo ha desestimado los recursos de las dos empresas constructoras, si bien sí ha estimado las impugnaciones de las aseguradoras HDI Global y AIG Europe en el único sentido de establecer como día inicial del devengo de intereses el 30 de octubre de 2009, fecha en la que el consejo de administración de Adif determinó la responsabilidad de los hechos, y no el de la fecha del siniestro.

La sentencia, de 34 páginas y cuya ponencia ha sido del magistrado Pedro José Vela, destaca que el acuerdo de paralización adoptado cautelarmente por Adif no exime de responsabilidad a las empresas constructoras causantes del daño y a sus aseguradoras, a las que demandó Renfe. De hecho, destaca que el procedimiento administrativo de determinación de responsabilidad, que concluyó con el mencionado acuerdo de Adif, declaró a la UTE Hospitalet responsable de los daños y perjuicios producidos por el mencionado hundimiento. Esta resolución fue confirmada, en diciembre de 2011, por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 7 de la Audiencia Nacional.

La empresa pública que gestiona las infraestructuras ferroviarias ordenó paralizar las obras del tren de alta velocidad en Cataluña el 26 de octubre de 2007, a instancias del entonces secretario de Estado de Infraestructuras, Víctor Morlán. El incidente levantó numerosos rumores acerca de que el Gobierno se planteaba rescindir el contrato y lo iba a transferir a otra constructora, como Sacyr Vallehermoso, algo que desde Moncloa se negó.

Finalmente, el caso se llevó a los tribunales por daños y perjuicios y el juicio se celebró en el Juzgado de Primera Instancia número 88 de Madrid que, mediante una sentencia dictada en 2018, estimó parcialmente la demanda de Renfe, reconociendo únicamente una compensación de 3,2 millones de euros. La compañía ferroviaria, que inicialmente reclamó una indemnización de 13,4 millones, recurrió ante la Audiencia de Madrid, que le dio toda la razón y condenó a OHL y Guinovart y sus aseguradoras a abonar dicha cantidad por la deficiente ejecución de la obra. El desglose sería: 11,7 millones para Renfe viajeros; 1,6 millones para Renfe Mercancías; y 70.218 euros para Renfe fabricación y mantenimiento.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
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