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El Supremo rechaza que Bankia pague 9,8 millones a Villar Mir, Fertiberia y Ferroatlántica por la salida a Bolsa

El tribunal subraya que las empresas podían obtener información complementaria sobre la operación a través del consejero que tenían en común con el banco

Rodrigo Rato
Pablo Monge Fernandez
Nuria Morcillo

El Tribunal Supremo ha rechazado la petición del Grupo Villar Mir, Fertiberia y Grupo Ferroatlántica de que Bankia (ahora CaixaBank) le abone 9,8 millones de euros por las acciones suscritas en la salida a Bolsa de la entidad bancaria, en 2011. La Sala de lo Civil ha desestimado los recursos de estas compañías, que estaban integradas en un grupo societario, y ha declinado la posibilidad de que se le reintegre dicha cantidad tras solicitar la nulidad de la suscripción.

En una sentencia, el Alto Tribunal pone fin a una larga batalla judicial, que se inició en mayo de 2016, después de que las tres empresas presentaran una demanda contra Bankia -al igual que hicieron otros inversores institucionales- en los juzgados madrileños. Dos años más tarde, el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Madrid desestimó la demanda, decisión que fue confirmada en 2021 por la Audiencia Provincial de Madrid.

El Grupo Villar Mir suscribió 800.000 acciones y pagó 3 millones de euros, mientras que Fertiberia y Ferroatlántica compraron cada una de ellas 933.333 acciones por un importe de 3,5 millones de euros. El precio de las acciones quedó fijado en 3,75 euros. En su demanda, las sociedades exigieron que Bankia abonara la diferencia entre la cantidad pagada por la suscripción de las acciones y la obtenida en su posterior venta, que calcularon en un total de 9,8 millones de euros (3,4 millones respectivamente para Fertiberia y Ferroatlántica, y 2,9 millones a Grupo Villar Mir).

El grupo societario denunció que el folleto informativo de la operación no era veraz, al tiempo que reprochó que la Audiencia Provincial le achacara la responsabilidad de invertir en Bankia pese a conocer su situación “ruinosa”. Sobre este punto, defendió que no era exigible una labor de investigación o comprobación por parte de los inversores.

Decisión anterior al folleto

El Tribunal Supremo no comparte estos argumentos y señala que los demandantes y Bankia tenían un consejero común en 2011 y que, por tanto, podían haber empleado la “diligencia exigible a unos inversores profesiones” y haber tenido acceso a información adicional a la del folleto sobre la verdadera situación de la entidad.

“Lo relevante no sólo es que hubieran concurrido a la Oferta Pública de Suscripción (OPS) de Bankia como inversores cualificados, sino la propia vinculación con Bankia, que les habría permitido, de haber observado la diligencia exigible, tener información complementaria sobre la verdadera situación patrimonial y financiera de la emisora de las acciones”, señalan los magistrados. A ello añaden que los demandantes decidieron invertir en Bankia antes de que se publicara el folleto, por lo que no aceptan la tesis de que “la falsa situación patrimonial y financiera” que se plasmó en dicha información fuese determinante para dicha decisión.

Para concluir, el Supremo destaca en su sentencia que lo resuelto está en línea con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de junio de 2021, que declaró que lo relevante es analizar en cada caso concreto si el inversor institucional en cuestión dispuso o pudo disponer de una información distinta de la contenida en el folleto, y si tenía o debía tener conocimiento de la situación económica del emisor. Es decir, que se debe tener en cuenta no solo la concreta información real que tuviera, sino también la información que hubiera debido tener de haber empleado el nivel diligencia que le es exigible como inversor profesional si, por su particular situación, podía haber tenido acceso a una información adicional a la del folleto.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

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