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Al hilo de las salidas de Telefónica: Llámelo despido colectivo, no ERE

En el antiguo procedimiento era necesaria la autorización administrativa. En 2012 fue sustituida y ahora es una decisión empresarial unilateral

Getty Images

Esta semana nos hemos despertado con la noticia de que Telefónica ha anunciado un despido colectivo. Nos ha suscitado regustos de años pasados, más aún cuando después de diez años, muchos lo siguen llamando ERE, en lugar de hablar de despidos. La pretensión parece ser que es hacerlo bajo la fórmula de despidos y no bajo la de bajas voluntarias incentivadas, que sí se han hecho de manera recurrente en los últimos años, la última en el año 2021.

Desde luego, hay palabras que se resisten a desaparecer, aunque hayan dejado de tener sentido. Seguir utilizando el término ERE, es seguir utilizando una palabra que hace referencia a una realidad que hace una década dejó de tener vigencia.

Como es sabido, ERE son las siglas de expediente de regulación de empleo, que designaban un procedimiento administrativo específico que consistía en la extinción masiva de contratos de trabajo por causas objetivas, y que era decidido por la administración laboral, previa tramitación del  procedimiento iniciado por la solicitud del empleador. Todo este proceso incluía consultas con los representantes de las personas trabajadoras. Este trámite, tan característico de nuestro país en aquél entonces, no existía en la mayor parte de la Unión Europea, ya que la directiva que reguló los despidos colectivos no establecía esta intervención administrativa.

En 2012 se eliminó la autorización administrativa y, con ello, el procedimiento que daba lugar a esta. Se sustituyó por una decisión empresarial, que debía estar sometida a controles y a consultas, pero que, al final, suponía una decisión unilateral. Por todo esto, lo correcto sería dejar atrás el concepto ERE y hablar, sin tapujos, de despido colectivo, ya que jurídicamente pasó a ser una figura más similar a las demás extinciones por causas objetivas y por voluntad de empleador.

A pesar de esto, lo cierto es que, aunque el cambio regulatorio conllevaba un cambio de denominación, el viejo término ERE se niega a desaparecer, y lo mantenemos vivo, entre medios de comunicación, ciudadanos y los propios agentes jurídicos y del Derecho del Trabajo.

La realidad es que, a pesar de que a veces el nivel de ocupación en nuestro país nos acompañe y el número de parados baje, el comportamiento más o menos bueno que pueda tener el mercado laboral no evita que se produzca un incremento del número de despidos colectivos y de la cantidad de trabajadores afectados. Según la estadística de regulación de empleo publicada por el Ministerio de Trabajo, en junio de este 2023 fueron despedidas 2.491 personas dentro de un proceso de despido colectivo, con lo que, en el conjunto de toda la primera mitad del año, el número de despidos por esta causa ascendió a 18.076, un 35,4% más que en el mismo periodo del año anterior, cuando perdieron su empleo por este motivo 13.349 personas.

Si hablamos de los despidos colectivos, en mi opinión, la realidad es mucho más compleja y necesita de unas respuestas poliédricas, que aborden la problemática desde distintas ópticas y soluciones. Si no se aborda de manera compleja la cuestión de que, por ejemplo, la transformación digital y la inteligencia artificial van a destruir muchos puestos de trabajo poco cualificados, para crear otros, siempre encontraremos preguntas y respuestas erróneas.

La ralentización de la economía y otros factores que provocan una gran incertidumbre, nos han traído y traerán despidos colectivos y restructuraciones. Ahora toca poner nuestra mejor voluntad para que sean los menos posibles y, quizás, dar un paso atrás, para salir con más impulso al futuro. Sería conveniente dejar de pensar a corto plazo y adaptarnos al cambio continuo que ya estamos viviendo, y pensar, mejor, a largo plazo, porque si no llegaremos tarde a casi todo.

Alberto Gilarranz, socio de Auren Legal y experto en laboral.

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