Autónomos jubilados: Así se solicita la pensión de maternidad atrasada
Se trata de un complemento que entró en vigor en febrero de 2021
Las trabajadoras autónomas que ya estén jubiladas y fueron madres pueden solicitar el complemento para reducir la brecha de género. Este trámite pueden realizarlo junto al mismo trámite para solicitar la pensión de jubilación, incapacidad o viudedad.
Desde la Seguridad Social informan de que este complemento entró en vigor en febrero de 2021 y beneficia a las pensiones aprobadas a partir de dicha fecha.
Este complemento se dirige principalmente a mujeres, que experimentan un mayor impacto en su trayectoria laboral al tener un hijo, pero también pueden solicitarlo los padres si han sido más perjudicados en su carrera laboral.
Si ninguno de los dos progenitores ha sufrido periodos sin cotizar o reducciones de trabajo que les perjudiquen, el complemento se otorgará a la madre. En el caso de dos mujeres, será asignado a aquella cuya pensión sea inferior.
Para poder solicitar este complemento, el profesional debe cumplir con una serie de requisitos. Uno de ellos es haber generado una pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o visto afectada la trayectoria profesional con motivo del nacimiento o adopción, sujeto a ciertas condiciones vinculadas a la cotización.
Requisitos para solicitarla
También puede haber generado una pensión de viudedad debido al fallecimiento del otro progenitor por parte de los hijos en común, siempre que al menos uno tenga derecho a recibir una pensión de orfandad.
La tramitación se debe realizar en la Seguridad Social al mismo tiempo que se tramita la pensión de jubilación. De acuerdo con la ley de Presupuestos la cuantía para el año 2023, asciende a 30,40 euros por mes por cada hijo o hija, con un límite de cuatro veces esa cantidad. Este suplemento no se considera en la aplicación del tope máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones por debajo de la pensión mínima.
En cambio, este complemento se irá actualizando de acuerdo a la revalorización de las pensiones y se aplicará en todos los casos, incluso en aquellos en los que se tenga derecho a la pensión máxima.
Asimismo, la Seguridad Social aclara que las pensiones que ya tienen el anterior complemento de maternidad seguirán teniéndolo.