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Las patentes europeas se juegan su futuro en el nuevo tribunal unificado

Comienza la cuenta atrás para la entrada en vigor del sistema de patente unitaria

Oficina Europea de Patentes
Oficina Europea de Patentes GETTY IMAGES

El próximo 1 de junio entra en vigor el Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes (ATUP), que permitirá solicitar patentes unitarias, es decir, con efectos directos en los 17 países de la Unión Europea que hasta el momento han ratificado este pacto. El Tribunal Unificado de Patentes (TUP), que nace con este acuerdo, será el encargado de resolver los litigios que puedan surgir en torno a estas patentes unitarias, así como los que se refieran a las patentes europeas clásicas en aquellos países en los que hayan sido validadas y a su vez formen parte del acuerdo sobre el tribunal unificado.

Para Patricia Koch, socia de Balder, la creación de este tribunal supone un cambio radical en la defensa de las invenciones en Europa. Algo en lo que coincide Francisco Javier Sáez, socio de Elzaburu, que lo califica como el hito más importante en materia de patentes a nivel europeo desde la firma del Convenio sobre la Patente Europea (CPE) del año 1973.

Sin embargo, los titulares de patentes tienen sus reticencias respecto a este órgano jurisdiccional. Uno de los principales motivos, es precisamente que es algo nuevo y que aún no se sabe si funcionará bien. “Muchos interesados están esperando a ver cuánto duran los procedimientos y cómo de bien argumentadas serán las resoluciones”, señala Patricia Koch.

Asimismo, el hecho de que sus sentencias tengan efectos en muchos países al mismo tiempo puede ahuyentar a los titulares de patentes. “Es un sistema que favorece a los solicitantes agresivos, es decir, aquellos que son tendentes a litigar contra presuntos infractores de sus patentes en múltiples países. Pero, los clientes defensivos se encuentran más desprotegidos, ya que se lo juegan todo a una sola carta”, explica Francisco Javier Sáez. A todo ello, se unen las altas tasas judiciales de este tribunal, que comienzan en los 11.000 euros para acciones de infracción ante los tribunales de primera instancia, y el idioma, ya que en muchas ocasiones los titulares se verán obligados a pleitear en idiomas como el inglés, el francés o el alemán.

Mecanismo ‘opt-out’

Esta desconfianza en el nuevo tribunal se revela en el uso masivo, según los expertos, del mecanismo opt-out mediante el cual los titulares o solicitantes de patentes europeas pueden excluir la competencia del TUP para la resolución de los conflictos sobre las mismas. Esta opción, contemplada en el propio acuerdo sobre el tribunal unificado, está habilitada desde el pasado 1 de marzo —tres meses antes de su entrada en vigor—, y pueden escogerla los titulares y solicitantes de patentes europeas por un período de siete años renovables. Eso sí, esta decisión solo la podrán tomar respecto de las patentes europeas tradicionales —no para las unitarias—, y solo podrá revertirse una vez, siempre que no se haya planteado una demanda de infracción o nulidad ante un tribunal nacional. “En cualquier momento y si el titular así lo decide, se podrá volver a incluir en el TUP la patente previamente excluida mediante el mecanismo inverso (opt-in) siempre y cuando no se haya iniciado ya una acción ante un tribunal nacional”, explica Ana Herrera, directora de Patentes de PONS IP.

Del mismo modo, advierte Ana Herrera, si el titular de una patente europea decide activar el mecanismo opt-out después del 1 de junio, fecha de entrada en vigor del ATUP, corre el riesgo de que un tercero se le adelante interponiendo una demanda ante el TUP, bloqueando así la posibilidad de solicitar esta opción para excluir su jurisdicción.

Efectos directos en 17 países

A pesar de los recelos, solicitar el efecto unitario de una patente también tiene sus ventajas. Aunque es una decisión que debe valorarse caso por caso, Patricia Koch considera que, como regla general, desde un punto de vista económico teniendo en cuenta el importe de las tasas de mantenimiento, al titular le compensará decantarse por la patente unitaria cuando pretenda proteger la invención en más de cuatro países de los, por ahora, 17 que han ratificado el ATUP.

En este sentido, Francisco Javier Sáez, añade que la vía unitaria también podría ser de interés en aquellos casos en los que la patente sea fuerte, es decir, cuando hay pocas dudas de que cumple los requisitos legales de patentabilidad, y por tanto sería difícil invalidarla. Por el contrario, si se ha concedido “por los pelos” o se trata de una patente clave para el negocio del solicitante, el abogado recomienda dejarla fuera del sistema unitario, para evitar el riesgo de una posible invalidación a nivel de todos los países adheridos al acuerdo.

Pero este riesgo también tiene su vertiente positiva, ya que como apunta Ana Herrera, si la decisión alcanzada por el tribunal unificado respecto a la patente fuera favorable al titular, este ahorrará esfuerzo y dinero al no verse obligado a defender su posición ante los tribunales nacionales de cada uno de los Estados en los que la tiene validada individualmente.

En este contexto, Francisco Javier Sáez sugiere que una posible estrategia para los solicitantes será presentar el opt-out de manera más o menos sistemática en todas o la mayoría de sus patentes y así evitar acciones de invalidación en todos los países que han ratificado el ATUP. Para después, continúa el abogado, en el momento en el que detecte que su patente está siendo infringida en diversos países, solicitar el opt-in para poder presentar el pleito de infracción ante el TUP y que su sentencia tenga validez en todos esos países.

España no lo ha ratificado

Las consecuencias de la falta de ratificación del acuerdo por parte de España también preocupan a los titulares y solicitantes españoles de patentes. A este respecto, Francisco Javier Sáez, indica que el efecto más inmediato es que para que una patente europea concedida por la Oficina Europea de Patentes tenga validez en España, seguirá siendo necesario realizar la validación en nuestro país.

Por tanto, tal y como aclara Patricia Koch, una persona física o jurídica española tiene derecho a solicitar una patente europea con efecto unitario y podrá ser parte en un litigio ante el TUP, al igual que si fuera de cualquier otra nacionalidad de un Estado no adherido al acuerdo como estadounidenses, británicos o chinos. “Lo único que se excluye es que pueda ser demandada, o demandar, ante el TUP por actos realizados en España, los cuales se someterán a los tribunales nacionales, si existe protección de la patente en España”, matiza la abogada.

Por qué España no forma parte del ATUP

Proteger a las pymes españolas. Según Patricia Koch, socia de Balder, y teniendo en cuenta lo declarado por el Gobierno en respuesta a esta cuestión, se pretendía evitar someter a las empresas españolas, y en particular a las pymes, a una avalancha de nuevas patentes. Y es que si España estuviera en el sistema de la patente unitaria todas las patentes que optaran por esa posibilidad estarían cubiertas en nuestro país. “Con esta negativa, las empresas españolas han evitado así tener que respetar un número casi inabarcable de patentes de inventores extranjeros, que en muchos casos efectivamente no conocerán”, concluye la abogada.

El idioma. “Los legisladores que diseñaron este sistema rechazaron que el español fuera uno de los idiomas del TUP”, destaca Francisco Javier Sáez, socio de Elzaburu. En consecuencia, una patente unitaria solamente será publicada por la Oficina de Patentes Europea en el idioma original de tramitación ante dicha oficina, es decir, inglés, francés o alemán, más un idioma adicional que en muchos casos no será el español. Del mismo modo, los litigios ante el TUP tampoco tendrán lugar en español. Por tanto, si España se uniera a este sistema, cualquier empresa española, incluso las más pequeñas, tendría que vigilar que no infringe patentes que no están publicadas en español. “Esto podría ser incluso inconstitucional, ya que la Constitución Española define que el castellano es el único idioma que todos los españoles tienen obligación de saber y derecho de usar”, advierte el abogado.

No se traducen. Para que una patente sea válida en España es necesario que esté traducida al español, negar este requisito implica una pérdida importante de información tecnológica en castellano.

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