La Fiscalía avisa: la nueva autoridad del cliente financiero puede solapar a otros supervisores
Un informe del Consejo Fiscal cuestiona que el organismo tenga competencia para sancionar.
La Fiscalía General del Estado ha examinado la ley que regulará la creación de una Autoridad Independiente de defensa del cliente financiero, que prevé articular mecanismos ágiles y eficaces para resolver las reclamaciones de usuarios frente a entidades supervisadas, empresas fintech y prestadoras de servicios de criptoactivos. Un nuevo organismo que dictará resoluciones extrajudiciales cuando la cantidad sea inferior a 20.000 euros.
En líneas generales, el ministerio público valora de manera positiva el proyecto normativo del Gobierno (ya en trámite parlamentario), aunque con varias advertencias técnicas, como el hecho de que la exposición de motivos no sea "clara" a la hora de explicar cuáles son sus funciones o cuál es la vía judicial a la que puede optar el cliente financiero o entidades para defender sus intereses una vez se resuelvan las reclamaciones por esta vía administrativa.
En este sentido, la Fiscalía destaca que la asignación a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional para resolver los recursos contra las resoluciones de la nueva autoridad crea una "dualidad de jurisdicciones" a las que se puede acudir, ya que este tipo de asuntos están asignados a la jurisdicción civil, según la Ley Orgánica del Poder Judicial. De no resolverse, existe el "riesgo de resoluciones contradictorias", indica.
De hecho, una de las cuestiones técnicas que deberían resolverse "para evitar incurrir en riesgo de inconstitucionalidad", en opinión de la Fiscalía, es aclarar que las resoluciones vinculantes son recurribles ante los tribunales no solo en cuanto aspectos procedimentales, sino también sobre el fondo del ausnto.
Funciones de la nueva autoridad
Entrando en el análisis del anteproyecto de Ley de creación de la Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero (que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 22 de noviembre), el Consejo Fiscal -órgano consultivo de la Fiscalía General del Estado- alerta de que las funciones de este nuevo órgano podría chocar con las competencias de otros entes supervisores como la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Banco de España o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Según un informe, con fecha del pasado 29 de diciembre y firmado por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, el defensor del cliente financiero asumirá competencias que hasta ahora venían desarrollando los servicios de reclamaciones de los órganos mencionados.Tanto es así, que el proyecto de ley establece un régimen sancionador específico para las entidades financieras, así como para quienes ostenten cargos de administración o dirección de las mismas.
“Es discutible si entre las funciones de la autoridad debe o no encontrarse la de imponer sanciones a una de las partes en el conflicto. Este régimen sancionador podría solaparse, además, con el de los supervisores que, lógicamente, conservan sus funciones de supervisión de la conducta”, señala el documento, consultado por Cinco Días.
Este no es el único caso de posible solapamiento, pues, según el Consejo Fiscal, también debería "suprimirse" la función otorgada al Comité Consultivo de la autoridad de emitir un informe preceptivo para la aprobación de normas de conducta. En este sentido, recuerda que la autoridad de defensa del cliente financiero "carece de competencias en relación con las normas de conducta".
Infracciones e indemnizaciones
Asimismo, destaca que sería conveniente que el texto legislativo tipifique qué actuaciones se considerarán infracciones (negligencia inexcusable, ausencia de controles,...) y que se clasifiquen las "leves" y "muy graves". "Únicamente se refiere a las que no pueden estimarse como 'especialmente relevantes', dejando al albur de la interpretación el contenido de dichas infracciones", afirma.
Entre otros aspectos, la Fiscalía ve bien que se imponda una tasa por la resolución de reclamaciones, al entender que puede "resultar operativo" para incentivar la reclamaciones inferiores a 250 euro. No obstante, considera que la técnica legislativa para su regulación es "defectuosa".
Otro de los puntos analizados ha sido el nombramiento de la Presidencia y Vicepresidencia de la autoridad y concluye que para dotar al órgano de "mayor autonomía e independenica", sería recomendable "una mayor intervención parlamentaria en el nombramiento de sus máximos responsables, de manera similar a lo que ocurre contras autoridades administrativas independiente", como por ejemplo la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Sin embargo, rechaza que la nueva autoridad de defensa tenga competencias para fijar indemnizaciones, ya que ello es una atribución exclusiva de los tribunales, además de que "tampoco se define el origen" del resarcimiento del daño.
Reclamaciones colectivas
Con todo ello, el informe también hace hincapié en que el texto en tramitación solo contempla la posibilidad de estudiar caso a caso, individualmente, las reclamaciones sin prever mecanismos específicos para resolver asuntos colectivos, muy comunes en las reclamaciones financieras, como ocurre con las cláusulas suelo o los gastos hipotecarios, ya que se parte de que "la contratación en el ámbito de los servicios financieros viene caracterizada por la utilización de modelos de contratos masa".
De no habilitarse un procedimiento para estos casos, para los que solo hay previsón una "acumulación de expediente y la unificación de criterio", la Fiscalía advierte de que la autoridad está abocada al “colapso operativo”, lo cual es contrario "precisamente al espíritu" del proyecto normativo. "En definitiva, no puede darse soluciones individuales a problemas colectivos", dice el informe.