Las eléctricas piden cambios en la nueva tarifa PVPC para evitar riesgos económicos
El nuevo modelo se fijará con un mix de precios ‘spot’ y futuros pero Aelec no quiere porcentajes cerrados
Las grandes compañías eléctricas que suministran en el mercado regulado a través de sus respectivas comercializadoras de referencia (COR) han pedido al Gobierno que les evite el riesgo en el que, según ellas, pueden incurrir si se mantiene la propuesta del nuevo modelo del precio de venta al pequeño consumidor (PVPC). Para evitar la alta volatilidad que sufre esta tarifa por estar ligada directamente al precio diario del mercado mayorista (pool), el real decreto que regulará el nuevo modelo a partir del 1 de enero la fijará a través de una cesta en la que el precio spot pesará un 45% y el de los mercados a plazo, el 55% , con una aplicación progresiva hasta 2025. Este 55%, a su vez, se reparte entre el producto anual (un 54%); trimestral (36%) y mensual (el 10% restante).
A través de la asociación del sector eléctrico, Aelec, o directamente, las grandes compañías (Endesa, Iberdrola y Naturgy) han presentado alegaciones contra esta propuesta de porcentajes fijos, pues, en su opinión, puede implicar un riesgo a la hora de comprar la energía que van a suministrar al PVPC. En este sentido, piden “compras a plazo predefinidas, según cantidades fijas, y no según porcentajes en los mercados a plazo y el spot”. Y es que para aplicar la propuesta del Ministerio de Transición Ecológica, las COR deben realizar una previsión de la demanda con varios meses de antelación y dado que dicha demanda podría desviarse por distintas razones, aquellas asumirían un riesgo económico.
Para evitarlo, proponen que las compras a plazo se realicen según la demanda de energía del año anterior (sin que las compañías realicen estimaciones) y que la diferencia se compre en el spot y se reconozca el precio de este mercado a las comercializadoras. Por tanto, la energía del mercado diario se flexibilizaría y no necesariamente sería un 45%, sino cualquier otro porcentaje.
Para los productos a plazo, el texto legal fija un periodo de compra de tres meses para los anuales, de un mes para los trimestrales y de cinco días para los mensuales. Algunas compañías consideran que comprar la energía para el anual en los tres meses previos puede encarecer el precio. “Nos la jugamos en tres meses, todas iríamos a comprar a la vez y subiría el precio”, aseguran fuentes empresariales, que comparan la situación con las antiguas Cesur (un sistema de subastas en las que se adquiría la energía para un trimestre, que fue sustituido por el actual PVPC en 2012).
“Es necesario incrementar el plazo de las cotizaciones de los productos a plazo gestionados por el operador del mercado OMIP y ajustar los coeficientes de ponderación de modo que sean coherentes con los previstos para el Recore” (renovables que cobran subvención), indican algunas alegaciones. Además, añaden, “sería conveniente establecer un periodo transitorio de los productos a plazo para la energía entregada en 2023, de manera que el periodo de cotizaciones considerado comience una vez que entre en vigor el real decreto”.
Aunque este entrase en vigor el 1 de enero, teniendo en cuenta que para adquirir los futuros a un año de la cesta son necesarios tres meses, al consumidor no se le podría aplicar el nuevo PVPC hasta el próximo marzo.
¿Más barato?
Respecto a si la nueva metodología para determinar la tarifa regulada beneficiará o no al usuario doméstico ello va a depender de cómo se comporten los precios de los mercados a plazo: si estos suben y el spot baja, la situación no cambiaría mucho. “En toda compra a plazo uno pierde y otro gana”, señala un experto. Con precios del spot tan elevados como hasta ahora, el mecanismo podría beneficiar al usuario, pero está por ver cómo evolucionará en un futuro. Podría darse el caso de que este baje y los futuros sean más caros".
Las empresas han aprovechado este trámite de alegaciones, que terminó el pasado 7 de noviembre, para pedir que se revise la retribución de la actividad de la comercialización regulada que no se actualiza desde 2018, y que deben incluir. También que se le reconozcan los costes del canal presencial con el que gestionan la contratación del bono social eléctrico y que se actualicen los costes reconocidos por la morosidad de los clientes
En cuanto al mecanismo de la excepción ibérica, las compañías del sector piden también una revisión del coste reconocido por la liquidación de dicho sistema. El precio del PVPC recoge el coste del ajuste de la primera liquidación que realiza OMIE, que incluye el mercado diario y el primer intradiario, pero no incluye el coste del resto de intradiario ni el coste de las liquidaciones del operador del sistrema, REE, en los servicios de ajuste y desvíos, “lo que hace incurrir al COR en un coste por esa diferencia que no lo refleja la tarifa PVPC”, denuncia la patronal eléctrica en sus alegaciones.
La patronal reclama un PVPC solo para vulnerables
Quebranto. La patronal eléctrica, Aelec, ha pedido al Gobierno que el PVPC “se revise bajo el prisma de la Unión Europea” y que, por tanto, solo se puedan acoger al mismo los consumidores vulnerables, “para no interferir con la competencia en el mercado liberalizado”. Esta tarifa regulada, según la asociación, “supone un quebranto para los comercializadores de referencia” pues el margen comercial reconocido “no incluye costes básicos”. En tanto se aborda una reforma más profunda, Aelec acoge “favorablemente la nueva propuesta metodológica” porque incorpora “una señal de precios a plazo que contribuirá a mitigar la volatilidad”.
Presupuestos. El sector pide que el bono social de la luz y el bono social térmico se financien vía Presupuestos del Estado, no a través de la factura de los clientes. Para ello invoca la normativa europea que obliga a los Estados miembros a proteger a los clientes domésticos vulnerables y en situación de pobreza energética.
Transición. Por último, reclama que se establezca un calendario temporal de vigencia del PVPC, actuando en todo caso sobre el límite de potencia, con un periodo transitorio de reducción del umbral, desde los 10 kW hasta una potencia media representativa de cliente vulnerable, si bien, no desvela cuál puede ser esta potencia.