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Prestación por riesgo en la lactancia: diferencias de autónomas y asalariadas

Las trabajadoras tendrán derecho a la prestación hasta los 9 meses del bebé

Las trabajadoras que han sido mamás pueden acceder a una prestación por riesgo durante la lactancia natural que les protege de la suspensión del contrato durante el periodo de lactancia, esto es, hasta los 9 meses del bebé, siempre y cuando la mujer ocupe un puesto de trabajo que sea considerado de riesgo.

Este subsidio, indican desde Asepeyo, solo se contempla cuando no se haya podido adaptar el puesto de trabajo de la mujer ni reubicarla en otro que suponga un menor riesgo para ella.

Esta prestación cubre desde el cese de la actividad hasta 15 días antes de la fecha probable de parto, subsanando la diferencia económica cuando se certifique el nacimiento del hijo. Además, en el caso de la lactancia natural, la prestación se prolongaría desde el fin del periodo de la maternidad hasta el cese de la lactancia con un máximo de 9 meses, explican desde Umivale.

La trabajadora cobrará en este periodo el 100% base reguladora de accidente de trabajo y enfermedad profesional del mes anterior a la fecha de la actividad laboral. Será la mutua la que se haga cargo del pago de la prestación a la profesional.

Cobertura por contingencias profesionales

Para las trabajadoras asalariadas esta prestación no supone ningún cargo extra para la empresa, ya que estaría cubierta con las cotizaciones que la empresa abona a la Seguridad Social. Sin embargo, las autónomas que no tengan la cobertura voluntaria de las contingencias profesionales, sí que deben realizar una cotización adicional del 0,1% para poder acceder a la prestación.

Para acceder a esta prestación, las trabajadoras deberán aportar en el centro asistencial el libro de familia, el certificado del Servicio Público de Salud en el que se reconozca la situación de lactancia natural, así como una declaración empresarial de las actividades que realiza la profesional. Asimismo, tendrán que completar una evaluación del puesto de trabajo.

Se comunicará el derecho a percibir el subsidio por riesgo en la lactancia en un plazo máximo de 30 días desde que se haya recibido la documentación aportada por la beneficiaria.

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